Saltar al contenido

Convenio colectivo

VIII Convenio colectivo de industrias de ferralla.

Código de convenio 99012395011999
Publicado el
19/2/2026
Descargar texto completoDescargar últimas tablas (2026)¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

Jornada al año1.728horas
Vacaciones30días

naturales

Pagas extra2

Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Última subida+2,8 %2026
Próxima subida+2,2 %2027
Otros convenios aquí
Categorías explicadas

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).

Categorías

  • NIVEL I · nivel INivel de clasificación: el convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación. En la tabla cobra 41.842 € al año, el sueldo más alto.
  • NIVEL II · nivel IINivel de clasificación: el convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación. En la tabla cobra 39.709 € al año (puesto 3 de 124 por sueldo).
  • NIVEL III · nivel IIINivel de clasificación: el convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación. En la tabla cobra 34.958 € al año (puesto 7 de 124 por sueldo).
  • NIVEL IV · nivel IVNivel de clasificación: el convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación. En la tabla cobra 33.216 € al año (puesto 10 de 124 por sueldo).
  • NIVEL V · nivel VNivel de clasificación: el convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación. En la tabla cobra 30.921 € al año (puesto 17 de 124 por sueldo).
  • NIVEL VI · nivel VINivel de clasificación: el convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación. En la tabla cobra 29.085 € al año (puesto 27 de 124 por sueldo).
  • NIVEL VII · nivel VIINivel de clasificación: el convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación. En la tabla cobra 27.141 € al año (puesto 41 de 124 por sueldo).
  • NIVEL VIII · nivel VIIINivel de clasificación: el convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación. En la tabla cobra 28.878 € al año (puesto 30 de 124 por sueldo).
  • NIVEL IX · nivel IXNivel de clasificación: el convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación. En la tabla cobra 27.956 € al año (puesto 35 de 124 por sueldo).
  • NIVEL X · nivel XNivel de clasificación: el convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación. En la tabla cobra 26.837 € al año (puesto 43 de 124 por sueldo).
  • NIVEL XI · nivel XINivel de clasificación: el convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación. En la tabla cobra 26.577 € al año (puesto 48 de 124 por sueldo).
  • NIVEL XII · nivel XIINivel de clasificación: el convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación. En la tabla cobra 26.361 € al año (puesto 52 de 124 por sueldo).
  • Oficial Ferrallista MontadorLo que incluye está definido en tabla salarial provincial del anexo. En la tabla cobra 31.563 € al año (puesto 15 de 124 por sueldo).
Pluses, horas extra y subidas

Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla

Complemento de penosidad, toxicidad o peligrosidadLo que se paga por trabajos especialmente duros.23 % sobre el salario base
Quién lo cobra
Labores excepcionalmente penosas, tóxicas o peligrosas; el 10 % si se realizan durante la mitad de la jornada o en menos tiempo
Dónde lo dice
art. 53
Plus de trabajo nocturnoLo que se paga de más por trabajar de noche.25 % sobre el salario base
Quién lo cobra
Trabajo entre las 22:00 y las 6:00
Dónde lo dice
art. 54
Antigüedad consolidada (complemento personal ad personam)Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa.Importe personal que se mantiene invariable por tiempo indefinido, sin absorción ni compensación
Quién lo cobra
Solo para quien lo percibía a la entrada en vigor del convenio
Dónde lo dice
art. 55
Plus de salida12,00 € por día
Quién lo cobra
Personal que desarrolle de forma habitual su trabajo en talleres y tenga que desplazarse a la obra
Dónde lo dice
art. 48 bis
Kilometraje (vehículo del trabajador)Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo.El recorte solo da el valor de 2025 (0,31 euros/km); 2026 sin cifra publicada en el recorte.
Quién lo cobra
Desplazamientos por necesidad de la empresa con vehículo del trabajador, con autorización por escrito
Dónde lo dice
art. 50 y anexo II
DietasLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo.Cifras publicadas para 2025: dieta completa 40,65 euros y media dieta 14,35 euros. Para 2026 no hay cifra en el recorte. No se devenga media dieta a menos de 10 km (art. 51.4).
Quién lo cobra
Desplazamiento que impide pernoctar en la residencia habitual (dieta completa)
Dónde lo dice
art. 51 y anexo II

Horas extra

Las horas que trabajas por encima de tu jornada.se compensan con descanso. Horas estructurales: 1,25 horas de disfrute por cada hora realizada (límites de 2 horas diarias, 10 al mes y 60 al año; ampliable a 20 al año por acuerdo). Fuerza mayor: tiempo libre equivalente más una retribución equivalente al valor de 0,5 horas según tablas (art. 32).
Dónde lo dice
art. 32

Subidas pactadas

AñoSubida de la tablaQué significa
20253,1 %Incrementos salariales fijos para todos los conceptos retributivos del 3,1% para el año 2025
20262,75 %Incremento fijo del 2,75% para todos los conceptos retributivos en 2026 (no aplicado a las tablas de este registro)
20272,25 %Incremento fijo del 2,25% para todos los conceptos retributivos en 2027

Revisión salarial

Si el IPC real a 31 de diciembre de cada año supera las cifras pactadas, se revisa la desviación de todas las cantidades iniciales en el primer trimestre del año siguiente, con el tope máximo del 1% (art. 41).

Permisos pagados

5 de los 12 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.

PermisoEn tu convenioLo que da el EstatutoResultado
Matrimonio o formalización de pareja de hechoart. 34 (cuadro de permisos)1515 días naturalesIgual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento de padres, abuelos, hijos, nietos, cónyuge, hermanos y suegrosart. 34 (cuadro de permisos)3 (5 con desplazamiento)2 días (4 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización con reposo domiciliario, del cónyuge, pareja de hecho o pariente hasta segundo gradoart. 34 (cuadro de permisos)55 díasIgual o sin mínimo en el Estatuto
Enfermedad grave de nueras y yernosart. 34 (cuadro de permisos)5 (4 con desplazamiento)5 díasTe corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2)
Nacimiento, adopción o acogimiento (solo para quien no cumple los requisitos de la Seguridad Social)art. 34 (cuadro de permisos)3 (5 con desplazamiento)—Mejora el Estatuto
Cambio de domicilio habitualart. 34 (cuadro de permisos)11 díaIgual o sin mínimo en el Estatuto
Motivos familiares urgentes (fuerza mayor)art. 3444 días al año (horas)Igual o sin mínimo en el Estatuto
Lactancia de hijo menor de nueve mesesart. 36.a—1 hora al díaIgual o sin mínimo en el Estatuto
Asistencia sanitaria propia y acompañamiento de hijos menores de 18 añosart. 38.a——Mejora el Estatuto
Cuidado de hijos menores de 16 años con enfermedad infectocontagiosaart. 38.b—5 díasMejora el Estatuto
Acompañamiento al médico de familiares dependientes hasta segundo gradoart. 38.d——Mejora el Estatuto
Exámenes prenatales, preparación al parto y trámites de adopción o acogimientoart. 38.c—El tiempo necesarioIgual o sin mínimo en el Estatuto
Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET).
Deber inexcusable de carácter público y personalNo lo mencionaEl tiempo indispensableLo da el Estatuto
Funciones sindicales o de representación del personalNo lo mencionaLas horas que fije la leyLo da el Estatuto
Periodo de prueba y preaviso

Periodo de prueba

  • Grupo 1: 6 meses
  • Grupos 2 y 3: 3 meses
  • Grupos 4, 5 y 6: 1 mes
  • Grupo 7 (contratación indefinida): 1 mes
  • Grupo 7 (eventuales): 15 días

Preaviso si te vas

El convenio no fija preaviso de dimisión.

Qué ha cambiado

Avisos oficiales sobre este convenio, del más reciente al más antiguo. Cada uno lleva una etiqueta que dice qué tipo de aviso es.

  • Corrección25 de mayo de 2026Corrección de errores de la tabla salarial V 2025: cambia la lista de provincias (Burgos, Granada, Málaga, Navarra); los importes no cambian.Se arregla una errata del texto publicado. Ver el aviso oficial
  • Publicado19 de febrero de 2026Publicado en el BOE el VIII Convenio colectivo de industrias de ferralla, registrado el 6 de febrero de 2026.Ya consta en el boletín oficial: tiene validez. Ver el aviso oficial
Preguntas frecuentes

¿Está vigente el convenio de construcción?

Su estado a 19 de octubre de 2026 es: vigente.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de construcción en 2026?

El importe más bajo de la tabla es 19.368,72 € brutos al año a jornada completa (NIVEL XII).

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de construcción?

30 días naturales al año.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Grupo 1: 6 meses. Grupos 2 y 3: 3 meses. Grupos 4, 5 y 6: 1 mes. Grupo 7 (contratación indefinida): 1 mes. Grupo 7 (eventuales): 15 días.

¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?

Volver arriba

Lo que suele venir después.

Fuente: BOE-A-2026-3872 (Boletín Oficial del Estado (BOE), texto del convenio, publicado el 19/2/2026). Revisado el .

VIII convenio registrado el 6/2/2026 y publicado en el Boletín Oficial del Estado el 19/2/2026. Sin tablas 2026 publicadas: se aplican las de 2025 como prorrogadas. La subida pactada del 2,75% para 2026 (art. 41) no se aplica a las tablas.

Convenio de la industria de la ferralla (armado y montaje de ferralla). No es el convenio general de la construcción, que el texto cita al regular la cesión de trabajadores.