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Convenio colectivo

Convenio colectivo provincial de trabajo de comercio textil de la provincia de Almería (2025-⁠2029).

Código de convenio 04000115011982
Publicado el
9/3/2026
Vigencia
1/1/2025 – 31/12/2029

Última actualización: 16 de octubre de 2026

Jornada al año1.826,5horas
Vacaciones30días

naturales

Pagas extra3

Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Última subida+2,0 %2026
Próxima subida+2,0 %2027
Tablas salariales 2026

Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)

32 de 47 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.

CategoríaAl mesAl año (bruto)
Personal técnico tituladoPuestos: Titulado/a de grado superior, Titulado/a de grado medio, A. T. S.
Titulado/a de grado superior1.337,94 €20.069,10 €
Titulado/a de grado medio1.146,51 €17.197,65 €
A. T. S.1.146,51 €17.197,65 €
Personal mercantil no titulado y personal mercantil propiamente dichoPuestos: Director/a · Grupo II, Jefe/a de división. Jefe/a de Personal, Jefe/a de compras y Jefe/a de ventas, Encargado/a general, Jefe/a de sucursal o supermercado y Jefe/a de almacén, Jefe/a de grupo, Jefe/a de sección mercantil, Encargado/a de establecimiento, e Interprete, Viajante/a.
Director/a · Grupo II1.356,62 €20.349,30 €
Jefe/a de división. Jefe/a de Personal, Jefe/a de compras y Jefe/a de ventas1.239,96 €18.599,40 €
Encargado/a general, Jefe/a de sucursal o supermercado y Jefe/a de almacén1.225,88 €18.388,20 €
Jefe/a de grupo1.179,20 €17.688,00 €
Jefe/a de sección mercantil, Encargado/a de establecimiento, e Interprete SMI1.132,56 €16.988,40 €
Viajante/a SMI1.132,56 €16.988,40 €
Corredor/a de plaza SMI1.081,17 €16.217,55 €
Dependiente/a SMI983,18 €14.747,70 €
Dependiente/a con dos años de antigüedad en la categoría SMI1.057,81 €15.867,15 €
Dependiente/a mayor1.158,64 €17.379,60 €
Ayudante SMI935,27 €14.029,05 €
Personal administrativoPuestos: Director/a · Grupo III, Jefe/a de división, Jefe/a administrativo, Secretario/a, Jefe/a de sección administrativa, Contable.
Director/a · Grupo III1.356,62 €20.349,30 €
Jefe/a de división1.277,22 €19.158,30 €
Jefe/a administrativo1.249,29 €18.739,35 €
Secretario/a SMI1.076,64 €16.149,60 €
Jefe/a de sección administrativa1.193,22 €17.898,30 €
Contable1.193,22 €17.898,30 €
Contable-Cajero/a-Taquimecanógrafo/a1.193,22 €17.898,30 €
Oficial administrativo/a SMI1.123,13 €16.846,95 €
Auxiliar administrativo/a SMI983,18 €14.747,70 €
Auxiliar administrativo/a con 2 años de antigüedad en la categoría SMI1.057,81 €15.867,15 €
Auxiliar de caja SMI983,18 €14.747,70 €
Auxiliar de caja con dos años de antigüedad en la categoría SMI1.057,81 €15.867,15 €
Personal de servicios y actividades auxiliaresPuestos: Jefe/a de sección de servicios, Dibujante, Escaparatista, Ayudante de montaje, Delineante Visitador y Rotulista, Cortador/a.
Jefe/a de sección de servicios SMI1.132,56 €16.988,40 €
Dibujante1.165,23 €17.478,45 €
Escaparatista SMI1.053,20 €15.798,00 €
Ayudante de montaje SMI935,27 €14.029,05 €
Delineante Visitador y Rotulista SMI950,40 €14.256,00 €
Cortador/a SMI1.053,20 €15.798,00 €
Ayudante de cortador SMI983,18 €14.747,70 €
Jefe/a de taller SMI1.132,56 €16.988,40 €
Profesional de oficio de 1ª SMI1.062,30 €15.934,50 €
Profesional de oficio de 2ª SMI983,18 €14.747,70 €
Profesional de oficio de 3ª o Ayudante SMI935,27 €14.029,05 €
Capataz SMI1.132,56 €16.988,40 €
Mozo/a especializado SMI985,02 €14.775,30 €
Ascensorista y Telefonista SMI936,49 €14.047,35 €
Mozo/a SMI935,27 €14.029,05 €
Mozo/a con dos años de antigüedad en la categoría SMI936,49 €14.047,35 €
Repasador/a de medias, Empaquetador/a y Cosedor/a de sacos SMI935,27 €14.029,05 €
Personal subalternoPuestos: Conserje, Cobrador/a, Vigilante y Ordenanza, Personal de limpieza (jornada completa).
Conserje SMI955,15 €14.327,25 €
Cobrador/a SMI955,15 €14.327,25 €
Vigilante y Ordenanza SMI936,49 €14.047,35 €
Personal de limpieza (jornada completa) SMI935,27 €14.029,05 €

Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos

Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Tabla 2025 · Tabla 2026

Categorías explicadas

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).

Personal técnico titulado

  • Titulado/a de grado superiorPor ejemplo: titulado/a superior, licenciado/a, ingeniero/a, arquitecto/a. En la tabla cobra 20.069 € al año (puesto 2 de 24 por sueldo).
  • Titulado/a de grado medioPor ejemplo: titulado/a medio, diplomado/a, graduado/a, ingeniero/a técnico. En la tabla cobra 17.198 € al año (puesto 11 de 24 por sueldo).
  • A. T. S.Por ejemplo: ayudante técnico sanitario (ATS), enfermero/a de empresa. En la tabla cobra 17.198 € al año (puesto 11 de 24 por sueldo).

Personal mercantil no titulado y personal mercantil propiamente dicho

  • Director/a · Grupo IIPor ejemplo: director/a de tienda o empresa, director/a comercial. En la tabla cobra 20.349 € al año, el sueldo más alto.
  • Jefe/a de división. Jefe/a de Personal, Jefe/a de compras y Jefe/a de ventasPor ejemplo: jefe/a de división, jefe/a de personal, jefe/a de compras, jefe/a de ventas. En la tabla cobra 18.599 € al año (puesto 5 de 24 por sueldo).
  • Encargado/a general, Jefe/a de sucursal o supermercado y Jefe/a de almacénPor ejemplo: encargado/a general, jefe/a de sucursal, jefe/a de supermercado, jefe/a de almacén. En la tabla cobra 18.388 € al año (puesto 6 de 24 por sueldo).
  • Jefe/a de grupoPor ejemplo: jefe/a de grupo, responsable de equipo de ventas. En la tabla cobra 17.688 € al año (puesto 8 de 24 por sueldo).
  • Jefe/a de sección mercantil, Encargado/a de establecimiento, e InterpretePor ejemplo: jefe/a de sección mercantil, encargado/a de establecimiento, encargado/a de tienda, intérprete. En la tabla cobra 16.988 € al año (puesto 12 de 24 por sueldo).
  • Viajante/aPor ejemplo: viajante, representante comercial, agente comercial. En la tabla cobra 16.988 € al año (puesto 12 de 24 por sueldo).
  • Corredor/a de plazaPor ejemplo: corredor/a de plaza, comercial de calle. En la tabla cobra 16.218 € al año (puesto 14 de 24 por sueldo).
  • Dependiente/aPor ejemplo: dependiente/a, dependiente/a de tienda de ropa, vendedor/a de mostrador. En la tabla cobra 14.748 € al año (puesto 20 de 24 por sueldo).
  • Dependiente/a con dos años de antigüedad en la categoríaPor ejemplo: dependiente/a con dos años de antigüedad, dependiente/a de tienda. En la tabla cobra 15.867 € al año (puesto 17 de 24 por sueldo).
  • Dependiente/a mayorPor ejemplo: dependiente/a mayor, dependiente/a con más responsabilidad. En la tabla cobra 17.380 € al año (puesto 10 de 24 por sueldo).
  • AyudantePor ejemplo: ayudante de dependiente, ayudante de tienda. En la tabla cobra 14.029 € al año, el más bajo.

Personal administrativo

  • Director/a · Grupo IIIPor ejemplo: director/a administrativo/a, director/a financiero/a. En la tabla cobra 20.349 € al año, el sueldo más alto.
  • Jefe/a de divisiónPor ejemplo: jefe/a de división administrativa, responsable de área administrativa. En la tabla cobra 19.158 € al año (puesto 3 de 24 por sueldo).
  • Jefe/a administrativoPor ejemplo: jefe/a administrativo, responsable de administración. En la tabla cobra 18.739 € al año (puesto 4 de 24 por sueldo).
  • Secretario/aPor ejemplo: secretario/a, secretario/a de dirección. En la tabla cobra 16.150 € al año (puesto 15 de 24 por sueldo).
  • Jefe/a de sección administrativaPor ejemplo: jefe/a de sección administrativa, responsable de sección administrativa. En la tabla cobra 17.898 € al año (puesto 7 de 24 por sueldo).
  • ContablePor ejemplo: contable, responsable de contabilidad. En la tabla cobra 17.898 € al año (puesto 7 de 24 por sueldo).
  • Contable-Cajero/a-Taquimecanógrafo/aPor ejemplo: contable, cajero/a, taquimecanógrafo/a. En la tabla cobra 17.898 € al año (puesto 7 de 24 por sueldo).
  • Oficial administrativo/aPor ejemplo: oficial administrativo/a, administrativo/a. En la tabla cobra 16.847 € al año (puesto 13 de 24 por sueldo).
  • Auxiliar administrativo/aPor ejemplo: auxiliar administrativo/a, auxiliar de oficina. En la tabla cobra 14.748 € al año (puesto 20 de 24 por sueldo).
  • Auxiliar administrativo/a con 2 años de antigüedad en la categoríaPor ejemplo: auxiliar administrativo/a con dos años en la categoría. En la tabla cobra 15.867 € al año (puesto 17 de 24 por sueldo).
  • Auxiliar de cajaPor ejemplo: auxiliar de caja, cajero/a auxiliar, cajero/a de tienda. En la tabla cobra 14.748 € al año (puesto 20 de 24 por sueldo).
  • Auxiliar de caja con dos años de antigüedad en la categoríaPor ejemplo: auxiliar de caja con dos años en la categoría, cajero/a auxiliar. En la tabla cobra 15.867 € al año (puesto 17 de 24 por sueldo).

Personal de servicios y actividades auxiliares

  • Jefe/a de sección de serviciosPor ejemplo: jefe/a de sección de servicios, responsable de servicios auxiliares. En la tabla cobra 16.988 € al año (puesto 12 de 24 por sueldo).
  • DibujantePor ejemplo: dibujante. En la tabla cobra 17.478 € al año (puesto 9 de 24 por sueldo).
  • EscaparatistaPor ejemplo: escaparatista, decorador/a de escaparates. En la tabla cobra 15.798 € al año (puesto 18 de 24 por sueldo).
  • Ayudante de montajePor ejemplo: ayudante de montaje, ayudante de montador/a. En la tabla cobra 14.029 € al año, el más bajo.
  • Delineante Visitador y RotulistaPor ejemplo: delineante, visitador/a, rotulista. En la tabla cobra 14.256 € al año (puesto 22 de 24 por sueldo).
  • Cortador/aPor ejemplo: cortador/a, cortador/a de tejidos. En la tabla cobra 15.798 € al año (puesto 18 de 24 por sueldo).
  • Ayudante de cortadorPor ejemplo: ayudante de cortador/a. En la tabla cobra 14.748 € al año (puesto 20 de 24 por sueldo).
  • Jefe/a de tallerPor ejemplo: jefe/a de taller, responsable de taller de confección. En la tabla cobra 16.988 € al año (puesto 12 de 24 por sueldo).
  • Profesional de oficio de 1ªPor ejemplo: oficial de primera, profesional de oficio de 1.ª. En la tabla cobra 15.934 € al año (puesto 16 de 24 por sueldo).
  • Profesional de oficio de 2ªPor ejemplo: oficial de segunda, profesional de oficio de 2.ª. En la tabla cobra 14.748 € al año (puesto 20 de 24 por sueldo).
  • Profesional de oficio de 3ª o AyudantePor ejemplo: oficial de tercera, profesional de oficio de 3.ª, ayudante. En la tabla cobra 14.029 € al año, el más bajo.
  • CapatazPor ejemplo: capataz, jefe/a de equipo de almacén. En la tabla cobra 16.988 € al año (puesto 12 de 24 por sueldo).
  • Mozo/a especializadoPor ejemplo: mozo/a especializado/a, mozo/a de almacén especializado. En la tabla cobra 14.775 € al año (puesto 19 de 24 por sueldo).
  • Ascensorista y TelefonistaPor ejemplo: ascensorista, telefonista. En la tabla cobra 14.047 € al año (puesto 23 de 24 por sueldo).
  • Mozo/aPor ejemplo: mozo/a, mozo/a de almacén, reponedor/a. En la tabla cobra 14.029 € al año, el más bajo.
  • Mozo/a con dos años de antigüedad en la categoríaPor ejemplo: mozo/a con dos años en la categoría, mozo/a de almacén. En la tabla cobra 14.047 € al año (puesto 23 de 24 por sueldo).
  • Repasador/a de medias, Empaquetador/a y Cosedor/a de sacosPor ejemplo: repasador/a de medias, empaquetador/a, cosedor/a de sacos. En la tabla cobra 14.029 € al año, el más bajo.

Personal subalterno

  • ConserjePor ejemplo: conserje. En la tabla cobra 14.327 € al año (puesto 21 de 24 por sueldo).
  • Cobrador/aPor ejemplo: cobrador/a. En la tabla cobra 14.327 € al año (puesto 21 de 24 por sueldo).
  • Vigilante y OrdenanzaPor ejemplo: vigilante, ordenanza. En la tabla cobra 14.047 € al año (puesto 23 de 24 por sueldo).
  • Personal de limpieza (jornada completa)Por ejemplo: limpiador/a, personal de limpieza. En la tabla cobra 14.029 € al año, el más bajo.
Pluses, horas extra y subidas

Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla

Antigüedad (cuatrienios)Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa.según categoría, de 39,66 a 61,74 €
Quién lo cobra
Un cuatrienio por cada 4 años en la misma empresa (incluido el aprendizaje), como máximo cinco; se devenga desde el día 1 del mes siguiente al cumplimiento
Plus consolidado (antes complemento de protección familiar)según categoría, de 61,76 a 96,10 € al mes
Quién lo cobra
Solo quien tuviera devengado el complemento de protección familiar a 31/12/1999; es un complemento personal («ad personam») que no se actualiza
Plus de asistenciaPremio por no faltar al trabajo.108,89 € al mes
Quién lo cobra
Toda la plantilla; se descuentan 4,35 € por cada día laborable de falta al trabajo.
Dónde lo dice
art. 19
Gratificación por idiomasLo que se paga si tu puesto exige otros idiomas.10 % sobre el salario base
Quién lo cobra
Conocimiento acreditado de idiomas extranjeros cuando la empresa lo requiera y se pacte por escrito; 10 % por cada idioma pactado
Dónde lo dice
art. 22
Gratificación por ornamentación de escaparatesLo que se paga por las condiciones de un puesto concreto.15 % sobre el salario base
Quién lo cobra
Personal no clasificado como escaparatista que realiza con carácter normal la ornamentación de escaparates
Dónde lo dice
art. 23
Quebranto de monedaLo que se paga a quien maneja dinero en caja, por los descuadres.43,70 € al mes
Quién lo cobra
Personal que no es cobrador/a y hace con carácter habitual y permanente funciones de cobro, previo pacto por escrito; por mes efectivamente trabajado
Dónde lo dice
art. 28
Dietas y gastos de viajeLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo.Gastos justificados; no pueden superar, en media dieta, el 80 % del salario diario de la categoría ni, en dieta completa, el 200 % del salario base de la categoría
Quién lo cobra
Misión de servicios fuera de la residencia habitual de trabajo
Dónde lo dice
art. 26

Horas extra

Las horas que trabajas por encima de tu jornada.precio fijado por categoría, de 11,38 a 11,38 € la hora (art. 24).
Dónde lo dice
art. 24

Subidas pactadas

AñoSubida de la tablaQué significa
20250 %Del 1/1 al 30/6/2025 se mantienen las tablas salariales de 2024
20253 %Del 1/7 al 31/12/2025, incremento del 3 % sobre todos los conceptos salariales vigentes en 2024
20262 %Incremento del 2 % en 2026
20272 %Incremento del 2 % en 2027
2026Por fijarGarantía del SMI anual vigente en cada momento, en proporción a la jornada, por todos los conceptos salariales

Revisión salarial

Si el IPC interanual a 31 de diciembre de 2026, 2027, 2028 o 2029 supera el 2 % pactado para ese año, revisión hasta un tope del 0,75 % con efectos de 1 de enero del año siguiente, sin atrasos y por acuerdo de la Comisión paritaria (disp. adicional tercera).

Permisos pagados

3 de los 6 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.

PermisoEn tu convenioLo que da el EstatutoResultado
Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 13.a1515 días naturalesIgual o sin mínimo en el Estatuto
Asuntos propios que no admitan demora (incluye atender a hijos menores de 16 años enfermos con justificante médico)art. 13.b6—Mejora el Estatuto
Fallecimiento de parientes hasta el 2.º grado de consanguinidad o afinidadart. 13.c3 (5 con desplazamiento)2 días (4 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización con reposo domiciliario de cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta 2.º grado o persona que conviva y requiera cuidadoart. 13.d55 díasIgual o sin mínimo en el Estatuto
Traslado del domicilio habitualart. 13.e11 díaIgual o sin mínimo en el Estatuto
Exámenes oficiales de la persona trabajadora estudiante (permisos necesarios) y salida media hora antes del cierre si asiste a cursos oficialesart. 14los permisos necesariosEl tiempo necesarioMejora el Estatuto
Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET).
Deber inexcusable de carácter público y personalNo lo mencionaEl tiempo indispensableLo da el Estatuto
Funciones sindicales o de representación del personalNo lo mencionaLas horas que fije la leyLo da el Estatuto
Lactancia de un menor de 9 mesesNo lo menciona1 hora al díaLo da el Estatuto
Fuerza mayor por motivos familiares urgentesNo lo menciona4 días al año (horas)Lo da el Estatuto
Periodo de prueba y preaviso

Periodo de prueba

El convenio no lo regula: se aplica el Estatuto (art. 14).

Preaviso si te vas

  • Todos los grupos: 5 días
Preguntas frecuentes

¿Está vigente el convenio de comercio textil de Almería?

Su estado a 16 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2025 al 31/12/2029.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de comercio textil de Almería en 2026?

Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 14.029,05 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de comercio textil de Almería?

30 días naturales al año.

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Lo que suele venir después.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Almería (BOP) (texto del convenio, publicado el 9/3/2026). Revisado el .

Convenio 2025-2029 firmado el 30/1/2026 y publicado en el boletín oficial de la provincia de Almería nº 46 de 9/3/2026 (anuncio 458/26). Duración de 5 años desde el 1/1/2025 (art. 6), con efectos económicos desde el 1/7/2025 y prórroga anual si no se denuncia. Tablas de 2025 (dos tramos: enero-junio con las de 2024 y julio-diciembre con +3 %) y de 2026 a 2029 (+2 % cada año) en el anexo. Lo firmaron solo UGT (parte social) y la Federación Provincial de Comercio de ASEMPAL; el art. 2 le atribuye eficacia general.

Es el convenio del comercio textil de Almería (venta de artículos textiles al por menor o mayor). Hay otro convenio provincial distinto, el de dependencia mercantil (código 04000175011982), para el resto del comercio. Lo firmaron solo UGT y ASEMPAL (art. 1); el art. 2 le da eficacia general, pero otros sindicatos no lo han firmado. Con las tablas de 2026, 18 de las 47 categorías (sobre todo ayudantes, auxiliares, mozos, dependientes y personal subalterno) quedan por debajo del SMI anual si se suma solo el salario base (15 pagas) y el plus de asistencia; rige la garantía del SMI de la disposición adicional cuarta.