Convenio colectivo
Industrias panificadoras de cordoba y su provincia (antes fabricantes y expendedores de pan).
Última actualización: 19 de octubre de 2026
Tablas salariales 2026
Tabla de 2025 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.
Salario de tabla, bruto, sin antigüedad ni pluses personales.
Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)
17 de 22 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Grupo I | ||
| Jefe/a de Fabricación | 1.088,13 € | — |
| Jefe/a de Taller Mecánico | 1.067,44 € | — |
| Grupo II | ||
| Jefe/a de Oficina | 1.088,13 € | — |
| Oficial Administrativo/a | 990,58 € | — |
| Auxiliar Administrativo/a | 924,69 € | — |
| Grupo III-a | ||
| Ayudante encargado/a SMI | 31,34 €/día | 13.317,38 € |
| Amasador/a SMI | 31,34 €/día | 13.317,38 € |
| Ayudante amasador/a SMI | 30,94 €/día | 13.148,65 € |
| Mecánico/a 1.ª SMI | 31,27 €/día | 13.291,45 € |
| Mecánico/a 2.ª SMI | 30,92 €/día | 13.141,85 € |
| Mecánico/a 3.ª SMI | 30,68 €/día | 13.040,28 € |
| Peón SMI | 30,64 €/día | 13.019,88 € |
| Grupo III-b | ||
| Maestro/a encargado/a SMI | 32,08 €/día | 13.634,43 € |
| Oficial de Pala SMI | 32,08 €/día | 13.634,43 € |
| Oficial de Masa SMI | 30,95 €/día | 13.154,60 € |
| Oficial de Mesa SMI | 30,49 €/día | 12.959,10 € |
| Ayudante SMI | 30,28 €/día | 12.870,70 € |
| Grupo IV | ||
| Mayordomo/a SMI | 30,55 €/día | 12.985,88 € |
| Vendedor/a en establecimiento SMI | 30,16 €/día | 12.817,58 € |
| Transportador/a de pan a despacho SMI | 30,55 €/día | 12.985,88 € |
| Repartidor/a a domicilio SMI | 30,13 €/día | 12.803,55 € |
| Aprendices SMI | 23,24 €/día | 9.875,73 € |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Otros convenios aquí
En este sector y lugar hay más de un convenio. Mira cuál es el tuyo:
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Grupo I
- Jefe/a de FabricaciónDirige un área, una sección o un departamento y toma decisiones sobre ella.
- Jefe/a de Taller MecánicoDirige un área, una sección o un departamento y toma decisiones sobre ella.
Grupo II
- Jefe/a de OficinaDirige un área, una sección o un departamento y toma decisiones sobre ella.
- Oficial Administrativo/aTrabajo de oficina con autonomía: facturas, correspondencia, contabilidad básica.
- Auxiliar Administrativo/aApoyo administrativo: archivo, introducción de datos y atención básica, siguiendo instrucciones.
Grupo III-a
- Ayudante encargado/aColabora con un oficial o un técnico y aprende el oficio siguiendo sus indicaciones. En la tabla cobra 13.317 € al año (puesto 2 de 14 por sueldo).
- Amasador/aLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio. En la tabla cobra 13.317 € al año (puesto 2 de 14 por sueldo).
- Ayudante amasador/aColabora con un oficial o un técnico y aprende el oficio siguiendo sus indicaciones. En la tabla cobra 13.149 € al año (puesto 5 de 14 por sueldo).
- Mecánico/a 1.ªLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio. En la tabla cobra 13.291 € al año (puesto 3 de 14 por sueldo).
- Mecánico/a 2.ªLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio. En la tabla cobra 13.142 € al año (puesto 6 de 14 por sueldo).
- Mecánico/a 3.ªLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio. En la tabla cobra 13.040 € al año (puesto 7 de 14 por sueldo).
- PeónTrabajo manual y de apoyo, sin cualificación específica: se aprende en el puesto. En la tabla cobra 13.020 € al año (puesto 8 de 14 por sueldo).
Grupo III-b
- Maestro/a encargado/aReparte el trabajo de un equipo, lo coordina y responde de su resultado. En la tabla cobra 13.634 € al año, el sueldo más alto.
- Oficial de PalaLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio. En la tabla cobra 13.634 € al año, el sueldo más alto.
- Oficial de MasaLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio. En la tabla cobra 13.155 € al año (puesto 4 de 14 por sueldo).
- Oficial de MesaLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio. En la tabla cobra 12.959 € al año (puesto 10 de 14 por sueldo).
- AyudanteColabora con un oficial o un técnico y aprende el oficio siguiendo sus indicaciones. En la tabla cobra 12.871 € al año (puesto 11 de 14 por sueldo).
Grupo IV
- Mayordomo/aLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio. En la tabla cobra 12.986 € al año (puesto 9 de 14 por sueldo).
- Vendedor/a en establecimientoAtiende y vende al público o a clientes, cobra y repone. En la tabla cobra 12.818 € al año (puesto 12 de 14 por sueldo).
- Transportador/a de pan a despachoLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio. En la tabla cobra 12.986 € al año (puesto 9 de 14 por sueldo).
- Repartidor/a a domicilioLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio. En la tabla cobra 12.804 € al año (puesto 13 de 14 por sueldo).
- Limpiador/a (hora)Limpia y mantiene locales, oficinas o instalaciones.
- AprendicesLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio. En la tabla cobra 9.876 € al año, el más bajo.
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Algunas categorías
- Quién lo cobra
- Algunas categorías
- Quién lo cobra
- Toda la plantilla
- Dónde lo dice
- art. 14
- Quién lo cobra
- Personal administrativo
- Dónde lo dice
- art. 24
- Quién lo cobra
- Repartidores de pan a despacho
- Dónde lo dice
- art. 25
- Quién lo cobra
- Según el art. 19
- Dónde lo dice
- art. 19
- Quién lo cobra
- Según el art. 22
- Dónde lo dice
- art. 22
- Quién lo cobra
- Según el art. 27
- Dónde lo dice
- art. 27
Horas extra
Subidas pactadas
| Año | Subida de la tabla | Qué significa |
|---|---|---|
| 2025 | 1 % | Incremento del 1 % sobre las tablas (tabla salarial 2025) |
Qué ha cambiado
Avisos oficiales sobre este convenio, del más reciente al más antiguo. Cada uno lleva una etiqueta que dice qué tipo de aviso es.
- Acuerdo de la comisión10 de marzo de 2026Publicada en el BOP de Córdoba la tabla de retribuciones 2025 (incremento del 1 %) por acuerdo de la comisión paritariaQuienes firmaron el convenio aclaran o ajustan algo. Ver el aviso oficial
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de industria alimentaria de Córdoba?
Su estado a 19 de octubre de 2026 es: vigente.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de industria alimentaria de Córdoba en 2026?
Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 9.875,73 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?
Industria alimentaria en otras provincias
A CoruñaAlbaceteAlbaceteAlicanteAlicanteAlicanteAraba/ÁlavaAraba/Álava
Otros convenios de Córdoba
Campo y agriculturaComercioConstrucciónConstrucciónEnergía eléctricaHostelería
Lo que suele venir después.
Fuente: BOP-A-2026-652 (Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba (BOP), texto del convenio, publicado el 10/3/2026). Revisado el .
Tablas de 2025 (incremento del 1 %) publicadas por acuerdo de la comisión paritaria el 10/3/2026. Sin tabla 2026 en el recorte: se carga la de 2025 como prorrogada.