Convenio colectivo
Convenio colectivo de especias naturales, condimentos y herboristería (preparado y empaquetado) de la Región de Murcia.
Última actualización: 19 de octubre de 2026
laborales
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tablas salariales 2026
Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Personal técnico | ||
| De grado superior | 1.782,39 € | 26.735,81 € |
| De grado medio | 1.583,76 € | 23.756,45 € |
| Ayudante Técnico | 1.344,58 € | 20.168,73 € |
| Técnico no titulado | 1.297,94 € | 19.469,17 € |
| Jefe de administración | 1.663,21 € | 24.948,11 € |
| Jefe de Personal | 1.663,21 € | 24.948,11 € |
| Técnico de Laboratorio | 1.325,62 € | 19.884,33 € |
| Auxiliar de Laboratorio | 1.266,85 € | 19.002,78 € |
| Jefe de Ventas/Compras | 1.622,36 € | 24.335,36 € |
| Jefe de Almacén / Producción / y de Taller | 1.424,77 € | 21.371,59 € |
| Analista | 1.504,66 € | 22.569,85 € |
| Programador | 1.504,66 € | 22.569,85 € |
| Personal administrativo | ||
| Oficial de 1ª administrativo | 1.464,60 € | 21.968,96 € |
| Oficial de 2ª administrativo | 1.345,52 € | 20.182,80 € |
| Auxiliar administrativo | 1.266,85 € | 19.002,78 € |
| Personal comercial | ||
| Inspector de ventas | 1.544,26 € | 23.163,91 € |
| Viajante | 1.305,78 € | 19.586,75 € |
| Personal obrero | ||
| Encargado General | 1.504,66 € | 22.569,85 € |
| Encargado de Sección | 1.385,15 € | 20.777,30 € |
| Oficial de 1ª -producción- | 44,98 €/día | 20.466,83 € |
| Oficial de 2ª -producción- | 42,43 €/día | 19.306,82 € |
| Oficial de 1ª -envasado, empaquetado- | 44,98 €/día | 20.466,83 € |
| Oficial de 2ª -envasado, empaquetado- | 42,43 €/día | 19.306,82 € |
| Oficial de 1ª -oficios varios- | 44,98 €/día | 20.466,83 € |
| Oficial de 2ª -oficios varios- | 43,94 €/día | 19.993,49 € |
| Ayudante | 40,50 €/día | 18.426,81 € |
| Peón | 40,50 €/día | 18.426,81 € |
| Almacenero | 42,43 €/día | 19.306,82 € |
| Mozo de almacén | 40,50 €/día | 18.426,81 € |
| Conserje, Guardia, Vigilante | 42,75 €/día | 19.453,49 € |
| Trabajador/a de limpieza | 38,30 €/día | 17.426,80 € |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Otros convenios aquí
En este sector y lugar hay más de un convenio. Mira cuál es el tuyo:
- Convenio colectivo de manipulado, aderezo, deshueso y relleno de aceitunas de la Región de Murcia
- INDUSTRIAS VINICOLAS Y ALCHOLERAS
- Convenio colectivo de Industrias Pimentoneras de la Región de Murcia
- Convenio colectivo de Agrios (manipulado y envasado)
- Convenio colectivo de panaderías de la Región de Murcia
- Convenio colectivo de Confitería, Pastelería y Repostería (obrador y despacho) de la Región de Murcia
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Personal técnico
Trabajos que exigen, con o sin titulación, competencia o práctica adecuadas, con funciones de tipo facultativo, técnico o de dirección especializada.
- De grado superiorQuien, en posesión de título académico superior, desempeña en la empresa funciones propias de su titulación. En la tabla cobra 26.736 € al año, el sueldo más alto.
- De grado medioQuien, en posesión de título académico de grado medio, desempeña en la empresa funciones de su titulación. En la tabla cobra 23.756 € al año (puesto 4 de 21 por sueldo).
- Ayudante TécnicoColabora con un oficial o un técnico y aprende el oficio siguiendo sus indicaciones. En la tabla cobra 20.169 € al año (puesto 12 de 21 por sueldo).
- Técnico no tituladoQuien, sin título oficial, por su preparación y reconocida competencia y práctica en algunas fases del proceso de la industria, ejerce funciones de tipo facultativo, técnico o de dirección especializada. En la tabla cobra 19.469 € al año (puesto 16 de 21 por sueldo).
- Jefe de administraciónQuien, a las órdenes de la Dirección, lleva la responsabilidad y dirección del departamento de administración de la empresa. En la tabla cobra 24.948 € al año (puesto 2 de 21 por sueldo).
- Jefe de PersonalQuien, a las órdenes de la Dirección, coordina, organiza y dirige las relaciones laborales en la empresa. En la tabla cobra 24.948 € al año (puesto 2 de 21 por sueldo).
- Técnico de LaboratorioQuien, con la titulación adecuada y la iniciativa y responsabilidad necesarias, con o sin empleados a su cargo, dirige y coordina las funciones propias del laboratorio. En la tabla cobra 19.884 € al año (puesto 14 de 21 por sueldo).
- Auxiliar de LaboratorioLo que incluye está definido en art. 11. En la tabla cobra 19.003 € al año (puesto 19 de 21 por sueldo).
- Jefe de Ventas/ComprasDirige un área, una sección o un departamento y toma decisiones sobre ella. En la tabla cobra 24.335 € al año (puesto 3 de 21 por sueldo).
- Jefe de Almacén / Producción / y de TallerDirige un área, una sección o un departamento y toma decisiones sobre ella. En la tabla cobra 21.372 € al año (puesto 8 de 21 por sueldo).
- AnalistaLo que incluye está definido en art. 11. En la tabla cobra 22.570 € al año (puesto 6 de 21 por sueldo).
- ProgramadorLo que incluye está definido en art. 11. En la tabla cobra 22.570 € al año (puesto 6 de 21 por sueldo).
Personal administrativo
Trabajos de mecánica administrativa, contables y otros análogos no comprendidos en el grupo anterior.
- Oficial de 1ª administrativoTrabajo de oficina con autonomía: facturas, correspondencia, contabilidad básica. En la tabla cobra 21.969 € al año (puesto 7 de 21 por sueldo).
- Oficial de 2ª administrativoTrabajo de oficina con autonomía: facturas, correspondencia, contabilidad básica. En la tabla cobra 20.183 € al año (puesto 11 de 21 por sueldo).
- Auxiliar administrativoApoyo administrativo: archivo, introducción de datos y atención básica, siguiendo instrucciones. En la tabla cobra 19.003 € al año (puesto 19 de 21 por sueldo).
Personal comercial
Funciones de exposición, promoción y venta de productos.
- Inspector de ventasLo que incluye está definido en art. 11. En la tabla cobra 23.164 € al año (puesto 5 de 21 por sueldo).
- ViajanteAtiende y vende al público o a clientes, cobra y repone. En la tabla cobra 19.587 € al año (puesto 15 de 21 por sueldo).
Personal obrero
Ejecución fundamentalmente de trabajo de índole material o mecánico no comprendido en los grupos anteriores.
- Encargado GeneralReparte el trabajo de un equipo, lo coordina y responde de su resultado. En la tabla cobra 22.570 € al año (puesto 6 de 21 por sueldo).
- Encargado de SecciónReparte el trabajo de un equipo, lo coordina y responde de su resultado. En la tabla cobra 20.777 € al año (puesto 9 de 21 por sueldo).
- Oficial de 1ª -producción-Profesional del oficio con plena cualificación: hace el trabajo completo sin supervisión. En la tabla cobra 20.467 € al año (puesto 10 de 21 por sueldo).
- Oficial de 2ª -producción-Profesional del oficio con algo menos de experiencia que el de primera; trabaja con cierta supervisión. En la tabla cobra 19.307 € al año (puesto 18 de 21 por sueldo).
- Oficial de 1ª -envasado, empaquetado-Profesional del oficio con plena cualificación: hace el trabajo completo sin supervisión. En la tabla cobra 20.467 € al año (puesto 10 de 21 por sueldo).
- Oficial de 2ª -envasado, empaquetado-Profesional del oficio con algo menos de experiencia que el de primera; trabaja con cierta supervisión. En la tabla cobra 19.307 € al año (puesto 18 de 21 por sueldo).
- Oficial de 1ª -oficios varios-Profesional del oficio con plena cualificación: hace el trabajo completo sin supervisión. En la tabla cobra 20.467 € al año (puesto 10 de 21 por sueldo).
- Oficial de 2ª -oficios varios-Profesional del oficio con algo menos de experiencia que el de primera; trabaja con cierta supervisión. En la tabla cobra 19.993 € al año (puesto 13 de 21 por sueldo).
- AyudanteColabora con un oficial o un técnico y aprende el oficio siguiendo sus indicaciones. En la tabla cobra 18.427 € al año (puesto 20 de 21 por sueldo).
- PeónTrabajo manual y de apoyo, sin cualificación específica: se aprende en el puesto. En la tabla cobra 18.427 € al año (puesto 20 de 21 por sueldo).
- AlmaceneroCarga, descarga, ordena y reparte mercancías. En la tabla cobra 19.307 € al año (puesto 18 de 21 por sueldo).
- Mozo de almacénCarga, descarga, ordena y reparte mercancías. En la tabla cobra 18.427 € al año (puesto 20 de 21 por sueldo).
- Conserje, Guardia, VigilanteVigila los accesos, atiende a las visitas y hace recados y tareas de apoyo. En la tabla cobra 19.453 € al año (puesto 17 de 21 por sueldo).
- Trabajador/a de limpiezaLimpia y mantiene locales, oficinas o instalaciones. En la tabla cobra 17.427 € al año, el más bajo.
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Trabajos realizados entre las 22 y las 6 horas, cuando corresponda efectuarlos por la rotación natural de turnos.
- Dónde lo dice
- art. 20
- Quién lo cobra
- Solo quien la cobraba por convenios anteriores; desaparece como concepto nuevo desde el 1 de enero de 2014.
- Dónde lo dice
- art. 20
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 15
Subidas pactadas
| Año | Subida de la tabla | Qué significa |
|---|---|---|
| 2026 | 4 % | El incremento salarial para el año 2026 será del 4% sobre las tablas vigentes actualmente, con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2026. |
| 2027 | 4 % | El incremento salarial para el año 2027 será del 4% sobre las tablas definitivas del año anterior. |
Revisión salarial
Cláusula de revisión salarial para cada uno de los 3 años de vigencia: actualización de las tablas según el IPC real interanual, una vez conocido, con efectos retroactivos. (art. 19).
Permisos pagados
3 de los 7 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonioart. 17.d | 15 | 15 días naturales | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de cónyuge y ascendientesart. 17.a | 4 (5 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento de padres políticos, descendientes o hermanosart. 17.b | 3 (4 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica de cónyuge, padres e hijosart. 17.b | 5 (4 con desplazamiento) | 5 días | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 3) |
| Traslado de domicilio habitualart. 17.h | 1 | 1 día | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público o personalart. 17.c | — | El tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Consulta médica de especialista o de medicina generalart. 17.f | — | — | Mejora el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Funciones sindicales o de representación del personal | No lo menciona | Las horas que fije la ley | Lo da el Estatuto |
| Exámenes prenatales y preparación al parto | No lo menciona | El tiempo necesario | Lo da el Estatuto |
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes | No lo menciona | 4 días al año (horas) | Lo da el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso
Periodo de prueba
- Técnicos titulados: 4 meses
- Resto de trabajadores: 3 meses
Preaviso si te vas
El convenio no fija preaviso de dimisión.
Qué ha cambiado
Avisos oficiales sobre este convenio, del más reciente al más antiguo. Cada uno lleva una etiqueta que dice qué tipo de aviso es.
- Publicado13 de octubre de 2026Publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia el texto nuevo del convenio, con tablas salariales de 2026, 2027 y 2028.Ya consta en el boletín oficial: tiene validez. Ver el aviso oficial
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de industria alimentaria de Murcia?
Su estado a 19 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2026 al 31/12/2028.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de industria alimentaria de Murcia en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 17.426,80 € brutos al año a jornada completa (Trabajador/a de limpieza).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de industria alimentaria de Murcia?
22 días laborales al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Técnicos titulados: 4 meses. Resto de trabajadores: 3 meses.
¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?
Industria alimentaria en otras provincias
A CoruñaAlbaceteAlbaceteAlicanteAlicanteAlicanteAraba/ÁlavaAraba/Álava
Otros convenios de Murcia
Aparcamientos, garajes y estacionamiento reguladoCampo y agriculturaCampo y agriculturaCampo y agriculturaCampo y agriculturaCampo y agricultura
Lo que suele venir después.
Fuente: anuncio 4926/2026 (Boletín Oficial de la Región de Murcia (Boletín Oficial de la Región de Murcia), texto del convenio, publicado el 13/10/2026). Revisado el .
Texto nuevo publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia el 13/10/2026, vigencia 2026-2028. Tabla 2026 con subida del 4 %.
El índice lo etiqueta como «campo», pero es un convenio industrial: especias, condimentos y herboristería, preparado y empaquetado. Las categorías de envasado y empaquetado son de la industria, no del campo.