Convenio colectivo
V Convenio Colectivo para el Sector de Montajes de la Provincia de Huelva.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
- Convenios colectivos
- Calendario laboral
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- Liquidación y finiquito
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- Despido: todo lo que tienes que saber
- Jubilación y prejubilación
- Baja por nacimiento y cuidado
- Carta de renuncia
- Papeleta de conciliación
- Alegaciones a una sanción
- Adaptación de jornada
- Reducción de jornada
- Excedencia
laborables
Se pueden cobrar prorrateadasPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Revisión pendiente de 2027.
Tablas salariales 2026
Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Grupo profesional 1 · TécnicosPuestos: director de área, licenciado, técnico superior en prevención (máster), titulado con máster. | ||
| Directores | 1.641,14 € | 34.476,75 € |
| Antiguos Licenciados | 1.641,14 € | 34.476,75 € |
| PRL Nivel 3: Master | 1.641,14 € | 34.476,75 € |
| T. Nivel 3: Master | 1.641,14 € | 34.476,75 € |
| Grupo profesional 2 · TécnicosPuestos: ingeniero técnico, ingeniero técnico, técnico en prevención de nivel 2, graduado social, ATS. | ||
| Antiguos T. M. | 1.471,72 € | 31.935,45 € |
| T. Nivel 2: Grado | 1.471,72 € | 31.935,45 € |
| PRL Nivel 2: Master -1 | 1.471,72 € | 31.935,45 € |
| Graduado Social | 1.342,89 € | 30.003,00 € |
| ATS/DUE | 1.342,89 € | 30.003,00 € |
| Diplomado en R.L. | 1.342,89 € | 30.003,00 € |
| Grupo profesional 3 · TécnicosPuestos: técnico superior, técnico de calidad, técnico superior en prevención, analista programador, dibujante proyectista. | ||
| T. Nivel 1: Técnico S. | 1.280,78 € | 29.071,35 € |
| Técnico de Calidad | 1.280,78 € | 29.071,35 € |
| Técnico S. en PRL | 1.280,78 € | 29.071,35 € |
| Analista Programador | 1.280,78 € | 29.071,35 € |
| Dibujante Proyectista | 1.147,69 € | 27.075,00 € |
| Delineante Proyectis. | 1.147,69 € | 27.075,00 € |
| Grupo profesional 2 · EmpleadosPuestos: jefe de área, jefe de organización, jefe de administración, jefe de sucursal, jefe de laboratorio. | ||
| J. de Áreas | 1.471,72 € | 31.935,45 € |
| J. de Organiz. | 1.471,72 € | 31.935,45 € |
| J. de Adminis. | 1.471,72 € | 31.935,45 € |
| J. de Sucursal | 1.471,72 € | 31.935,45 € |
| J. Laboratorios | 1.471,72 € | 31.935,45 € |
| J. de Sección | 1.342,89 € | 30.003,00 € |
| J. Almacen | 1.342,89 € | 30.003,00 € |
| J. 2ª Adminis. | 1.342,89 € | 30.003,00 € |
| J. 2ª Organiz. | 1.342,89 € | 30.003,00 € |
| Grupo profesional 3 · EmpleadosPuestos: técnico de organización de primera, oficial administrativo de primera, técnico superior, viajante. | ||
| T. Organ. de 1ª | 1.280,78 € | 29.071,35 € |
| Of. Adm. De 1ª | 1.280,78 € | 29.071,35 € |
| T. Nivel 1: T. S. | 1.280,78 € | 29.071,35 € |
| Viajante | 1.147,69 € | 27.075,00 € |
| Grupo profesional 4 · EmpleadosPuestos: contable, técnico de organización de segunda, analista de segunda, oficial administrativo de segunda, topógrafo. | ||
| Contable | 1.147,69 € | 26.997,45 € |
| T. Organ. de 2ª | 1.147,69 € | 26.997,45 € |
| Analista de 2ª | 1.147,69 € | 26.997,45 € |
| Of. Adm. de 2ª | 1.147,69 € | 26.997,45 € |
| Topógrafo | 1.044,64 € | 25.529,25 € |
| Delineante 1ª | 1.044,64 € | 25.529,25 € |
| Delineante 2ªPuestos: delineante de segunda. | 1.002,72 € | 24.822,75 € |
| Grupo profesional 6 · EmpleadosPuestos: auxiliar de laboratorio, auxiliar administrativo. | ||
| Auxiliar Labo. | 959,60 € | 24.096,45 € |
| Auxiliar Adm. | 959,60 € | 24.096,45 € |
| Grupo profesional 2 · OperariosPuestos: jefe de obra, jefe de taller, maestro industrial. | ||
| J. de Obra | 1.471,72 € | 31.935,45 € |
| J. de Taller | 1.342,89 € | 30.003,00 € |
| Antiguo M. I. | 1.342,89 € | 30.003,00 € |
| Grupo profesional 3 · OperariosPuestos: encargado, supervisor, técnico superior, jefe de equipo, maestro de taller de primera. | ||
| Encargado | 1.280,78 € | — |
| Supervisor | 1.280,78 € | 29.071,35 € |
| T. Nivel 1: T.S. | 1.280,78 € | 29.071,35 € |
| Jefe de Equipo | 1.147,69 € | — |
| M. de Taller 1ª | 1.147,69 € | 27.075,00 € |
| M. Taller de 2ªPuestos: maestro de taller de segunda. | 1.044,64 € | 25.529,25 € |
| Grupo profesional 5 · OperariosPuestos: oficial de primera, oficial de segunda, conductor de camión, conductor de turismo, dependiente. | ||
| Oficial de 1ª | 32,86 €/día | — |
| Oficial de 2ª | 32,29 €/día | — |
| Chofer Camión | 32,29 €/día | — |
| Chofer Turismo | 32,29 €/día | — |
| Dependiente | 32,29 €/día | — |
| Grupo profesional 6 · OperariosPuestos: telefonista, oficial de tercera, personal de limpieza, almacenero, conductor de motos. | ||
| Telefonista | 31,78 €/día | — |
| Oficial de 3ª | 31,78 €/día | — |
| Personal Limpieza | 31,78 €/día | — |
| Almacenero | 31,78 €/día | — |
| Chofer de motos | 31,78 €/día | — |
| Portero | 31,78 €/día | — |
| Especialista | 31,78 €/día | — |
| Ayudante o peónPuestos: peón. | 27,01 €/día | — |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Grupo profesional 1 · Técnicos
Personal con alto grado de cualificación, experiencia y aptitudes equivalentes a las de titulaciones superiores y medias, con tareas de elevada cualificación y complejidad. Responsabilidad directa en la gestión de una o varias áreas funcionales o tareas técnicas de la más alta complejidad y cualificación; toman o participan en decisiones y en la definición de objetivos, con alto grado de autonomía, iniciativa y responsabilidad. Titulación universitaria de grado superior o conocimientos equivalentes.
- DirectoresPor ejemplo: director de área, director de servicios. En la tabla cobra 34.477 € al año, el sueldo más alto.
- Antiguos LicenciadosPor ejemplo: licenciado, ingeniero superior. En la tabla cobra 34.477 € al año, el sueldo más alto.
- PRL Nivel 3: MasterPor ejemplo: técnico superior en prevención (máster). En la tabla cobra 34.477 € al año, el sueldo más alto.
- T. Nivel 3: MasterPor ejemplo: titulado con máster. En la tabla cobra 34.477 € al año, el sueldo más alto.
Grupo profesional 2 · Técnicos
Personal con alto grado de cualificación, experiencia y aptitudes equivalentes a las de titulaciones superiores y medias, con tareas de elevada cualificación y complejidad. Personas con alto grado de autonomía, iniciativa y responsabilidad que realizan tareas técnicas complejas con objetivos globales definidos, o con alto contenido intelectual o de relación humana; también integración, coordinación y supervisión de funciones de un conjunto de colaboradores en un área. Titulación universitaria de grado medio o equivalente con experiencia dilatada.
- Antiguos T. M.Por ejemplo: ingeniero técnico, arquitecto técnico, perito. En la tabla cobra 31.935 € al año (puesto 2 de 9 por sueldo).
- T. Nivel 2: GradoPor ejemplo: ingeniero técnico, titulado de grado. En la tabla cobra 31.935 € al año (puesto 2 de 9 por sueldo).
- PRL Nivel 2: Master -1Por ejemplo: técnico en prevención de nivel 2. En la tabla cobra 31.935 € al año (puesto 2 de 9 por sueldo).
- Graduado SocialPor ejemplo: graduado social. En la tabla cobra 30.003 € al año (puesto 3 de 9 por sueldo).
- ATS/DUEPor ejemplo: ATS, DUE, enfermero de empresa. En la tabla cobra 30.003 € al año (puesto 3 de 9 por sueldo).
- Diplomado en R.L.Por ejemplo: diplomado en relaciones laborales. En la tabla cobra 30.003 € al año (puesto 3 de 9 por sueldo).
Grupo profesional 3 · Técnicos
Personal con alto grado de cualificación, experiencia y aptitudes equivalentes a las de titulaciones superiores y medias, con tareas de elevada cualificación y complejidad. Con o sin mando, tareas de contenido medio de actividad intelectual y de relación humana, con instrucciones precisas de complejidad técnica media y autonomía dentro del proceso; coordinación de tareas homogéneas de un conjunto de colaboradores en un nivel organizativo menor. Titulación equiparable a ciclo formativo de grado superior o formación en el puesto.
- T. Nivel 1: Técnico S.Por ejemplo: técnico superior. En la tabla cobra 29.071 € al año (puesto 4 de 9 por sueldo).
- Técnico de CalidadPor ejemplo: técnico de calidad. En la tabla cobra 29.071 € al año (puesto 4 de 9 por sueldo).
- Técnico S. en PRLPor ejemplo: técnico superior en prevención. En la tabla cobra 29.071 € al año (puesto 4 de 9 por sueldo).
- Analista ProgramadorPor ejemplo: analista programador. En la tabla cobra 29.071 € al año (puesto 4 de 9 por sueldo).
- Dibujante ProyectistaPor ejemplo: dibujante proyectista. En la tabla cobra 27.075 € al año (puesto 5 de 9 por sueldo).
- Delineante Proyectis.Por ejemplo: delineante proyectista. En la tabla cobra 27.075 € al año (puesto 5 de 9 por sueldo).
Grupo profesional 2 · Empleados
Personal que por sus conocimientos o experiencia realiza tareas administrativas, comerciales, organizativas, de informática o de laboratorio, y en general las propias de oficina, o coordina labores productivas o realiza tareas auxiliares de atención a personas. Personas con alto grado de autonomía, iniciativa y responsabilidad que realizan tareas técnicas complejas con objetivos globales definidos, o con alto contenido intelectual o de relación humana; también integración, coordinación y supervisión de funciones de un conjunto de colaboradores en un área. Titulación universitaria de grado medio o equivalente con experiencia dilatada.
- J. de ÁreasPor ejemplo: jefe de área, jefe de servicios. En la tabla cobra 31.935 € al año (puesto 2 de 9 por sueldo).
- J. de Organiz.Por ejemplo: jefe de organización. En la tabla cobra 31.935 € al año (puesto 2 de 9 por sueldo).
- J. de Adminis.Por ejemplo: jefe de administración. En la tabla cobra 31.935 € al año (puesto 2 de 9 por sueldo).
- J. de SucursalPor ejemplo: jefe de sucursal. En la tabla cobra 31.935 € al año (puesto 2 de 9 por sueldo).
- J. LaboratoriosPor ejemplo: jefe de laboratorio. En la tabla cobra 31.935 € al año (puesto 2 de 9 por sueldo).
- J. de SecciónPor ejemplo: jefe de sección. En la tabla cobra 30.003 € al año (puesto 3 de 9 por sueldo).
- J. AlmacenPor ejemplo: jefe de almacén. En la tabla cobra 30.003 € al año (puesto 3 de 9 por sueldo).
- J. 2ª Adminis.Por ejemplo: jefe de segunda de administración. En la tabla cobra 30.003 € al año (puesto 3 de 9 por sueldo).
- J. 2ª Organiz.Por ejemplo: jefe de segunda de organización. En la tabla cobra 30.003 € al año (puesto 3 de 9 por sueldo).
Grupo profesional 3 · Empleados
Personal que por sus conocimientos o experiencia realiza tareas administrativas, comerciales, organizativas, de informática o de laboratorio, y en general las propias de oficina, o coordina labores productivas o realiza tareas auxiliares de atención a personas. Con o sin mando, tareas de contenido medio de actividad intelectual y de relación humana, con instrucciones precisas de complejidad técnica media y autonomía dentro del proceso; coordinación de tareas homogéneas de un conjunto de colaboradores en un nivel organizativo menor. Titulación equiparable a ciclo formativo de grado superior o formación en el puesto.
- T. Organ. de 1ªPor ejemplo: técnico de organización de primera. En la tabla cobra 29.071 € al año (puesto 4 de 9 por sueldo).
- Of. Adm. De 1ªPor ejemplo: oficial administrativo de primera. En la tabla cobra 29.071 € al año (puesto 4 de 9 por sueldo).
- T. Nivel 1: T. S.Por ejemplo: técnico superior. En la tabla cobra 29.071 € al año (puesto 4 de 9 por sueldo).
- ViajantePor ejemplo: viajante, comercial. En la tabla cobra 27.075 € al año (puesto 5 de 9 por sueldo).
Grupo profesional 4 · Empleados
Personal que por sus conocimientos o experiencia realiza tareas administrativas, comerciales, organizativas, de informática o de laboratorio, y en general las propias de oficina, o coordina labores productivas o realiza tareas auxiliares de atención a personas. Trabajos de ejecución autónoma que exigen habitualmente iniciativa y razonamiento de quien los hace y, bajo supervisión, responsabilidad sobre ellos. Titulación equiparable a bachillerato o ciclo de grado medio, o conocimientos equivalentes.
- ContablePor ejemplo: contable. En la tabla cobra 26.997 € al año (puesto 6 de 9 por sueldo).
- T. Organ. de 2ªPor ejemplo: técnico de organización de segunda. En la tabla cobra 26.997 € al año (puesto 6 de 9 por sueldo).
- Analista de 2ªPor ejemplo: analista de segunda. En la tabla cobra 26.997 € al año (puesto 6 de 9 por sueldo).
- Of. Adm. de 2ªPor ejemplo: oficial administrativo de segunda. En la tabla cobra 26.997 € al año (puesto 6 de 9 por sueldo).
- TopógrafoPor ejemplo: topógrafo. En la tabla cobra 25.529 € al año (puesto 7 de 9 por sueldo).
- Delineante 1ªPor ejemplo: delineante de primera. En la tabla cobra 25.529 € al año (puesto 7 de 9 por sueldo).
Grupo profesional 5 · Empleados
Personal que por sus conocimientos o experiencia realiza tareas administrativas, comerciales, organizativas, de informática o de laboratorio, y en general las propias de oficina, o coordina labores productivas o realiza tareas auxiliares de atención a personas. Tareas que se ejecutan bajo dependencia de mandos o de profesionales de mayor cualificación, normalmente con alto grado de supervisión pero con ciertos conocimientos profesionales y un periodo de adaptación. Formación equiparable a ciclo de grado medio o conocimientos equivalentes.
- Delineante 2ªPor ejemplo: delineante de segunda. En la tabla cobra 24.823 € al año (puesto 8 de 9 por sueldo).
Grupo profesional 6 · Empleados
Personal que por sus conocimientos o experiencia realiza tareas administrativas, comerciales, organizativas, de informática o de laboratorio, y en general las propias de oficina, o coordina labores productivas o realiza tareas auxiliares de atención a personas. Tareas con alto grado de dependencia, con instrucciones específicas, que pueden requerir esfuerzo físico, con escasa formación o conocimientos muy elementales y a veces un pequeño periodo de adaptación. Formación equiparable a la ESO.
- Auxiliar Labo.Por ejemplo: auxiliar de laboratorio. En la tabla cobra 24.096 € al año, el más bajo.
- Auxiliar Adm.Por ejemplo: auxiliar administrativo. En la tabla cobra 24.096 € al año, el más bajo.
Grupo profesional 2 · Operarios
Personal que por sus conocimientos o experiencia ejecuta operaciones de producción, directamente en el proceso productivo o en mantenimiento, transporte u otras operaciones auxiliares, pudiendo supervisar o coordinar. Personas con alto grado de autonomía, iniciativa y responsabilidad que realizan tareas técnicas complejas con objetivos globales definidos, o con alto contenido intelectual o de relación humana; también integración, coordinación y supervisión de funciones de un conjunto de colaboradores en un área. Titulación universitaria de grado medio o equivalente con experiencia dilatada.
- J. de ObraPor ejemplo: jefe de obra. En la tabla cobra 31.935 € al año (puesto 2 de 9 por sueldo).
- J. de TallerPor ejemplo: jefe de taller. En la tabla cobra 30.003 € al año (puesto 3 de 9 por sueldo).
- Antiguo M. I.Por ejemplo: maestro industrial. En la tabla cobra 30.003 € al año (puesto 3 de 9 por sueldo).
Grupo profesional 3 · Operarios
Personal que por sus conocimientos o experiencia ejecuta operaciones de producción, directamente en el proceso productivo o en mantenimiento, transporte u otras operaciones auxiliares, pudiendo supervisar o coordinar. Con o sin mando, tareas de contenido medio de actividad intelectual y de relación humana, con instrucciones precisas de complejidad técnica media y autonomía dentro del proceso; coordinación de tareas homogéneas de un conjunto de colaboradores en un nivel organizativo menor. Titulación equiparable a ciclo formativo de grado superior o formación en el puesto.
- EncargadoPor ejemplo: encargado.
- SupervisorPor ejemplo: supervisor. En la tabla cobra 29.071 € al año (puesto 4 de 9 por sueldo).
- T. Nivel 1: T.S.Por ejemplo: técnico superior. En la tabla cobra 29.071 € al año (puesto 4 de 9 por sueldo).
- Jefe de EquipoPor ejemplo: jefe de equipo, capataz.
- M. de Taller 1ªPor ejemplo: maestro de taller de primera. En la tabla cobra 27.075 € al año (puesto 5 de 9 por sueldo).
Grupo profesional 4 · Operarios
Personal que por sus conocimientos o experiencia ejecuta operaciones de producción, directamente en el proceso productivo o en mantenimiento, transporte u otras operaciones auxiliares, pudiendo supervisar o coordinar. Trabajos de ejecución autónoma que exigen habitualmente iniciativa y razonamiento de quien los hace y, bajo supervisión, responsabilidad sobre ellos. Titulación equiparable a bachillerato o ciclo de grado medio, o conocimientos equivalentes.
- M. Taller de 2ªPor ejemplo: maestro de taller de segunda. En la tabla cobra 25.529 € al año (puesto 7 de 9 por sueldo).
Grupo profesional 5 · Operarios
Personal que por sus conocimientos o experiencia ejecuta operaciones de producción, directamente en el proceso productivo o en mantenimiento, transporte u otras operaciones auxiliares, pudiendo supervisar o coordinar. Tareas que se ejecutan bajo dependencia de mandos o de profesionales de mayor cualificación, normalmente con alto grado de supervisión pero con ciertos conocimientos profesionales y un periodo de adaptación. Formación equiparable a ciclo de grado medio o conocimientos equivalentes.
- Oficial de 1ªPor ejemplo: oficial de primera, profesional de oficio de primera.
- Oficial de 2ªPor ejemplo: oficial de segunda, profesional de oficio de segunda.
- Chofer CamiónPor ejemplo: conductor de camión.
- Chofer TurismoPor ejemplo: conductor de turismo.
- DependientePor ejemplo: dependiente.
Grupo profesional 6 · Operarios
Personal que por sus conocimientos o experiencia ejecuta operaciones de producción, directamente en el proceso productivo o en mantenimiento, transporte u otras operaciones auxiliares, pudiendo supervisar o coordinar. Tareas con alto grado de dependencia, con instrucciones específicas, que pueden requerir esfuerzo físico, con escasa formación o conocimientos muy elementales y a veces un pequeño periodo de adaptación. Formación equiparable a la ESO.
- TelefonistaPor ejemplo: telefonista.
- Oficial de 3ªPor ejemplo: oficial de tercera.
- Personal LimpiezaPor ejemplo: personal de limpieza.
- AlmaceneroPor ejemplo: almacenero.
- Chofer de motosPor ejemplo: conductor de motos.
- PorteroPor ejemplo: portero.
- EspecialistaPor ejemplo: especialista.
Grupo profesional 7 · Operarios
Personal que por sus conocimientos o experiencia ejecuta operaciones de producción, directamente en el proceso productivo o en mantenimiento, transporte u otras operaciones auxiliares, pudiendo supervisar o coordinar. Tareas según instrucciones concretas con alto grado de dependencia, que requieren esfuerzo físico o atención y no exigen formación específica ni adaptación, exclusivamente para automatismo y carpintería metálica; permanencia máxima de dos años no prorrogables y tope de peones del 40 % (empresas de 10 o menos) o 20 % (más de 10).
- Ayudante o peónPor ejemplo: peón, ayudante.
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Algunas categorías
- Dónde lo dice
- art. 14 y tabla salarial 2026
- Quién lo cobra
- Cuando la empresa no pueda corregir las circunstancias, mientras dure la exposición; y siempre, aunque no se esté expuesto, en el polo químico de Huelva, Palos de la Frontera, Ence y cementera de Niebla, mantenimiento de centros sanitarios, ascensores, alumbrado público/semáforos/telecomunicaciones, líneas de alta y media tensión, eólico y sector minero
- Dónde lo dice
- art. 16
- Quién lo cobra
- Por día efectivamente trabajado en el polo químico de Huelva (av.
- Dónde lo dice
- art. 17
- Quién lo cobra
- Por día efectivamente trabajado en los talleres de las empresas auxiliares de esas industrias
- Dónde lo dice
- art. 17 y tabla de plus y otros conceptos
- Quién lo cobra
- Por día efectivo de trabajo del personal de empresas de mantenimiento de centros hospitalarios, centros de salud o sanitarios, públicos, concertados o privados
- Dónde lo dice
- art. 18
- Quién lo cobra
- Por día efectivo de trabajo del personal de mantenimiento e instalación de alumbrado público
- Dónde lo dice
- art. 18 bis
- Quién lo cobra
- Por día efectivamente trabajado, personal del polo químico de la av.
- Dónde lo dice
- art. 20
- Quién lo cobra
- Por día efectivamente trabajado, personal del polo químico de Palos de la Frontera, de Ence y de la cementera de Niebla, con independencia del domicilio
- Dónde lo dice
- art. 20
- Quién lo cobra
- Resto del personal que no esté en los supuestos anteriores, y personal con centro en Huelva capital que resida fuera de ella; se calcula con tres decimales
- Dónde lo dice
- art. 20
- Quién lo cobra
- Por día de parada (mantenimiento, emergencia o reparación de unidades de producción) de al menos cinco días, en el polo químico de Huelva, Palos de la Frontera, cementera de Niebla, Astilleros y Ence, y en sus talleres
- Dónde lo dice
- art. 19
- Quién lo cobra
- Por día de parada en sábado, domingo o festivo
- Dónde lo dice
- art. 19 y tabla de plus y otros conceptos
- Quién lo cobra
- Personal cuya actividad se desarrolla completamente entre las 22:00 y las 6:00; si solo parte de la jornada es nocturna, en proporción a las horas realizadas
- Dónde lo dice
- art. 21
- Quién lo cobra
- Personas que trabajan a turnos, por mes (parte proporcional en mes incompleto)
- Dónde lo dice
- art. 22
- Quién lo cobra
- Por día efectivo de cambio de horario fuera de los pactados; no más de tres semanas seguidas en dos meses
- Dónde lo dice
- art. 23.c
- Quién lo cobra
- Por día efectivo de cambio de jornada en domingo o festivo
- Dónde lo dice
- art. 23.c
- Quién lo cobra
- Personal voluntario adscrito al servicio de retén, localizable fuera de su jornada; las horas extra si interviene se pagan aparte
- Dónde lo dice
- art. 23.a
- Quién lo cobra
- Personal voluntario adscrito al retén de fin de semana
- Dónde lo dice
- art. 23.b
- Quién lo cobra
- Por día de localización y disponibilidad para avisos de rescate y emergencia (sector de la elevación), de lunes a viernes
- Dónde lo dice
- art. 23.d
- Quién lo cobra
- Por día de localización y disponibilidad para avisos de rescate y emergencia en sábado, domingo y festivo
- Dónde lo dice
- art. 23.d
- Quién lo cobra
- Por día de localización y disponibilidad del técnico para averías en sábados, domingos y festivos (sector de la elevación)
- Dónde lo dice
- art. 23.e
- Quién lo cobra
- Por día efectivo, desplazado de su centro a otra localidad sin poder volver a comer, o personal itinerante que termina su jornada a más de 20 km de la sede y como máximo a las 15:00
- Dónde lo dice
- art. 20
- Quién lo cobra
- Por día efectivo, en los mismos supuestos de desplazamiento con comida y alojamiento
- Dónde lo dice
- art. 20
- Quién lo cobra
- Parte de comida de la dieta (el 56 % del importe de la dieta es para comida y el 44 % para alojamiento)
- Dónde lo dice
- art. 20
- Quién lo cobra
- Parte de alojamiento de la dieta
- Dónde lo dice
- art. 20
- Quién lo cobra
- Desplazamiento fuera de la península ibérica cuando la empresa no cubra todos los gastos
- Dónde lo dice
- art. 20
- Quién lo cobra
- Desplazamiento fuera de la península ibérica
- Dónde lo dice
- art. 20
- Quién lo cobra
- Desplazamiento fuera de la península ibérica
- Dónde lo dice
- art. 20
- Quién lo cobra
- Desplazamiento fuera de la península ibérica
- Dónde lo dice
- art. 20
- Quién lo cobra
- Persona trabajadora (también eventual, proporcional al tiempo trabajado) que en el año no tenga más de dos faltas, una por semestre; la IT cuenta como una única falta
- Dónde lo dice
- art. 25
- Quién lo cobra
- Todas las personas trabajadoras con hijos en esos estudios, cualquiera que sea su antigüedad; si los dos cónyuges trabajan en la empresa, solo cobra uno; estudios superiores: máximo 4 convocatorias
- Dónde lo dice
- art. 26
- Quién lo cobra
- Personal con al menos seis meses de antigüedad que contraiga matrimonio y continúe en la empresa
- Dónde lo dice
- art. 27
- Quién lo cobra
- Personal con al menos un año de antigüedad, por cada hijo
- Dónde lo dice
- art. 27
- Quién lo cobra
- Conductores que las empresas utilicen como tales; la empresa puede en su lugar contratar el seguro
- Dónde lo dice
- art. 29
- Quién lo cobra
- Los días 24 y 31 de diciembre son inhábiles; si se trabaja, se compensa aunque se trabaje menos horas
- Dónde lo dice
- art. 30
- Quién lo cobra
- Desde 2027 también es inhábil el 5 de enero
- Dónde lo dice
- art. 30
- Quién lo cobra
- Por cada día de vacaciones, además de la retribución de salario base, plus de asistencia, plus de toxicidad y complemento personal
- Dónde lo dice
- art. 32
- Quién lo cobra
- Personal con un año de antigüedad con hijo, cónyuge o pareja con discapacidad del 33 % al 65 % o superior, o enfermedad congénita de larga duración, con reconocimiento oficial; proporcional al tiempo trabajado
- Dónde lo dice
- art. 50 bis
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 31 y tabla de plus y otros conceptos
Subidas pactadas
| Año | Subida de la tabla | Qué significa |
|---|---|---|
| 2025 | 3,3 % | IPC real de 2024 más 0,5 %, aplicado en las tablas de 2025 como +3,30 %; atrasos con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2025 |
| 2026 | 4,9 % | IPC real de 2025 más 2 %, aplicado en las tablas de 2026 como +4,90 %; aplicación desde el 1 de enero de 2026. El plus de paradas de 2026 sube un 20 % sobre el de 2025 (art. 19) |
| 2027 | Por fijar | IPC real de 2026 más 2 %, aplicable desde el 1 de enero de 2027; el plus de paradas de 2027 se actualiza con el IPC real de 2026 más 2 % |
Revisión salarial
Cada año sube el IPC real del año anterior más un diferencial: +0,5 % en 2025 y +2 % en 2026 y 2027; los incrementos y atrasos se aplican desde el 1 de enero. Si el convenio se prorroga, todos los conceptos y pluses suben con el IPC real del año de la prórroga (art. 5) (art. 11 y art. 5).
Permisos pagados
8 de los 13 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonioart. 34.d | 15 | 15 días naturales | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Nacimiento o adopción de hijosart. 34.a | 3 | — | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento del cónyugeart. 34.b | 5 (7 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento de padres, madres, hijos/as, nietos/as, hermanos/as, abuelos/as y sobrinos/as consanguíneosart. 34.b | 3 (5 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo domiciliario de cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta 2.º grado o conviviente que requiera cuidadoart. 34.c | 5 (7 con desplazamiento) | 5 días | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Intervención ambulatoria que no precisa reposo domiciliarioart. 34.c | 1 (3 con desplazamiento) | — | Mejora el Estatuto |
| Pruebas de diagnóstico (endoscopia, colonoscopia o pruebas invasivas, con o sin sedación)art. 34.c | 1 | — | Mejora el Estatuto |
| Boda de hijos/as, nietos/as, hermanos/as, padres y madresart. 34.e | 1 | — | Mejora el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público o sindical; DNI, pasaporte y permiso de conducirart. 34.f | — | El tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Estudios para obtener un título profesionalart. 34.g | — | — | Mejora el Estatuto |
| Traslado del domicilio habitualart. 34.h | 1 (3 con desplazamiento) | 1 día | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes (enfermedad o accidente de familiares o convivientes)art. 34.i | — | 4 días al año (horas) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Asistencia médica en enfermedades graves (degenerativas, oncológicas) del cónyuge o de familiares consanguíneos de primer gradoart. 34.j (corregido en el BOP nº 43 de 4/3/2026) | — | 5 días | Mejora el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Exámenes prenatales y preparación al parto | No lo menciona | El tiempo necesario | Lo da el Estatuto |
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
Qué ha cambiado
Avisos oficiales sobre este convenio, del más reciente al más antiguo. Cada uno lleva una etiqueta que dice qué tipo de aviso es.
- Aviso4 de marzo de 2026Corregido el art. 34.j: la licencia por asistencia médica en enfermedades graves se aplica al cónyuge y a los familiares consanguíneos de primer grado, hasta 20 horas al añoNovedad sobre este convenio. Ver el aviso oficial
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio del metal de Huelva?
Su estado a 16 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2025 al 31/12/2027.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio del metal de Huelva en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 24.096,45 € brutos al año a jornada completa (Auxiliar Labo.).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio del metal de Huelva?
24 días laborables al año.
¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?
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Otros convenios de Huelva
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Lo que suele venir después.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva (BOP) (texto del convenio, publicado el 17/2/2026). Revisado el .
Vigente del 1/1/2025 al 31/12/2027 (art. 4), con prórroga tácita por años si no se denuncia antes del 1 de octubre de 2027 (art. 5). Firmado el 28/1/2026 y publicado en el boletín oficial de la provincia de Huelva nº 32 de 17/2/2026 con las tablas de 2025 (+3,30 %) y 2026 (+4,90 %). El 25/2/2026 se corrigió el art. 34.j (boletín oficial de la provincia nº 43 de 4/3/2026).
Convenio del SECTOR DE MONTAJES (industrias del metal, construcciones y reparaciones metálicas, instaladores eléctricos, frío industrial, almacenistas de hierros y de material eléctrico) de la provincia de Huelva, excluidos automoción y suministros industriales. No es el convenio de la construcción ni el de industria del metal de otras provincias. Los salarios son mensuales salvo los oficios de los grupos 5, 6 y 7 de operarios, que van por día.