Convenio colectivo
Convenio colectivo para la industria fotográfica.
Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
laborables
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tablas salariales 2026
Tabla de 2025 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.
Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)
20 de 36 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Personal DirectivoPuestos: director/a, gerente, jefe/a de sucursal. | ||
| Director, directora o gerente | 1.706,34 € | 23.888,76 € |
| Jefe/Jefa de sucursal o delegación | 1.378,21 € | 19.294,94 € |
| Personal TécnicoPuestos: encargado/a de taller, jefe/a de laboratorio, técnico/a, documentalista. | ||
| Encargado/Encargada de Taller | 1.363,12 € | 19.083,68 € |
| Jefe/Jefa de Laboratorio Industrial | 1.363,12 € | 19.083,68 € |
| Jefe/Jefa de Asistencia Técnica | 1.363,12 € | 19.083,68 € |
| Jefe/Jefa de Proyecto Documental | 1.363,12 € | 19.083,68 € |
| Piloto | 1.363,12 € | 19.083,68 € |
| Navegante Operador/a de Fotografía Aérea | 1.363,12 € | 19.083,68 € |
| Fotógrafo/Fotógrafa Aéreo | 1.363,12 € | 19.083,68 € |
| Jefe Administrativo/Jefa Administrativa | 1.363,12 € | 19.083,68 € |
| Jefe/Jefa de Ventas | 1.363,12 € | 19.083,68 € |
| Técnico/Técnica | 1.315,98 € | 18.423,72 € |
| Delineante | 1.315,98 € | 18.423,72 € |
| Documentalista | 1.315,98 € | 18.423,72 € |
| ProfesionalesPuestos: fotógrafo/a, tirador/a de laboratorio, retocador/a, conductor/a, oficial administrativo/a. | ||
| Fotógrafo/Fotógrafa | 1.286,33 € | 18.008,62 € |
| Operador/Operadora de Microimagen | 1.272,18 € | 17.810,52 € |
| Conductor/Conductora SMI | 1.188,74 € | 16.642,36 € |
| Retocador/Retocadora SMI | 1.188,74 € | 16.642,36 € |
| Operador/Operadora Documental SMI | 1.188,74 € | 16.642,36 € |
| Operador/Operadora de Imagen SMI | 1.188,74 € | 16.642,36 € |
| Tirador/Tiradora de Laboratorio SMI | 1.188,74 € | 16.642,36 € |
| Mecánico/Mecánica de Aeronave SMI | 1.188,74 € | 16.642,36 € |
| Oficial Administrativo/a SMI | 1.138,21 € | 15.934,94 € |
| Oficial de Mantenimiento SMI | 1.138,21 € | 15.934,94 € |
| Personal auxiliar y de serviciosPuestos: ayudante, auxiliar administrativo/a, vendedor/a, dependiente/a, ordenanza. | ||
| Operador/Operadora de Máquina Automática SMI | 1.089,41 € | 15.251,74 € |
| Montador/Montadora SMI | 1.089,41 € | 15.251,74 € |
| Ayudante SMI | 1.072,52 € | 15.015,28 € |
| Grabador/Grabadora de Datos SMI | 1.072,52 € | 15.015,28 € |
| Auxiliar Administrativo/a SMI | 1.072,52 € | 15.015,28 € |
| Telefonista/Recepcionista SMI | 1.072,52 € | 15.015,28 € |
| Vendedor/Vendedora SMI | 1.072,52 € | 15.015,28 € |
| Dependiente/Dependienta SMI | 1.072,52 € | 15.015,28 € |
| Almacenero/Almacenera SMI | 1.072,52 € | 15.015,28 € |
| Cobrador/Cobradora SMI | 1.072,52 € | 15.015,28 € |
| Limpiador/Limpiadora SMI | 1.072,52 € | 15.015,28 € |
| Ordenanza SMI | 1.072,52 € | 15.015,28 € |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Otros convenios aquí
En este sector y lugar hay más de un convenio. Mira cuál es el tuyo:
- III Convenio colectivo de ámbito estatal de la industria de producción audiovisual (técnicos)
- FÚTBOL PROFESIONAL
- Convenio colectivo estatal de empresas organizadoras del juego del Bingo
- III Convenio colectivo estatal regulador de las relaciones laborales entre los productores de obras audiovisuales y los actores que prestan sus servicios en las mismas
- Convenio colectivo de Revistas y Publicaciones Periódicas (2022-2024)
- II Convenio Colectivo para las futbolistas que prestan sus servicios en Clubes de la Primera División Femenina de Fútbol
- Convenio colectivo estatal regulador de las relaciones laborales entre los productores de obras audiovisuales y los figurantes que prestan servicios en las mismas
- V Convenio colectivo estatal del sector de radiodifusión comercial sonora
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Personal Directivo
Puestos con alto grado de autonomía, iniciativa y responsabilidad que ejercen mando, dirección, control y supervisión sobre otros puestos y personas. Se pide grado superior o posgrado, o experiencia equivalente.
Formación: Grado superior o posgrado, o experiencia profesional equivalente.
- Director, directora o gerenteAsume la dirección y la responsabilidad de la empresa o de uno de sus departamentos: programa, supervisa, coordina y controla el trabajo en todas sus fases. En la tabla cobra 23.889 € al año, el sueldo más alto.
- Jefe/Jefa de sucursal o delegaciónRepresenta a la dirección, gerencia o administración en una sucursal o delegación y ejerce por delegación funciones de dirección, con conocimientos técnicos de la actividad. En la tabla cobra 19.295 € al año (puesto 2 de 10 por sueldo).
Personal Técnico
Puestos con alto grado de autonomía que realizan actividades complejas con objetivos concretos, a partir de directrices amplias; pueden mandar y dirigir al personal a su cargo.
Formación: FP de grado superior, titulación universitaria de grado medio o experiencia equivalente.
- Encargado/Encargada de TallerEstá al frente de toda o parte de la producción, se encarga de su buena marcha, distribuye el trabajo del personal y hace los presupuestos de los trabajos. En la tabla cobra 19.084 € al año (puesto 3 de 10 por sueldo).
- Jefe/Jefa de Laboratorio IndustrialDirige las actividades del laboratorio industrial o de aficionados, con conocimientos de revelado, copias y ampliaciones, y es capaz de organizar su funcionamiento y elaborar presupuestos. En la tabla cobra 19.084 € al año (puesto 3 de 10 por sueldo).
- Jefe/Jefa de Asistencia TécnicaComo responsable del área, dirige, coordina y supervisa al personal de asistencia técnica y ejecuta con plena responsabilidad las tareas de su oficio. En la tabla cobra 19.084 € al año (puesto 3 de 10 por sueldo).
- Jefe/Jefa de Proyecto DocumentalCon titulación universitaria o especialización en documentación, elabora proyectos de organización documental, planifica su puesta en marcha y supervisa a los equipos que los ejecutan. En la tabla cobra 19.084 € al año (puesto 3 de 10 por sueldo).
- PilotoPersona con título y licencia de piloto, calificada por la empresa como comandante de aeronave, que realiza el pilotaje y las funciones técnicas complementarias. En la tabla cobra 19.084 € al año (puesto 3 de 10 por sueldo).
- Navegante Operador/a de Fotografía AéreaRealiza la navegación, interpreta cartografía, planifica y ejecuta vuelos fotográficos y aplica los conocimientos de meteorología y de fotografía aérea. En la tabla cobra 19.084 € al año (puesto 3 de 10 por sueldo).
- Fotógrafo/Fotógrafa AéreoRealiza reportajes fotográficos desde una aeronave, con conocimientos de cámaras, ópticas, filtros y tipos de película. En la tabla cobra 19.084 € al año (puesto 3 de 10 por sueldo).
- Jefe Administrativo/Jefa AdministrativaLleva la responsabilidad de la gestión administrativa y tiene a sus órdenes al personal administrativo. En la tabla cobra 19.084 € al año (puesto 3 de 10 por sueldo).
- Jefe/Jefa de VentasEstá al frente de una o varias secciones comerciales, con mando sobre el personal de ventas y facultades para intervenir en las ventas. En la tabla cobra 19.084 € al año (puesto 3 de 10 por sueldo).
- Técnico/TécnicaCon titulación o formación equivalente, instala, ajusta, repara y prueba máquinas, aparatos y herramientas de la empresa bajo dirección técnica superior. En la tabla cobra 18.424 € al año (puesto 4 de 10 por sueldo).
- DelineanteTécnico capacitado para desarrollar proyectos sencillos, levantamientos e interpretación de planos y trabajos análogos. En la tabla cobra 18.424 € al año (puesto 4 de 10 por sueldo).
- DocumentalistaCon titulación o especialización en documentación, ejecuta proyectos de organización documental: catalogación, clasificación, registro e indización de materiales. En la tabla cobra 18.424 € al año (puesto 4 de 10 por sueldo).
Profesionales
Puestos que exigen un nivel adecuado de conocimientos y se prestan con cierta autonomía, iniciativa y responsabilidad, bajo la supervisión directa del superior.
Formación: Bachiller, FP de grado medio o similar, o experiencia profesional.
- Fotógrafo/FotógrafaSu misión principal es todo el proceso de captación y tratamiento de la imagen, en cualquier soporte, y mantiene los contactos técnicos necesarios para realizarlo. En la tabla cobra 18.009 € al año (puesto 5 de 10 por sueldo).
- Operador/Operadora de MicroimagenConoce la microfilmación, el revelado, el duplicado y la digitalización en cualquier soporte, maneja las máquinas y realiza las tareas auxiliares de esos procesos. En la tabla cobra 17.811 € al año (puesto 6 de 10 por sueldo).
- Conductor/ConductoraCon el permiso de conducir correspondiente, conduce un vehículo de tracción mecánica y puede hacer recogida y reparto de correspondencia y paquetería. En la tabla cobra 16.642 € al año (puesto 7 de 10 por sueldo).
- Retocador/RetocadoraConoce a la perfección el retoque en todas sus fases: velado, raspado, corrección de luces y atenuación de defectos en negativos y positivos. En la tabla cobra 16.642 € al año (puesto 7 de 10 por sueldo).
- Operador/Operadora DocumentalSiguiendo instrucciones, archiva, clasifica, referencia e inventaría materiales documentales, atiende las consultas y hace los expurgos. En la tabla cobra 16.642 € al año (puesto 7 de 10 por sueldo).
- Operador/Operadora de ImagenActúa sobre el material sensible (placa, película, papel o vídeo) para obtener la impresión de las imágenes, con conocimientos de fuentes de luz, objetivos y filtros. En la tabla cobra 16.642 € al año (puesto 7 de 10 por sueldo).
- Tirador/Tiradora de LaboratorioDomina el material sensible, los baños y reveladores, y maneja la tiradora y la ampliadora para obtener copias y ampliaciones. En la tabla cobra 16.642 € al año (puesto 7 de 10 por sueldo).
- Mecánico/Mecánica de AeronaveCon el título y licencia correspondientes, desempeña sus funciones según las calificaciones de la autoridad aeronáutica. En la tabla cobra 16.642 € al año (puesto 7 de 10 por sueldo).
- Oficial Administrativo/aTiene a cargo una función administrativa determinada en la que ejerce iniciativa y responsabilidad, con o sin personal a sus órdenes. En la tabla cobra 15.935 € al año (puesto 8 de 10 por sueldo).
- Oficial de MantenimientoCon conocimientos técnicos y experiencia, realiza trabajos elementales de montaje, mantenimiento, conservación y reparación de las instalaciones. En la tabla cobra 15.935 € al año (puesto 8 de 10 por sueldo).
Personal auxiliar y de servicios
Puestos con poca iniciativa, que se ejecutan con instrucciones concretas y total dependencia jerárquica y funcional; no exigen formación específica, solo a veces un breve periodo de adaptación.
- Operador/Operadora de Máquina AutomáticaObtiene la impresión de imágenes sobre material sensible con máquinas automáticas o semiautomáticas y se ocupa de su mantenimiento y limpieza. En la tabla cobra 15.252 € al año (puesto 9 de 10 por sueldo).
- Montador/MontadoraHace los marcos o monta fotografías en bastidores o marcos de cristal, plástico, madera u otro soporte. En la tabla cobra 15.252 € al año (puesto 9 de 10 por sueldo).
- AyudanteSin preparación para las categorías del convenio, hace labores que exigen cierto adiestramiento, responsabilidad y atención, en cualquier sección de la empresa. En la tabla cobra 15.015 € al año, el más bajo.
- Grabador/Grabadora de DatosGraba, verifica y comprueba datos con equipos informáticos y ejecuta las tareas auxiliares de esos procesos. En la tabla cobra 15.015 € al año, el más bajo.
- Auxiliar Administrativo/aRealiza operaciones administrativas elementales y las puramente mecánicas inherentes al trabajo administrativo. En la tabla cobra 15.015 € al año, el más bajo.
- Telefonista/RecepcionistaSe ocupa de la recepción de la empresa o de una centralita: atiende visitas, opera la centralita y localiza personas. En la tabla cobra 15.015 € al año, el más bajo.
- Vendedor/VendedoraAl servicio de una sola empresa, prospecta el mercado y promociona y vende sus servicios y productos, con los desplazamientos necesarios. En la tabla cobra 15.015 € al año, el más bajo.
- Dependiente/DependientaAtiende a la clientela con conocimientos técnicos y prácticos de fotografía, informando y resolviendo consultas sobre encargos y trabajos. En la tabla cobra 15.015 € al año, el más bajo.
- Almacenero/AlmaceneraRecibe las mercancías, las distribuye por secciones y registra el movimiento de material de cada jornada. En la tabla cobra 15.015 € al año, el más bajo.
- Cobrador/CobradoraEntrega los tickets de los trabajos hechos por máquinas automáticas o semiautomáticas y cobra los importes. En la tabla cobra 15.015 € al año, el más bajo.
- Limpiador/LimpiadoraSe encarga de la limpieza y aseo de los locales de la empresa. En la tabla cobra 15.015 € al año, el más bajo.
- OrdenanzaHace recados, encargos, cobros, pagos, reparto de correspondencia y gestiones ante organismos y bancos, y otras funciones elementales. En la tabla cobra 15.015 € al año, el más bajo.
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Toda la plantilla: un módulo por cada quinquenio de servicio en la empresa, hasta cuatro
- Dónde lo dice
- art. 11.6
- Quién lo cobra
- Personal que presta servicio en el turno de las 22:00 a las 6:00
- Dónde lo dice
- art. 11.8
- Quién lo cobra
- Puestos con sustancias tóxicas o en locales donde se desprendan tóxicos nocivos; los puestos se fijan de acuerdo con el comité o delegados
- Dónde lo dice
- art. 11.9
- Quién lo cobra
- Quien por necesidad justificada se destina de forma habitual a conducir (representante, corredor de plaza, vendedor, camionero, repartidor…)
- Dónde lo dice
- art. 11.9
- Quién lo cobra
- Toda la plantilla; en proporción al tiempo trabajado si se ingresa o cesa en el año
- Dónde lo dice
- art. 11.10
- Quién lo cobra
- Viajes por necesidades del servicio con el vehículo propio autorizado por la empresa
- Dónde lo dice
- art. 11.11
- Quién lo cobra
- Desplazamientos dentro del territorio nacional a municipios distintos del lugar de trabajo y de la residencia habitual
- Dónde lo dice
- art. 11.11
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 9.3 y anexo I
Subidas pactadas
| Año | Subida de la tabla | Qué significa |
|---|---|---|
| 2025 | 3 % | Incremento del 3 % con efecto de 1 de enero de 2025 |
Revisión salarial
Conocidos los IPC reales de 2022, 2023, 2024 y 2025, si su suma supera el incremento salarial realizado en esos cuatro años, se actualizan los salarios con la diferencia (art. 11.3).
Permisos pagados
6 de los 10 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonio (y parejas de hecho registradas)art. 10.1.a | 15 | 15 días naturales | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de parientes hasta 2.º gradoart. 10.1.b | 2 (4 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención con reposo de parientes hasta 2.º gradoart. 10.1.b | 5 (4 con desplazamiento) | 5 días | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2) |
| Nacimiento de hijo o hijaart. 10.1.b | 2 (4 con desplazamiento) | — | Mejora el Estatuto |
| Traslado de domicilio habitualart. 10.1.c | 2 | 1 día | Mejora el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personalart. 10.1.d | — | El tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Boda de parientes en primer grado y hermanos/as de uno u otro cónyugeart. 10.1.f | 1 | — | Mejora el Estatuto |
| Consulta médicaart. 10.1.g | — | — | Mejora el Estatuto |
| Acompañamiento de hijos menores de 14 años y familiares dependientes de primer grado a consulta médicaart. 10.1.i | — | — | Mejora el Estatuto |
| Asuntos propiosart. 10.1.j | 3 | — | Mejora el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Funciones sindicales o de representación del personal | No lo menciona | Las horas que fije la ley | Lo da el Estatuto |
| Exámenes prenatales y preparación al parto | No lo menciona | El tiempo necesario | Lo da el Estatuto |
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes | No lo menciona | 4 días al año (horas) | Lo da el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso
Periodo de prueba
- Personal Directivo: 6 meses
- Personal Técnico: 3 meses
- Profesionales: 1 mes
- Personal auxiliar y de servicios: 15 días
Preaviso si te vas
- Todos: El convenio no regula el preaviso de dimisión
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de industria fotográfica?
Su estado a 16 de octubre de 2026 es: caducado, pero se sigue aplicando. Vigencia del 1/1/2022 al 31/12/2025.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de industria fotográfica en 2026?
Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 15.015,28 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de industria fotográfica?
23 días laborables al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Personal Directivo: 6 meses. Personal Técnico: 3 meses. Profesionales: 1 mes. Personal auxiliar y de servicios: 15 días.
Lo que suele venir después.
Fuente: BOE-A-2022-13219 (Boletín Oficial del Estado (BOE), texto del convenio, publicado el 5/8/2022). Revisado el .
Vigencia 2022-2025 (hasta el 31/12/2025). Denunciado el 15/10/2025 (el registro oficial de convenios): según el art. 1.4 sigue vigente y plenamente aplicable en todas sus cláusulas hasta que lo sustituya otro convenio. No hay tablas de 2026 publicadas; se aplican las de 2025.
Convenio estatal de la industria fotográfica (laboratorios, estudios y tiendas de fotografía y servicios afines). Sus tablas llegan solo hasta 2025: el convenio está denunciado y en negociación, y la tabla de 2026 que se muestra es la de 2025. Los salarios de los niveles 7 a 10 quedan por debajo del salario mínimo (SMI 2026: 17.094 € al año): se aplica el SMI.