Convenio colectivo
Convenio colectivo provincial de trabajo de comercio textil de la provincia de Almería (2025-2029).
Última actualización: 16 de octubre de 2026
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naturales
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tablas salariales 2026
Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)
32 de 47 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Personal técnico tituladoPuestos: Titulado/a de grado superior, Titulado/a de grado medio, A. T. S. | ||
| Titulado/a de grado superior | 1.337,94 € | 20.069,10 € |
| Titulado/a de grado medio | 1.146,51 € | 17.197,65 € |
| A. T. S. | 1.146,51 € | 17.197,65 € |
| Personal mercantil no titulado y personal mercantil propiamente dichoPuestos: Director/a · Grupo II, Jefe/a de división. Jefe/a de Personal, Jefe/a de compras y Jefe/a de ventas, Encargado/a general, Jefe/a de sucursal o supermercado y Jefe/a de almacén, Jefe/a de grupo, Jefe/a de sección mercantil, Encargado/a de establecimiento, e Interprete, Viajante/a. | ||
| Director/a · Grupo II | 1.356,62 € | 20.349,30 € |
| Jefe/a de división. Jefe/a de Personal, Jefe/a de compras y Jefe/a de ventas | 1.239,96 € | 18.599,40 € |
| Encargado/a general, Jefe/a de sucursal o supermercado y Jefe/a de almacén | 1.225,88 € | 18.388,20 € |
| Jefe/a de grupo | 1.179,20 € | 17.688,00 € |
| Jefe/a de sección mercantil, Encargado/a de establecimiento, e Interprete SMI | 1.132,56 € | 16.988,40 € |
| Viajante/a SMI | 1.132,56 € | 16.988,40 € |
| Corredor/a de plaza SMI | 1.081,17 € | 16.217,55 € |
| Dependiente/a SMI | 983,18 € | 14.747,70 € |
| Dependiente/a con dos años de antigüedad en la categoría SMI | 1.057,81 € | 15.867,15 € |
| Dependiente/a mayor | 1.158,64 € | 17.379,60 € |
| Ayudante SMI | 935,27 € | 14.029,05 € |
| Personal administrativoPuestos: Director/a · Grupo III, Jefe/a de división, Jefe/a administrativo, Secretario/a, Jefe/a de sección administrativa, Contable. | ||
| Director/a · Grupo III | 1.356,62 € | 20.349,30 € |
| Jefe/a de división | 1.277,22 € | 19.158,30 € |
| Jefe/a administrativo | 1.249,29 € | 18.739,35 € |
| Secretario/a SMI | 1.076,64 € | 16.149,60 € |
| Jefe/a de sección administrativa | 1.193,22 € | 17.898,30 € |
| Contable | 1.193,22 € | 17.898,30 € |
| Contable-Cajero/a-Taquimecanógrafo/a | 1.193,22 € | 17.898,30 € |
| Oficial administrativo/a SMI | 1.123,13 € | 16.846,95 € |
| Auxiliar administrativo/a SMI | 983,18 € | 14.747,70 € |
| Auxiliar administrativo/a con 2 años de antigüedad en la categoría SMI | 1.057,81 € | 15.867,15 € |
| Auxiliar de caja SMI | 983,18 € | 14.747,70 € |
| Auxiliar de caja con dos años de antigüedad en la categoría SMI | 1.057,81 € | 15.867,15 € |
| Personal de servicios y actividades auxiliaresPuestos: Jefe/a de sección de servicios, Dibujante, Escaparatista, Ayudante de montaje, Delineante Visitador y Rotulista, Cortador/a. | ||
| Jefe/a de sección de servicios SMI | 1.132,56 € | 16.988,40 € |
| Dibujante | 1.165,23 € | 17.478,45 € |
| Escaparatista SMI | 1.053,20 € | 15.798,00 € |
| Ayudante de montaje SMI | 935,27 € | 14.029,05 € |
| Delineante Visitador y Rotulista SMI | 950,40 € | 14.256,00 € |
| Cortador/a SMI | 1.053,20 € | 15.798,00 € |
| Ayudante de cortador SMI | 983,18 € | 14.747,70 € |
| Jefe/a de taller SMI | 1.132,56 € | 16.988,40 € |
| Profesional de oficio de 1ª SMI | 1.062,30 € | 15.934,50 € |
| Profesional de oficio de 2ª SMI | 983,18 € | 14.747,70 € |
| Profesional de oficio de 3ª o Ayudante SMI | 935,27 € | 14.029,05 € |
| Capataz SMI | 1.132,56 € | 16.988,40 € |
| Mozo/a especializado SMI | 985,02 € | 14.775,30 € |
| Ascensorista y Telefonista SMI | 936,49 € | 14.047,35 € |
| Mozo/a SMI | 935,27 € | 14.029,05 € |
| Mozo/a con dos años de antigüedad en la categoría SMI | 936,49 € | 14.047,35 € |
| Repasador/a de medias, Empaquetador/a y Cosedor/a de sacos SMI | 935,27 € | 14.029,05 € |
| Personal subalternoPuestos: Conserje, Cobrador/a, Vigilante y Ordenanza, Personal de limpieza (jornada completa). | ||
| Conserje SMI | 955,15 € | 14.327,25 € |
| Cobrador/a SMI | 955,15 € | 14.327,25 € |
| Vigilante y Ordenanza SMI | 936,49 € | 14.047,35 € |
| Personal de limpieza (jornada completa) SMI | 935,27 € | 14.029,05 € |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Personal técnico titulado
- Titulado/a de grado superiorPor ejemplo: titulado/a superior, licenciado/a, ingeniero/a, arquitecto/a. En la tabla cobra 20.069 € al año (puesto 2 de 24 por sueldo).
- Titulado/a de grado medioPor ejemplo: titulado/a medio, diplomado/a, graduado/a, ingeniero/a técnico. En la tabla cobra 17.198 € al año (puesto 11 de 24 por sueldo).
- A. T. S.Por ejemplo: ayudante técnico sanitario (ATS), enfermero/a de empresa. En la tabla cobra 17.198 € al año (puesto 11 de 24 por sueldo).
Personal mercantil no titulado y personal mercantil propiamente dicho
- Director/a · Grupo IIPor ejemplo: director/a de tienda o empresa, director/a comercial. En la tabla cobra 20.349 € al año, el sueldo más alto.
- Jefe/a de división. Jefe/a de Personal, Jefe/a de compras y Jefe/a de ventasPor ejemplo: jefe/a de división, jefe/a de personal, jefe/a de compras, jefe/a de ventas. En la tabla cobra 18.599 € al año (puesto 5 de 24 por sueldo).
- Encargado/a general, Jefe/a de sucursal o supermercado y Jefe/a de almacénPor ejemplo: encargado/a general, jefe/a de sucursal, jefe/a de supermercado, jefe/a de almacén. En la tabla cobra 18.388 € al año (puesto 6 de 24 por sueldo).
- Jefe/a de grupoPor ejemplo: jefe/a de grupo, responsable de equipo de ventas. En la tabla cobra 17.688 € al año (puesto 8 de 24 por sueldo).
- Jefe/a de sección mercantil, Encargado/a de establecimiento, e InterpretePor ejemplo: jefe/a de sección mercantil, encargado/a de establecimiento, encargado/a de tienda, intérprete. En la tabla cobra 16.988 € al año (puesto 12 de 24 por sueldo).
- Viajante/aPor ejemplo: viajante, representante comercial, agente comercial. En la tabla cobra 16.988 € al año (puesto 12 de 24 por sueldo).
- Corredor/a de plazaPor ejemplo: corredor/a de plaza, comercial de calle. En la tabla cobra 16.218 € al año (puesto 14 de 24 por sueldo).
- Dependiente/aPor ejemplo: dependiente/a, dependiente/a de tienda de ropa, vendedor/a de mostrador. En la tabla cobra 14.748 € al año (puesto 20 de 24 por sueldo).
- Dependiente/a con dos años de antigüedad en la categoríaPor ejemplo: dependiente/a con dos años de antigüedad, dependiente/a de tienda. En la tabla cobra 15.867 € al año (puesto 17 de 24 por sueldo).
- Dependiente/a mayorPor ejemplo: dependiente/a mayor, dependiente/a con más responsabilidad. En la tabla cobra 17.380 € al año (puesto 10 de 24 por sueldo).
- AyudantePor ejemplo: ayudante de dependiente, ayudante de tienda. En la tabla cobra 14.029 € al año, el más bajo.
Personal administrativo
- Director/a · Grupo IIIPor ejemplo: director/a administrativo/a, director/a financiero/a. En la tabla cobra 20.349 € al año, el sueldo más alto.
- Jefe/a de divisiónPor ejemplo: jefe/a de división administrativa, responsable de área administrativa. En la tabla cobra 19.158 € al año (puesto 3 de 24 por sueldo).
- Jefe/a administrativoPor ejemplo: jefe/a administrativo, responsable de administración. En la tabla cobra 18.739 € al año (puesto 4 de 24 por sueldo).
- Secretario/aPor ejemplo: secretario/a, secretario/a de dirección. En la tabla cobra 16.150 € al año (puesto 15 de 24 por sueldo).
- Jefe/a de sección administrativaPor ejemplo: jefe/a de sección administrativa, responsable de sección administrativa. En la tabla cobra 17.898 € al año (puesto 7 de 24 por sueldo).
- ContablePor ejemplo: contable, responsable de contabilidad. En la tabla cobra 17.898 € al año (puesto 7 de 24 por sueldo).
- Contable-Cajero/a-Taquimecanógrafo/aPor ejemplo: contable, cajero/a, taquimecanógrafo/a. En la tabla cobra 17.898 € al año (puesto 7 de 24 por sueldo).
- Oficial administrativo/aPor ejemplo: oficial administrativo/a, administrativo/a. En la tabla cobra 16.847 € al año (puesto 13 de 24 por sueldo).
- Auxiliar administrativo/aPor ejemplo: auxiliar administrativo/a, auxiliar de oficina. En la tabla cobra 14.748 € al año (puesto 20 de 24 por sueldo).
- Auxiliar administrativo/a con 2 años de antigüedad en la categoríaPor ejemplo: auxiliar administrativo/a con dos años en la categoría. En la tabla cobra 15.867 € al año (puesto 17 de 24 por sueldo).
- Auxiliar de cajaPor ejemplo: auxiliar de caja, cajero/a auxiliar, cajero/a de tienda. En la tabla cobra 14.748 € al año (puesto 20 de 24 por sueldo).
- Auxiliar de caja con dos años de antigüedad en la categoríaPor ejemplo: auxiliar de caja con dos años en la categoría, cajero/a auxiliar. En la tabla cobra 15.867 € al año (puesto 17 de 24 por sueldo).
Personal de servicios y actividades auxiliares
- Jefe/a de sección de serviciosPor ejemplo: jefe/a de sección de servicios, responsable de servicios auxiliares. En la tabla cobra 16.988 € al año (puesto 12 de 24 por sueldo).
- DibujantePor ejemplo: dibujante. En la tabla cobra 17.478 € al año (puesto 9 de 24 por sueldo).
- EscaparatistaPor ejemplo: escaparatista, decorador/a de escaparates. En la tabla cobra 15.798 € al año (puesto 18 de 24 por sueldo).
- Ayudante de montajePor ejemplo: ayudante de montaje, ayudante de montador/a. En la tabla cobra 14.029 € al año, el más bajo.
- Delineante Visitador y RotulistaPor ejemplo: delineante, visitador/a, rotulista. En la tabla cobra 14.256 € al año (puesto 22 de 24 por sueldo).
- Cortador/aPor ejemplo: cortador/a, cortador/a de tejidos. En la tabla cobra 15.798 € al año (puesto 18 de 24 por sueldo).
- Ayudante de cortadorPor ejemplo: ayudante de cortador/a. En la tabla cobra 14.748 € al año (puesto 20 de 24 por sueldo).
- Jefe/a de tallerPor ejemplo: jefe/a de taller, responsable de taller de confección. En la tabla cobra 16.988 € al año (puesto 12 de 24 por sueldo).
- Profesional de oficio de 1ªPor ejemplo: oficial de primera, profesional de oficio de 1.ª. En la tabla cobra 15.934 € al año (puesto 16 de 24 por sueldo).
- Profesional de oficio de 2ªPor ejemplo: oficial de segunda, profesional de oficio de 2.ª. En la tabla cobra 14.748 € al año (puesto 20 de 24 por sueldo).
- Profesional de oficio de 3ª o AyudantePor ejemplo: oficial de tercera, profesional de oficio de 3.ª, ayudante. En la tabla cobra 14.029 € al año, el más bajo.
- CapatazPor ejemplo: capataz, jefe/a de equipo de almacén. En la tabla cobra 16.988 € al año (puesto 12 de 24 por sueldo).
- Mozo/a especializadoPor ejemplo: mozo/a especializado/a, mozo/a de almacén especializado. En la tabla cobra 14.775 € al año (puesto 19 de 24 por sueldo).
- Ascensorista y TelefonistaPor ejemplo: ascensorista, telefonista. En la tabla cobra 14.047 € al año (puesto 23 de 24 por sueldo).
- Mozo/aPor ejemplo: mozo/a, mozo/a de almacén, reponedor/a. En la tabla cobra 14.029 € al año, el más bajo.
- Mozo/a con dos años de antigüedad en la categoríaPor ejemplo: mozo/a con dos años en la categoría, mozo/a de almacén. En la tabla cobra 14.047 € al año (puesto 23 de 24 por sueldo).
- Repasador/a de medias, Empaquetador/a y Cosedor/a de sacosPor ejemplo: repasador/a de medias, empaquetador/a, cosedor/a de sacos. En la tabla cobra 14.029 € al año, el más bajo.
Personal subalterno
- ConserjePor ejemplo: conserje. En la tabla cobra 14.327 € al año (puesto 21 de 24 por sueldo).
- Cobrador/aPor ejemplo: cobrador/a. En la tabla cobra 14.327 € al año (puesto 21 de 24 por sueldo).
- Vigilante y OrdenanzaPor ejemplo: vigilante, ordenanza. En la tabla cobra 14.047 € al año (puesto 23 de 24 por sueldo).
- Personal de limpieza (jornada completa)Por ejemplo: limpiador/a, personal de limpieza. En la tabla cobra 14.029 € al año, el más bajo.
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Un cuatrienio por cada 4 años en la misma empresa (incluido el aprendizaje), como máximo cinco; se devenga desde el día 1 del mes siguiente al cumplimiento
- Dónde lo dice
- art. 20 y columna b) del anexo
- Quién lo cobra
- Solo quien tuviera devengado el complemento de protección familiar a 31/12/1999; es un complemento personal («ad personam») que no se actualiza
- Dónde lo dice
- art. 21 y columna c) del anexo
- Quién lo cobra
- Toda la plantilla; se descuentan 4,35 € por cada día laborable de falta al trabajo.
- Dónde lo dice
- art. 19
- Quién lo cobra
- Conocimiento acreditado de idiomas extranjeros cuando la empresa lo requiera y se pacte por escrito; 10 % por cada idioma pactado
- Dónde lo dice
- art. 22
- Quién lo cobra
- Personal no clasificado como escaparatista que realiza con carácter normal la ornamentación de escaparates
- Dónde lo dice
- art. 23
- Quién lo cobra
- Personal que no es cobrador/a y hace con carácter habitual y permanente funciones de cobro, previo pacto por escrito; por mes efectivamente trabajado
- Dónde lo dice
- art. 28
- Quién lo cobra
- Misión de servicios fuera de la residencia habitual de trabajo
- Dónde lo dice
- art. 26
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 24
Subidas pactadas
| Año | Subida de la tabla | Qué significa |
|---|---|---|
| 2025 | 0 % | Del 1/1 al 30/6/2025 se mantienen las tablas salariales de 2024 |
| 2025 | 3 % | Del 1/7 al 31/12/2025, incremento del 3 % sobre todos los conceptos salariales vigentes en 2024 |
| 2026 | 2 % | Incremento del 2 % en 2026 |
| 2027 | 2 % | Incremento del 2 % en 2027 |
| 2026 | Por fijar | Garantía del SMI anual vigente en cada momento, en proporción a la jornada, por todos los conceptos salariales |
Revisión salarial
Si el IPC interanual a 31 de diciembre de 2026, 2027, 2028 o 2029 supera el 2 % pactado para ese año, revisión hasta un tope del 0,75 % con efectos de 1 de enero del año siguiente, sin atrasos y por acuerdo de la Comisión paritaria (disp. adicional tercera).
Permisos pagados
3 de los 6 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 13.a | 15 | 15 días naturales | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Asuntos propios que no admitan demora (incluye atender a hijos menores de 16 años enfermos con justificante médico)art. 13.b | 6 | — | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento de parientes hasta el 2.º grado de consanguinidad o afinidadart. 13.c | 3 (5 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización con reposo domiciliario de cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta 2.º grado o persona que conviva y requiera cuidadoart. 13.d | 5 | 5 días | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Traslado del domicilio habitualart. 13.e | 1 | 1 día | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Exámenes oficiales de la persona trabajadora estudiante (permisos necesarios) y salida media hora antes del cierre si asiste a cursos oficialesart. 14 | los permisos necesarios | El tiempo necesario | Mejora el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Deber inexcusable de carácter público y personal | No lo menciona | El tiempo indispensable | Lo da el Estatuto |
| Funciones sindicales o de representación del personal | No lo menciona | Las horas que fije la ley | Lo da el Estatuto |
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes | No lo menciona | 4 días al año (horas) | Lo da el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso
Periodo de prueba
El convenio no lo regula: se aplica el Estatuto (art. 14).
Preaviso si te vas
- Todos los grupos: 5 días
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de comercio textil de Almería?
Su estado a 16 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2025 al 31/12/2029.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de comercio textil de Almería en 2026?
Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 14.029,05 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de comercio textil de Almería?
30 días naturales al año.
¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?
Comercio textil en otras provincias
AlicanteBadajozBarcelonaBizkaiaCádizCantabriaCiudad RealComunitat Valenciana
Otros convenios de Almería
Campo y agriculturaComercioConstrucciónHosteleríaLimpieza de edificios y localesMetal
Lo que suele venir después.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Almería (BOP) (texto del convenio, publicado el 9/3/2026). Revisado el .
Convenio 2025-2029 firmado el 30/1/2026 y publicado en el boletín oficial de la provincia de Almería nº 46 de 9/3/2026 (anuncio 458/26). Duración de 5 años desde el 1/1/2025 (art. 6), con efectos económicos desde el 1/7/2025 y prórroga anual si no se denuncia. Tablas de 2025 (dos tramos: enero-junio con las de 2024 y julio-diciembre con +3 %) y de 2026 a 2029 (+2 % cada año) en el anexo. Lo firmaron solo UGT (parte social) y la Federación Provincial de Comercio de ASEMPAL; el art. 2 le atribuye eficacia general.
Es el convenio del comercio textil de Almería (venta de artículos textiles al por menor o mayor). Hay otro convenio provincial distinto, el de dependencia mercantil (código 04000175011982), para el resto del comercio. Lo firmaron solo UGT y ASEMPAL (art. 1); el art. 2 le da eficacia general, pero otros sindicatos no lo han firmado. Con las tablas de 2026, 18 de las 47 categorías (sobre todo ayudantes, auxiliares, mozos, dependientes y personal subalterno) quedan por debajo del SMI anual si se suma solo el salario base (15 pagas) y el plus de asistencia; rige la garantía del SMI de la disposición adicional cuarta.