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Convenio colectivo

Convenio colectivo provincial del sector de derivados del cemento de A Coruña (2025-⁠2028).

Código de convenio 15000465011981
Publicado el
20/7/2026
Vigencia
1/1/2025 – 31/12/2028
Descargar texto completoDescargar últimas tablas (2026)¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

Jornada al año1.736horas
Vacaciones30días

naturales

Pagas extra2

Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Última subida+2,5 %2026
Próxima subida+2,2 %2027
Tablas salariales 2026

Tabla provisional: el boletín publica la tabla de 2026 como provisional. Puede cambiar cuando se publique la revisión.

Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

CategoríaAl mesAl año (bruto)
Grupo 12.103,32 €34.192,39 €
Grupo 21.778,00 €29.692,52 €
Grupo 31.328,09 €23.464,13 €
Grupo 41.304,51 €23.104,45 €
Grupo 51.284,91 €22.833,22 €
Grupo 641,64 €/día22.578,30 €
Grupo 740,96 €/día22.291,25 €
Grupo 840,27 €/día22.002,99 €

Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos

Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Tabla 2025 · Tabla 2026

Categorías explicadas

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).

Grupo 1

Grupo 2

Grupo 3

Grupo 4

Grupo 5

Grupo 6

Grupo 7

Grupo 8

Pluses, horas extra y subidas

Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla

Complemento de convenioPlus fijo que el convenio suma al salario base.17,64 € por día
Quién lo cobra
Por día efectivamente trabajado, en jornada normal y con rendimiento normal y correcto
Dónde lo dice
art. 54
Complemento no salarial95,06 € por día
Quién lo cobra
Por día de asistencia al trabajo
Dónde lo dice
art. 57
Complemento de nocturnidadLo que se paga de más por trabajar de noche.25 % sobre el salario base por hora
Quién lo cobra
Horas trabajadas entre las 22.00 y las 6.00 horas
Dónde lo dice
art. 50
Complemento por penosidad, toxicidad o peligrosidadLo que se paga por trabajos especialmente duros.20 % sobre el salario base por hora
Quién lo cobra
Labores excepcionalmente penosas, tóxicas o peligrosas
Dónde lo dice
art. 49
Dieta con pernoctaLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo.42,00 € por día
Quién lo cobra
Desplazamiento que impide pernoctar en la residencia habitual (art. 58.2)
Dónde lo dice
art. 58 y anexo I
Media dietaLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo.18,00 € por día
Quién lo cobra
Comida fuera de la residencia habitual sin que la empresa la suministre, pernoctando en ella (art. 58.3)
Dónde lo dice
art. 58 y anexo I

Horas extra

Las horas que trabajas por encima de tu jornada.se pagan con un recargo del 30 % sobre la hora ordinaria. Preferente: una hora extra equivale a una hora y media de descanso. Subsidiaria: una hora de descanso y media hora pagada al valor de la hora ordinaria. Pago en metálico al 130 % solo con carácter excepcional; la opción la tiene la persona trabajadora (art. 55.2 a 55.5) (art. 55 y anexo II).
Dónde lo dice
art. 55 y anexo II

Subidas pactadas

AñoSubida de la tablaQué significa
20251 %Actualización del 1 % sobre la tabla de 2024 según la cláusula de revisión salarial del VIII Convenio General del Sector, con efectos desde el 1/1/2025
20252,75 %Incremento fijo del 2,75 % sobre la tabla de 2024
20252 %Incremento variable del 2,00 % según el consumo anual de cemento de 2025 (16.575.230 tn, fuente OFICEMEN)
20262,5 %Incremento fijo del 2,50 % sobre la tabla de 2025
20260,75 %Variable garantizado del 0,75 % sobre la tabla de 2025 (base de la tabla provisional de 2026)
20272,25 %Incremento fijo del 2,25 %, más el variable según el consumo anual de cemento

Revisión salarial

Incremento variable anual según el consumo de cemento en España (OFICEMEN): de 1,00 % a 2,00 % según tramos de toneladas. La Comisión Paritaria revisa el consumo del año anterior y fija el porcentaje dentro del primer trimestre de cada año. (disposición final primera).

Permisos pagados

3 de los 11 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.

PermisoEn tu convenioLo que da el EstatutoResultado
Matrimonio de la persona trabajadora o registro de pareja de hechoart. 72 y anexo III1515 días naturalesIgual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento de padres, abuelos, hijos, nietos, cónyuge, pareja de hecho, hermanos y suegrosart. 72 y anexo III3 (5 con desplazamiento)2 días (4 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Fallecimiento de nueras, yernos, cuñados y abuelos políticosart. 72 y anexo III2 (4 con desplazamiento)2 días (4 con desplazamiento)Igual o sin mínimo en el Estatuto
Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica con reposo de cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º gradoart. 72 y anexo III55 díasIgual o sin mínimo en el Estatuto
Enfermedad grave de nueras, yernos y abuelos políticosart. 72 y anexo III5 (4 con desplazamiento)5 díasTe corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2)
Cambio de domicilio habitualart. 72 y anexo III11 díaIgual o sin mínimo en el Estatuto
Traslado (art. 40 ET)art. 72 y anexo III31 díaMejora el Estatuto
Matrimonio de hijo o hijaart. 72 y anexo III115 días naturalesMejora el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público y personalart. 72 y anexo III—El tiempo indispensableIgual o sin mínimo en el Estatuto
Exámenes prenatales y técnicas de preparación al partoart. 72 y anexo III—El tiempo necesarioIgual o sin mínimo en el Estatuto
Lactancia hasta nueve mesesart. 72 y anexo III—1 hora al díaIgual o sin mínimo en el Estatuto
Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET).
Funciones sindicales o de representación del personalNo lo mencionaLas horas que fije la leyLo da el Estatuto
Fuerza mayor por motivos familiares urgentesNo lo menciona4 días al año (horas)Lo da el Estatuto
Periodo de prueba y preaviso

Periodo de prueba

  • Grupo 1: 6 meses
  • Grupos 2 y 3: 3 meses
  • Grupo 4: 2 meses
  • Grupos 5, 6 y 7: 1 mes
  • Grupo 8: 15 días

Preaviso si te vas

El convenio no fija preaviso de dimisión.

Qué ha cambiado

Avisos oficiales sobre este convenio, del más reciente al más antiguo. Cada uno lleva una etiqueta que dice qué tipo de aviso es.

  • Publicado20 de julio de 2026Publicado en el BOP de A Coruña el convenio provincial del sector de derivados del cemento 2025-2028, inscrito en REGCON el 13/7/2026Ya consta en el boletín oficial: tiene validez. Ver el aviso oficial
Preguntas frecuentes

¿Está vigente el convenio de construcción de A Coruña?

Su estado a 19 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2025 al 31/12/2028.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de construcción de A Coruña en 2026?

El importe más bajo de la tabla es 22.002,99 € brutos al año a jornada completa (Grupo 8).

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de construcción de A Coruña?

30 días naturales al año.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Grupo 1: 6 meses. Grupos 2 y 3: 3 meses. Grupo 4: 2 meses. Grupos 5, 6 y 7: 1 mes. Grupo 8: 15 días.

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Lo que suele venir después.

Fuente: anuncio 2026/4743 (Boletín Oficial de la Provincia de A Coruña (BOP), texto del convenio, publicado el 20/7/2026). Revisado el .

Inscrito en el registro oficial de convenios por resolución de 13/7/2026 y publicado en el boletín oficial de la provincia del 20/7/2026. La tabla de 2026 es provisional según el propio texto.