Convenio colectivo
Convenio colectivo de panaderías de la Región de Murcia.
Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.
Última actualización: 19 de octubre de 2026
naturales
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tablas salariales 2026
Tabla de 2014 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.
Salario de tabla, bruto, sin antigüedad ni pluses personales.
Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)
Todas las categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Auxiliar Administrativo SMI | 26,87 €/día | 12.223,92 € |
| Personal de elaboración | ||
| Oficial de pala SMI | 28,90 €/día | 13.152,37 € |
| Oficial de mesa SMI | 27,69 €/día | 12.598,38 € |
| Auxiliar de inicio SMI | 22,95 €/día | 10.440,00 € |
| Personal mercantil | ||
| Dependiente-vendedor SMI | 25,65 €/día | 11.669,92 € |
| Conductor-repartidor SMI | 26,39 €/día | 12.008,48 € |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Otros convenios aquí
En este sector y lugar hay más de un convenio. Mira cuál es el tuyo:
- Convenio colectivo de especias naturales, condimentos y herboristería (preparado y empaquetado) de la Región de Murcia
- Convenio colectivo de manipulado, aderezo, deshueso y relleno de aceitunas de la Región de Murcia
- INDUSTRIAS VINICOLAS Y ALCHOLERAS
- Convenio colectivo de Industrias Pimentoneras de la Región de Murcia
- Convenio colectivo de Agrios (manipulado y envasado)
- Convenio colectivo de Confitería, Pastelería y Repostería (obrador y despacho) de la Región de Murcia
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Personal administrativo
- Oficial AdministrativoEmpleado/a que, bajo las órdenes de la Dirección de la empresa, realiza trabajos de carácter administrativo con iniciativa y responsabilidad.
- Auxiliar AdministrativoTrabajador/a que, sin iniciativa propia, realiza dentro de la oficina operaciones administrativas elementales y tareas mecánicas, con manejo básico de programas ofimáticos. En la tabla cobra 12.224 € al año (puesto 3 de 6 por sueldo).
Personal de elaboración
- Oficial de palaTrabajador que tiene a su cargo la cocción de las piezas (puesta a punto del horno, horneado del pan y cuidado de útiles y maquinaria) y el amasado y preparación de la levadura. En la tabla cobra 13.152 € al año, el sueldo más alto.
- Oficial de mesaTrabajador cuya función primordial es el heñido o confección de las piezas de pan y su entablado, así como la división de la masa. En la tabla cobra 12.598 € al año (puesto 2 de 6 por sueldo).
- Aprendiz de 2º añoEmpleado/a de 16 a 21 años con contrato de formación, que adquiere formación teórica y práctica para un oficio y colabora en tareas básicas del personal de elaboración. El aprendizaje dura como máximo dos años.
- Aprendiz de 1º añoEmpleado/a de 16 a 21 años con contrato de formación, que adquiere formación teórica y práctica para un oficio y colabora en tareas básicas del personal de elaboración. El aprendizaje dura como máximo dos años.
- Auxiliar de inicioTrabajador que, con un primer contrato y sin acreditar suficiencia, realiza tareas sencillas en elaboración bajo la dependencia de oficiales de pala o de mesa. Sus servicios continuos o alternos no pueden superar 8 meses. En la tabla cobra 10.440 € al año, el más bajo.
Personal mercantil
- Dependiente-vendedorPor ejemplo: dependiente de panadería, vendedor de mostrador. En la tabla cobra 11.670 € al año (puesto 5 de 6 por sueldo).
- Conductor-repartidorPor ejemplo: repartidor de pan, conductor de reparto. En la tabla cobra 12.008 € al año (puesto 4 de 6 por sueldo).
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Por día efectivamente trabajado
- Dónde lo dice
- art. 22
- Quién lo cobra
- Trabajadores con antigüedad consolidada a 31/12/1995.
- Dónde lo dice
- art. 22 y anexo 7
- Quién lo cobra
- Personal de elaboración, cuando la empresa elabora pan doble.
- Dónde lo dice
- art. 15
- Quién lo cobra
- Personal de obrador al que la empresa adelanta la entrada antes de las 4 de la madrugada
- Dónde lo dice
- art. 15
- Quién lo cobra
- Personal de obrador al que la empresa adelanta la entrada antes de las 2 de la madrugada
- Dónde lo dice
- art. 15
- Quién lo cobra
- En días de pan doble, con entrada desde las 22 horas (antes de las 12 de la noche)
- Dónde lo dice
- art. 15
- Quién lo cobra
- Desde el día 10 hasta el 90 de IT por enfermedad común o accidente no laboral, como máximo dos veces al año.
- Dónde lo dice
- art. 28
- Quién lo cobra
- Pago único durante el periodo de vacaciones
- Dónde lo dice
- art. 16
- Quién lo cobra
- Pago anual previa entrega de fotocopia de la póliza y del recibo anual.
- Dónde lo dice
- art. 29
- Quién lo cobra
- Trabajadores con hijos con minusvalía, por la escolarización o no
- Dónde lo dice
- art. 30
- Quién lo cobra
- Todos los trabajadores.
- Dónde lo dice
- art. 22
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 17
Revisión salarial
Los salarios de 2015, 2016 y 2017 se revisan según el IPC real del año anterior. La comisión negociadora se reúne en enero de cada año. (art. 21).
Permisos pagados
1 de los 8 permisos del convenio mejora lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonioart. 19.a | 15 | 15 días naturales | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Nacimiento de hijoart. 19.b | 3 (4 con desplazamiento) | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de parientes hasta 2.º gradoart. 19.b | 3 (4 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Accidente, enfermedad grave u hospitalización de parientes hasta 2.º gradoart. 19.b | 5 (4 con desplazamiento) | 5 días | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 3) |
| Traslado de domicilio habitualart. 19.c | 1 | 1 día | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público o personalart. 19.d | — | El tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Funciones sindicales o de representación del personalart. 19.e | — | Las horas que fije la ley | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Lactancia de hijo menor de 9 mesesart. 19.f | — | 1 hora al día | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Exámenes prenatales y preparación al parto | No lo menciona | El tiempo necesario | Lo da el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes | No lo menciona | 4 días al año (horas) | Lo da el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso
Periodo de prueba
- Personal administrativo: 1 mes
- Personal de elaboración: 1 mes
- Personal mercantil: 1 mes
Preaviso si te vas
El convenio no fija preaviso de dimisión.
Qué ha cambiado
Avisos oficiales sobre este convenio, del más reciente al más antiguo. Cada uno lleva una etiqueta que dice qué tipo de aviso es.
- Publicado19 de octubre de 2015Publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia el texto nuevo del convenio colectivo de panaderías de la Región de Murcia, con tablas de 2014.Ya consta en el boletín oficial: tiene validez. Ver el aviso oficial
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de industria alimentaria de Murcia?
Su estado a 19 de octubre de 2026 es: caducado, pero se sigue aplicando. Vigencia del 1/1/2014 al 31/12/2017.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de industria alimentaria de Murcia en 2026?
Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 10.440,00 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de industria alimentaria de Murcia?
31 días naturales al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Personal administrativo: 1 mes. Personal de elaboración: 1 mes. Personal mercantil: 1 mes.
¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?
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Lo que suele venir después.
Fuente: Boletín Oficial de la Región de Murcia (Boletín Oficial de la Región de Murcia) (texto del convenio, publicado el 19/10/2015). Revisado el .
Vigencia 2014-2017 (art. 2), con efectos económicos desde el 1/12/2014. Prorrogado tácitamente de año en año salvo denuncia con 1 mes de antelación (art. 3). El recorte no trae tablas posteriores a 2014: la tabla 2026 es la de 2014, prorrogada, sin subidas aplicadas.