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Convenio colectivo

II Convenio colectivo estatal del personal de salas de fiesta, baile, discotecas, locales de ocio y espectáculos de España.

Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.

Código de convenio 99100115012012
Publicado el
5/4/2023
Vigencia
1/1/2023 – 31/12/2026

Última actualización: 16 de octubre de 2026

Jornada al año1.620horas
Vacaciones30días

naturales

Pagas extra2

Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Última subida+3,1 %2026
Tablas salariales 2026

Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

CategoríaAl mesAl año (bruto)
Personal de espectáculosPuestos: bailarín, cantante, DJ, director escénico.
Director/a escénico/a2.331,47 €32.640,67 €
Director/a artístico/a2.176,04 €30.464,62 €
Coreógrafo/a2.176,04 €30.464,62 €
Ayudante de director/a escénico/a1.554,32 €21.760,44 €
Ayudante de coreógrafo/a1.554,32 €21.760,44 €
Atracción individual2.176,04 €30.464,62 €
Ayudante atracción1.398,89 €19.584,40 €
Primera figura / artista invitado/a1.709,75 €23.936,49 €
Jefe/a de ballet1.709,75 €23.936,49 €
Bailarines, músicos, cantantes e instrumentistas1.398,89 €19.584,40 €
Monologuista2.176,04 €30.464,62 €
Solista2.020,61 €28.288,57 €
Cantautor2.020,61 €28.288,57 €
Bailaores y/o cantaores1.398,89 €19.584,40 €
Palmeros1.367,80 €19.149,18 €
Disc jockey2.176,04 €30.464,62 €
Disc jockey live / de música electrónica2.176,04 €30.464,62 €
Disc jockey selector / residente1.865,18 €26.112,53 €
Light jockey1.554,32 €21.760,44 €
Video jockey / visuales1.554,32 €21.760,44 €
Personal de salaPuestos: bartender, técnico de sonido, portero, jefe de sala.
Regidor/a2.020,61 €28.288,57 €
Maquinista1.865,18 €26.112,53 €
Oficial de iluminación/cabina1.787,46 €25.024,51 €
Oficial de sonido1.787,46 €25.024,51 €
Oficial de imagen/cabina1.787,46 €25.024,51 €
Oficial de mantenimiento1.787,46 €25.024,51 €
Jefe/a de sala2.020,61 €28.288,57 €
Segundo/a jefe/a de sala1.554,32 €21.760,44 €
Almacén1.398,89 €19.584,40 €
Ayudante de mantenimiento1.398,89 €19.584,40 €
Bartender1.460,85 €20.451,84 €
Bartender de coctelería1.560,01 €21.840,16 €
Administrador/a-gerente2.331,47 €32.640,67 €
Contable1.554,32 €21.760,44 €
Oficial administrativo/a1.398,89 €19.584,40 €
Taquilla1.398,89 €19.584,40 €
Jefe/a de admisión1.709,75 €23.936,49 €
Personal de admisión1.398,89 €19.584,40 €
Personal de control y de seguridad1.398,89 €19.584,40 €
Atención al público / relaciones públicas1.398,89 €19.584,40 €
Animadores de sala1.398,89 €19.584,40 €
Animadores de calle1.243,46 €17.408,35 €
Personal de guardarropa1.243,46 €17.408,35 €
Personal de limpieza1.243,46 €17.408,35 €
Aparcacoches1.398,89 €19.584,40 €
Personal de tienda/venta1.243,46 €17.408,35 €
Personal de merchandising1.398,89 €19.584,40 €
Personal informático1.489,45 €20.852,41 €
Personal complementarioPuestos: maquillador, vestuarista, sastre.
Maquilladores/as-peluqueros/as1.398,89 €19.584,40 €
Personal de vestuario1.243,46 €17.408,35 €
Sastrería1.398,89 €19.584,40 €

Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos

Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Tabla 2025 · Tabla 2026

Categorías explicadas

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).

Personal de espectáculos

Artistas y responsables artísticos del espectáculo: dirección, coreografía, atracciones, baile, música, DJ y creación visual.

  • Director/a escénico/aMonta la obra o el espectáculo, dirige los ensayos y tiene autoridad sobre todo el personal artístico y técnico; responde de su obra mientras esté en cartel. En la tabla cobra 32.641 € al año, el sueldo más alto.
  • Director/a artístico/aResponsable de la puesta en escena, creación y dirección de los espectáculos. En la tabla cobra 30.465 € al año (puesto 2 de 13 por sueldo).
  • Coreógrafo/aCrea los movimientos de la danza adaptados a la música y puede supervisar la iluminación de su obra siguiendo al director artístico y a la empresa. En la tabla cobra 30.465 € al año (puesto 2 de 13 por sueldo).
  • Ayudante de director/a escénico/aSe encarga de la organización material del espectáculo (espacio, decorado, ocupación del escenario y encadenado de secuencias); tras el estreno puede ser regidor. En la tabla cobra 21.760 € al año (puesto 8 de 13 por sueldo).
  • Ayudante de coreógrafo/aHace lo que le encarga el coreógrafo y ayuda a orientar y guiar a los intérpretes en los ensayos. En la tabla cobra 21.760 € al año (puesto 8 de 13 por sueldo).
  • Atracción individualRepresenta un número o sketch independiente sobre el escenario, siguiendo las instrucciones del director escénico o coreógrafo. En la tabla cobra 30.465 € al año (puesto 2 de 13 por sueldo).
  • Ayudante atracciónHace las tareas menos complejas del número o sketch independiente, siguiendo a quien lleva la atracción. En la tabla cobra 19.584 € al año (puesto 11 de 13 por sueldo).
  • Primera figura / artista invitado/aArtista que asume las partes principales y solistas del espectáculo según el reparto y la dirección. En la tabla cobra 23.936 € al año (puesto 6 de 13 por sueldo).
  • Jefe/a de balletBailarín o bailarina que coordina y supervisa el trabajo del cuerpo de baile bajo la dirección del coreógrafo. En la tabla cobra 23.936 € al año (puesto 6 de 13 por sueldo).
  • Bailarines, músicos, cantantes e instrumentistasArtistas que interpretan danza o música: bailarines, cantantes (que usan la voz como instrumento) y músicos o instrumentistas que ejecutan piezas. En la tabla cobra 19.584 € al año (puesto 11 de 13 por sueldo).
  • MonologuistaInterpreta en el escenario un número en formato de monólogo o sketch independiente, sin intervención de director escénico o coreógrafo. En la tabla cobra 30.465 € al año (puesto 2 de 13 por sueldo).
  • SolistaArtista primera figura en actuaciones musicales o coreográficas, que asume partes principales y se distingue de los artistas de conjunto. En la tabla cobra 28.289 € al año (puesto 3 de 13 por sueldo).
  • CantautorArtista que escribe y compone canciones y además las interpreta en directo como solista. En la tabla cobra 28.289 € al año (puesto 3 de 13 por sueldo).
  • Bailaores y/o cantaoresArtistas de conjunto flamenco que, bajo la dirección correspondiente, acompañan a los solistas o primeras figuras. En la tabla cobra 19.584 € al año (puesto 11 de 13 por sueldo).
  • PalmerosComponentes de los grupos flamencos que subrayan con palmas la actuación del artista principal. En la tabla cobra 19.149 € al año (puesto 12 de 13 por sueldo).
  • Disc jockeySelecciona, combina, programa y ejecuta música para el baile o las actuaciones de la sala; su actuación se llama sesión o set. En la tabla cobra 30.465 € al año (puesto 2 de 13 por sueldo).
  • Disc jockey live / de música electrónicaDJ que además ejecuta obras propias, solo o acompañado, y se anuncia como «live» o «directo». En la tabla cobra 30.465 € al año (puesto 2 de 13 por sueldo).
  • Disc jockey selector / residenteDJ que selecciona y encadena música para el baile o las actuaciones habituales de la sala. En la tabla cobra 26.113 € al año (puesto 4 de 13 por sueldo).
  • Light jockeyArtista que crea o programa la narrativa visual de un espacio o espectáculo con equipos de iluminación. En la tabla cobra 21.760 € al año (puesto 8 de 13 por sueldo).
  • Video jockey / visualesArtista que crea contenido visual (vídeo, animación, imagen y sonido) para espectáculos con músicos, DJ o bailarines. En la tabla cobra 21.760 € al año (puesto 8 de 13 por sueldo).

Personal de sala

Personal técnico, de sala, de administración, de admisión y de servicios: escenario, iluminación y sonido, barra, taquilla, seguridad, animación, limpieza y gestión.

  • Regidor/aCoordina las representaciones según la dirección de escena y lleva el orden del espectáculo; es la máxima autoridad en el escenario una vez comenzado. En la tabla cobra 28.289 € al año (puesto 3 de 13 por sueldo).
  • MaquinistaSe encarga de la construcción, montaje, servicio y desmontaje de los decorados de las escenas o coreografías. En la tabla cobra 26.113 € al año (puesto 4 de 13 por sueldo).
  • Oficial de iluminación/cabinaManeja, instala y conserva los aparatos de luz, anuncios luminosos y tomas de corriente; con formación, maneja la mesa de luces. En la tabla cobra 25.025 € al año (puesto 5 de 13 por sueldo).
  • Oficial de sonidoProfesional con amplios conocimientos de acústica que hace las tomas, grabaciones, mezclas y encadenamientos de sonido del espectáculo. En la tabla cobra 25.025 € al año (puesto 5 de 13 por sueldo).
  • Oficial de imagen/cabinaUsa cámaras y medios técnicos para grabar y reproducir los vídeos y elementos audiovisuales del espectáculo y se encarga de su montaje y conservación. En la tabla cobra 25.025 € al año (puesto 5 de 13 por sueldo).
  • Oficial de mantenimientoTécnico que mantiene las instalaciones en buen estado para que la actividad funcione con normalidad. En la tabla cobra 25.025 € al año (puesto 5 de 13 por sueldo).
  • Jefe/a de salaDirige, planifica, organiza y controla la sala y coordina al personal; gestiona facturación y cobro, supervisa inventarios y propone pedidos. En la tabla cobra 28.289 € al año (puesto 3 de 13 por sueldo).
  • Segundo/a jefe/a de salaColabora con el jefe de sala y lo sustituye cuando es necesario. En la tabla cobra 21.760 € al año (puesto 8 de 13 por sueldo).
  • AlmacénControla el stock, la entrada y salida de mercancía y la reposición de productos. En la tabla cobra 19.584 € al año (puesto 11 de 13 por sueldo).
  • Ayudante de mantenimientoColabora con el oficial de mantenimiento en las tareas que este le encarga; al año pasa automáticamente a oficial de mantenimiento. En la tabla cobra 19.584 € al año (puesto 11 de 13 por sueldo).
  • BartenderAtiende a la clientela en los servicios de la sala: bebidas (también en mesa) y, en su caso, comidas; puede encargarse del cobro. Exige formación o experiencia acreditable. En la tabla cobra 20.452 € al año (puesto 10 de 13 por sueldo).
  • Bartender de cocteleríaProfesional con conocimientos acreditados para preparar todo tipo de combinados y tragos especializados con técnicas de coctelería. En la tabla cobra 21.840 € al año (puesto 7 de 13 por sueldo).
  • Administrador/a-gerenteDirige, controla y hace el seguimiento de las actividades de la sala, organiza al personal y planifica los departamentos y los sistemas de administración. En la tabla cobra 32.641 € al año, el sueldo más alto.
  • ContableHace las tareas administrativas, el archivo y la contabilidad, los balances y estados de cuentas; emite y cobra facturas y paga a proveedores. En la tabla cobra 21.760 € al año (puesto 8 de 13 por sueldo).
  • Oficial administrativo/aHace de forma cualificada y autónoma las tareas administrativas: control y archivo de correspondencia y facturación. En la tabla cobra 19.584 € al año (puesto 11 de 13 por sueldo).
  • TaquillaVende las entradas al público y entrega la recaudación y el cuadre a la dirección. En la tabla cobra 19.584 € al año (puesto 11 de 13 por sueldo).
  • Jefe/a de admisiónDirige, controla y hace el seguimiento del departamento de recepción y admisión, especialmente la taquilla, y coordina a su personal. En la tabla cobra 23.936 € al año (puesto 6 de 13 por sueldo).
  • Personal de admisiónRecibe a los clientes y hace las tareas de recepción, atención y admisión de personas, con iniciativa y responsabilidad; recoge las reclamaciones. En la tabla cobra 19.584 € al año (puesto 11 de 13 por sueldo).
  • Personal de control y de seguridadPersonal acreditado que hace funciones de seguridad según la Ley de Seguridad Privada e informa a la dirección de las incidencias. En la tabla cobra 19.584 € al año (puesto 11 de 13 por sueldo).
  • Atención al público / relaciones públicasSe ocupa de las relaciones con los clientes, organiza actividades lúdicas, los recibe, los acompaña y les informa de los servicios, dentro y fuera del local. En la tabla cobra 19.584 € al año (puesto 11 de 13 por sueldo).
  • Animadores de salaPlanifica y desarrolla técnicas para amenizar un espectáculo o sesión y entretener a los clientes. En la tabla cobra 19.584 € al año (puesto 11 de 13 por sueldo).
  • Animadores de callePromociona en el exterior los eventos del local para captar clientes. En la tabla cobra 17.408 € al año, el más bajo.
  • Personal de guardarropaCustodia la ropa y objetos que dejan los clientes y entrega un comprobante para retirarlos. En la tabla cobra 17.408 € al año, el más bajo.
  • Personal de limpiezaLimpia las instalaciones de la empresa. En la tabla cobra 17.408 € al año, el más bajo.
  • AparcacochesAparca los vehículos de los clientes, custodia las llaves y recibe y despide a quienes usan el parking. Exige carné de conducir B. En la tabla cobra 19.584 € al año (puesto 11 de 13 por sueldo).
  • Personal de tienda/ventaSupervisa y controla los materiales a su cargo, hace inventarios y pedidos, informa de los artículos en promoción y atiende, factura y cobra a los clientes. En la tabla cobra 17.408 € al año, el más bajo.
  • Personal de merchandisingPromueve y llama la atención de los clientes para facilitar la compra de las actuaciones, funciones y artículos de la sala. En la tabla cobra 19.584 € al año (puesto 11 de 13 por sueldo).
  • Personal informáticoInstala, mantiene y repara el material informático de la empresa y cuida su seguridad interna y externa, incluida la protección de datos. En la tabla cobra 20.852 € al año (puesto 9 de 13 por sueldo).

Personal complementario

Personal de apoyo a los artistas: maquillaje y peluquería, vestuario y sastrería.

  • Maquilladores/as-peluqueros/asAplican y adaptan a los artistas el material de maquillaje y peluquería y lo conservan. En la tabla cobra 19.584 € al año (puesto 11 de 13 por sueldo).
  • Personal de vestuarioMantiene el vestuario (conservar, adaptar, arreglar, planchar), lo prepara y recoge en cada actuación y resuelve los cambios rápidos e imprevistos en escena. En la tabla cobra 17.408 € al año, el más bajo.
  • SastreríaConserva, arregla y mantiene la ropa y la distribuye a los artistas. En la tabla cobra 19.584 € al año (puesto 11 de 13 por sueldo).
Pluses, horas extra y subidas

Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla

Plus de transporte del personal artísticoAyuda para ir y volver del trabajo.7,68 € por día
Quién lo cobra
Por día efectivamente trabajado; no se abona en vacaciones, contratos de «bolo», días no trabajados, pagas extraordinarias ni descansos.
Dónde lo dice
art. 11.c y anexo V
Retribución mínima del «bolo» (actuación de 1 a 3 días)155,80 €
Quién lo cobra
Contrato de 1 a 3 días consecutivos.
Dónde lo dice
arts. 7.7 y anexo V
Trabajo en fiesta abonableLo que se paga de más por trabajar en festivo.75 % sobre el salario base
Quién lo cobra
Si la empresa elige que se trabaje una fiesta abonable y no recuperable (incluye el 24 y 31 de diciembre): retribución aumentada un 75 %.
Hora de sesión que sobrepasa el horario (artistas)50 % sobre el salario base
Quién lo cobra
La hora de la sesión que sobrepasa el horario establecido.
Dónde lo dice
art. 9.2.e
Kilometraje del artista en vehículo propio (actuaciones de bolo)Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo.0,30 €
Quién lo cobra
Desplazamiento por carretera en vehículo propio o alquilado hasta la plaza de actuación y vuelta; más peajes y aparcamiento justificados.
Dietas del artista en actuaciones de bolo fuera de su residenciaLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo.Media dieta 20,70 €; dieta 41,40 €; dieta completa con pernocta 155,25 €; cena y pernocta 134,55 € (155,25 € si vuelve después de las 14:30)
Quién lo cobra
Según horarios de salida y vuelta (antes o después de las 14:30 y de las 22:00) y pernocta.
Complemento de incapacidad temporal por enfermedad o accidente no laboralPremio por no faltar al trabajo.100 % sobre el salario base
Quién lo cobra
Desde el primer día de baja y durante los primeros 60 días, sin pasar de la fecha de fin del contrato.
Dónde lo dice
art. 19
Complemento de IT por accidente laboral o enfermedad profesionalPremio por no faltar al trabajo.100 % sobre el salario base
Quién lo cobra
Hasta 60 días y dentro de la duración del contrato; solo la empresa donde se origina el accidente.
Dónde lo dice
art. 20
Complemento por nacimiento, adopción, acogimiento o guarda9,00 € por día
Quién lo cobra
Con más de seis meses de antigüedad en la empresa.
Dónde lo dice
art. 19

Horas extra

Las horas que trabajas por encima de tu jornada.se pagan con un recargo del 50 % sobre la hora ordinaria. Por acuerdo, descanso equivalente (50 % sobre el 100 % de la jornada) dentro de la vigencia del contrato; se disfruta en los tres meses siguientes salvo acuerdo (art. 15 (texto de 2024)).

Subidas pactadas

AñoSubida de la tablaQué significa
20253,05 %Tablas de 2025 con subida del 3,05 % (IPC del año anterior más 0,25 puntos), desde el 1/1/2025
20263,15 %Para 2026 se aplica una subida del 3,15 % sobre el salario base y resto de retribuciones de 2025, desde el 1/1/2026

Revisión salarial

Mientras dure la vigencia y hasta que haya nuevo acuerdo, las retribuciones suben cada año el IPC del año anterior más 0,25 puntos; la comisión mixta paritaria publica las tablas en los 60 primeros días del año (en el mes siguiente a la publicación del IPC real, según el art. 30). (art. 4).

Permisos pagados

2 de los 11 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.

PermisoEn tu convenioLo que da el EstatutoResultado
Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 21.a1515 días naturalesIgual o sin mínimo en el Estatuto
Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención con reposo del cónyuge, pareja, parientes hasta 2.º grado o convivienteart. 21.b55 díasIgual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º gradoart. 21.c3 (5 con desplazamiento)2 días (4 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Traslado del domicilio habitualart. 21.e1 (2 con desplazamiento)1 díaMejora el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público y personalart. 21.d—El tiempo indispensableIgual o sin mínimo en el Estatuto
Visitas médicas propias o para acompañar a familiaresart. 21.f——Igual o sin mínimo en el Estatuto
Exámenes prenatales y técnicas de preparación al partoart. 21.h—El tiempo necesarioIgual o sin mínimo en el Estatuto
Lactancia de menor de nueve mesesart. 21.i—1 hora al díaIgual o sin mínimo en el Estatuto
Nacimiento prematuro u hospitalización del recién nacido tras el partoart. 21.j—5 díasIgual o sin mínimo en el Estatuto
Exámenes para títulos oficialesart. 21.k—El tiempo necesarioIgual o sin mínimo en el Estatuto
Fuerza mayor por motivos familiares urgentesart. 21.l44 días al año (horas)Igual o sin mínimo en el Estatuto
Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET).
Funciones sindicales o de representación del personalNo lo mencionaLas horas que fije la leyLo da el Estatuto
Periodo de prueba y preaviso

Periodo de prueba

  • Todos: El convenio no fija duración; para el personal artístico remite al Real Decreto 1435/1985 y, para el resto, rige el Estatuto de los Trabajadores

Preaviso si te vas

  • Directores, técnicos y primeras figuras: 1 mes
  • Resto del personal: 15 días
Qué ha cambiado

Avisos oficiales sobre este convenio, del más reciente al más antiguo. Cada uno lleva una etiqueta que dice qué tipo de aviso es.

  • Publicado20 de mayo de 2026Publicadas en el BOE las tablas salariales de 2026 (subida del 3,15 %) y el anexo VII de medidas LGTBIYa consta en el boletín oficial: tiene validez. Ver el aviso oficial
Preguntas frecuentes

¿Está vigente el convenio de salas de fiesta y discotecas?

Su estado a 16 de octubre de 2026 es: caducado, pero se sigue aplicando. Vigencia del 1/1/2023 al 31/12/2026.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de salas de fiesta y discotecas en 2026?

El importe más bajo de la tabla es 17.408,35 € brutos al año a jornada completa (Animadores de calle).

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de salas de fiesta y discotecas?

30 días naturales al año.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Todos: El convenio no fija duración; para el personal artístico remite al Real Decreto 1435/1985 y, para el resto, rige el Estatuto de los Trabajadores.

¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?

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Lo que suele venir después.

Fuente: BOE-A-2023-8673 (Boletín Oficial del Estado (BOE), texto del convenio, publicado el 5/4/2023). Revisado el .

Tabla: BOE-A-2026-10862 (tabla salarial 2026, publicado el 20/5/2026).

Pactado para 2023-2025 (art. 3) y prorrogado de año en año si nadie lo denuncia; el registro oficial de convenios lo da hasta el 31/12/2026. Aunque se denunciara, mantiene su carácter ultraactivo (art. 4). Las tablas de cada año las publica la comisión mixta paritaria: IPC del año anterior más 0,25 puntos. La de 2026 (3,15 %) se publicó en el Boletín Oficial del Estado el 20/5/2026 y se aplica desde el 1/1/2026.

Convenio estatal del sector del ocio nocturno y los espectáculos en vivo (salas de fiesta, baile, discotecas, locales de ocio y espectáculos). Es distinto del convenio de hostelería de cada provincia: los bares, restaurantes y hoteles se rigen por el convenio provincial de hostelería.