Convenio colectivo
Convenio Colectivo del Campo para la provincia de Cádiz 2019-2022.
Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.
Última actualización: 15 de octubre de 2026
- Convenios colectivos
- Calendario laboral
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- Salario neto
- Calcula tu salario
- Atrasos
- Indemnización
- Liquidación y finiquito
- Prestación por desempleo
- Despido: todo lo que tienes que saber
- Jubilación y prejubilación
- Baja por nacimiento y cuidado
- Carta de renuncia
- Papeleta de conciliación
- Alegaciones a una sanción
- Adaptación de jornada
- Reducción de jornada
- Excedencia
naturales
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tablas salariales 2026
Tabla provisional: el convenio no ha publicado aún la tabla de 2026; mostramos la última publicada en ultraactividad. Puede cambiar cuando se publique la revisión.
Salario de tabla, bruto, sin antigüedad ni pluses personales.
Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)
16 de 40 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Personal técnicoPuestos: personal titulado de grado superior, personal titulado de grado medio. | ||
| Titulado/a Superior | 54,08 €/día | 23.712,25 € |
| Titulado/a Grado Medio | 44,64 €/día | 19.700,25 € |
| Personal administrativoPuestos: oficial de 1.ª administrativo, auxiliar administrativo. | ||
| Oficial de Primera SMI | 36,07 €/día | 16.058,00 € |
| Auxiliar SMI | 31,09 €/día | 13.941,50 € |
| Personal especialista y no cualificadoPuestos: manijero, tractorista, carretillero, vaquero, guarda, peón no cualificado. | ||
| Encargado/a SMI | 35,75 €/día | 15.922,00 € |
| Tractorista en faena normal SMI | 29,13 €/día | 13.108,50 € |
| Tractorista en faena extraordinaria SMI | 32,92 €/día | 14.719,25 € |
| Carretillero/a SMI | 29,66 €/día | 13.333,75 € |
| Mayoral, Vaquero/a, Caballicero/a SMI | 29,13 €/día | 13.108,50 € |
| Guarda, Casero/a SMI | 29,13 €/día | 13.108,50 € |
| No cualificado/a en faena sin especificar SMI | 29,13 €/día | 13.108,50 € |
| No cualificado/a: trabajos con azada grande (preparación de tierras de riego y regando) SMI | 29,13 €/día | 13.108,50 € |
| No cualificado/a: trabajos de cultivo de invernadero y bajo cierro SMI | 29,13 €/día | 13.108,50 € |
| No cualificado/a: trabajos de huerta y siega a mano SMI | 29,13 €/día | 13.108,50 € |
| Personal de oficios variosPuestos: albañil, carpintero, mecánico, conductor. | ||
| Jefe/a de Taller SMI | 35,75 €/día | 15.922,00 € |
| Oficial de Primera SMI | 30,83 €/día | 13.831,00 € |
| Oficial de Segunda SMI | 29,66 €/día | 13.333,75 € |
| Oficial de Tercera SMI | 29,13 €/día | 13.108,50 € |
| Personal especialista y no cualificadoPuestos: manijero, tractorista, carretillero, vaquero, guarda, peón no cualificado. | ||
| Manijero/a o encargado/a de cuadrilla | 7,33 € por hora (incluye domingos, festivos, vacaciones y pagas extra) | 7,33 € por hora (incluye domingos, festivos, vacaciones y pagas extra) |
| Corchero/a, rajador/a, recogedor/a | 8,38 € por hora (incluye domingos, festivos, vacaciones y pagas extra) | 8,38 € por hora (incluye domingos, festivos, vacaciones y pagas extra) |
| Cocinero/a, aguador/a y ayudante en faenas de corcho | 8,34 € por hora (incluye domingos, festivos, vacaciones y pagas extra) | 8,34 € por hora (incluye domingos, festivos, vacaciones y pagas extra) |
| Tractorista en faenas normales | 7,33 € por hora (incluye domingos, festivos, vacaciones y pagas extra) | 7,33 € por hora (incluye domingos, festivos, vacaciones y pagas extra) |
| Tractorista en faenas especiales | 8,28 € por hora (incluye domingos, festivos, vacaciones y pagas extra) | 8,28 € por hora (incluye domingos, festivos, vacaciones y pagas extra) |
| Carretillero/a | 7,37 € por hora (incluye domingos, festivos, vacaciones y pagas extra) | 7,37 € por hora (incluye domingos, festivos, vacaciones y pagas extra) |
| Mayoral, vaquero/a, caballicero/a | 7,33 € por hora (incluye domingos, festivos, vacaciones y pagas extra) | 7,33 € por hora (incluye domingos, festivos, vacaciones y pagas extra) |
| Pastor/a, ayudante vaquero/a y rabadán | 7,33 € por hora (incluye domingos, festivos, vacaciones y pagas extra) | 7,33 € por hora (incluye domingos, festivos, vacaciones y pagas extra) |
| Esquilador/a | 7,33 € por hora (incluye domingos, festivos, vacaciones y pagas extra) | 7,33 € por hora (incluye domingos, festivos, vacaciones y pagas extra) |
| Injertador/a, talador/a, limpiador/a en trabajos forestales y olivar | 7,33 € por hora (incluye domingos, festivos, vacaciones y pagas extra) | 7,33 € por hora (incluye domingos, festivos, vacaciones y pagas extra) |
| Trabajos forestales con motosierra y desbrozadora | 7,51 € por hora (incluye domingos, festivos, vacaciones y pagas extra) | 7,51 € por hora (incluye domingos, festivos, vacaciones y pagas extra) |
| Recogedor/a de olivas y restantes faenas forestales | 7,33 € por hora (incluye domingos, festivos, vacaciones y pagas extra) | 7,33 € por hora (incluye domingos, festivos, vacaciones y pagas extra) |
| Guarda | 7,33 € por hora (incluye domingos, festivos, vacaciones y pagas extra) | 7,33 € por hora (incluye domingos, festivos, vacaciones y pagas extra) |
| No cualificado/a en faena sin especificar | 7,33 € por hora (incluye domingos, festivos, vacaciones y pagas extra) | 7,33 € por hora (incluye domingos, festivos, vacaciones y pagas extra) |
| No cualificado/a: trabajos con azada grande (preparación de tierras de riego y regando) | 7,33 € por hora (incluye domingos, festivos, vacaciones y pagas extra) | 7,33 € por hora (incluye domingos, festivos, vacaciones y pagas extra) |
| No cualificado/a: trabajos de cultivo de invernadero y bajo cierro | 7,42 € por hora (incluye domingos, festivos, vacaciones y pagas extra) | 7,42 € por hora (incluye domingos, festivos, vacaciones y pagas extra) |
| No cualificado/a: trabajos de huerta y siega a mano | 7,33 € por hora (incluye domingos, festivos, vacaciones y pagas extra) | 7,33 € por hora (incluye domingos, festivos, vacaciones y pagas extra) |
| Recogida de naranja, de pera, de melocotón y de zanahoria a manojitos | 7,33 € por hora (incluye domingos, festivos, vacaciones y pagas extra) | 7,33 € por hora (incluye domingos, festivos, vacaciones y pagas extra) |
| Recolección manual y aclareo o castra de remolacha (con rendimiento pactado, anexo III) | 8,00 € por hora (incluye domingos, festivos, vacaciones y pagas extra) | 8,00 € por hora (incluye domingos, festivos, vacaciones y pagas extra) |
| Personal de oficios variosPuestos: albañil, carpintero, mecánico, conductor. | ||
| Oficial de Primera | 7,55 € por hora (incluye domingos, festivos, vacaciones y pagas extra) | 7,55 € por hora (incluye domingos, festivos, vacaciones y pagas extra) |
| Oficial de Segunda | 7,37 € por hora (incluye domingos, festivos, vacaciones y pagas extra) | 7,37 € por hora (incluye domingos, festivos, vacaciones y pagas extra) |
| Oficial de Tercera | 7,33 € por hora (incluye domingos, festivos, vacaciones y pagas extra) | 7,33 € por hora (incluye domingos, festivos, vacaciones y pagas extra) |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Personal técnico
Personal titulado con responsabilidad completa y de mando en una o varias funciones de la empresa, con mucha autonomía y siguiendo directrices generales de la dirección.
Formación: Titulación de grado superior o medio.
- Titulado/a SuperiorPersonal titulado con responsabilidad completa y de mando en una o varias funciones de la empresa, con mucha autonomía y siguiendo directrices generales de la dirección. En la tabla cobra 23.712 € al año, el sueldo más alto.
- Titulado/a Grado MedioPersonal titulado con responsabilidad completa y de mando en una o varias funciones de la empresa, con mucha autonomía y siguiendo directrices generales de la dirección. En la tabla cobra 19.700 € al año (puesto 2 de 9 por sueldo).
Personal administrativo
Hace trabajos administrativos por su cuenta y con iniciativa; puede tener ayuda de otras personas.
- Oficial de PrimeraHace trabajos administrativos por su cuenta y con iniciativa; puede tener ayuda de otras personas. En la tabla cobra 16.058 € al año (puesto 3 de 9 por sueldo).
- AuxiliarHace trabajos administrativos por su cuenta y con iniciativa; puede tener ayuda de otras personas. En la tabla cobra 13.942 € al año (puesto 6 de 9 por sueldo).
Personal especialista y no cualificado
Trabaja siguiendo instrucciones, en tareas sencillas o complejas pero homogéneas, sin mando, con esfuerzo físico o intelectual medio.
- Encargado/aTrabaja siguiendo instrucciones, en tareas sencillas o complejas pero homogéneas, sin mando, con esfuerzo físico o intelectual medio. En la tabla cobra 15.922 € al año (puesto 4 de 9 por sueldo).
- Tractorista en faena normalTrabaja siguiendo instrucciones, en tareas sencillas o complejas pero homogéneas, sin mando, con esfuerzo físico o intelectual medio. En la tabla cobra 13.108 € al año, el más bajo.
- Tractorista en faena extraordinariaTrabaja siguiendo instrucciones, en tareas sencillas o complejas pero homogéneas, sin mando, con esfuerzo físico o intelectual medio. En la tabla cobra 14.719 € al año (puesto 5 de 9 por sueldo).
- Carretillero/aTrabaja siguiendo instrucciones, en tareas sencillas o complejas pero homogéneas, sin mando, con esfuerzo físico o intelectual medio. En la tabla cobra 13.334 € al año (puesto 8 de 9 por sueldo).
- Mayoral, Vaquero/a, Caballicero/aTrabaja siguiendo instrucciones, en tareas sencillas o complejas pero homogéneas, sin mando, con esfuerzo físico o intelectual medio. En la tabla cobra 13.108 € al año, el más bajo.
- Guarda, Casero/aTrabaja siguiendo instrucciones, en tareas sencillas o complejas pero homogéneas, sin mando, con esfuerzo físico o intelectual medio. En la tabla cobra 13.108 € al año, el más bajo.
- No cualificado/a en faena sin especificarTrabaja siguiendo instrucciones, en tareas sencillas o complejas pero homogéneas, sin mando, con esfuerzo físico o intelectual medio. En la tabla cobra 13.108 € al año, el más bajo.
- No cualificado/a: trabajos con azada grande (preparación de tierras de riego y regando)Trabaja siguiendo instrucciones, en tareas sencillas o complejas pero homogéneas, sin mando, con esfuerzo físico o intelectual medio. En la tabla cobra 13.108 € al año, el más bajo.
- No cualificado/a: trabajos de cultivo de invernadero y bajo cierroTrabaja siguiendo instrucciones, en tareas sencillas o complejas pero homogéneas, sin mando, con esfuerzo físico o intelectual medio. En la tabla cobra 13.108 € al año, el más bajo.
- No cualificado/a: trabajos de huerta y siega a manoTrabaja siguiendo instrucciones, en tareas sencillas o complejas pero homogéneas, sin mando, con esfuerzo físico o intelectual medio. En la tabla cobra 13.108 € al año, el más bajo.
Personal de oficios varios
Tiene un oficio clásico de la industria o los servicios (albañil, carpintero, mecánico, conductor…) y lo ejerce como apoyo de la explotación agraria.
- Jefe/a de TallerTiene un oficio clásico de la industria o los servicios (albañil, carpintero, mecánico, conductor…) y lo ejerce como apoyo de la explotación agraria. En la tabla cobra 15.922 € al año (puesto 4 de 9 por sueldo).
- Oficial de PrimeraTiene un oficio clásico de la industria o los servicios (albañil, carpintero, mecánico, conductor…) y lo ejerce como apoyo de la explotación agraria. En la tabla cobra 13.831 € al año (puesto 7 de 9 por sueldo).
- Oficial de SegundaTiene un oficio clásico de la industria o los servicios (albañil, carpintero, mecánico, conductor…) y lo ejerce como apoyo de la explotación agraria. En la tabla cobra 13.334 € al año (puesto 8 de 9 por sueldo).
- Oficial de TerceraTiene un oficio clásico de la industria o los servicios (albañil, carpintero, mecánico, conductor…) y lo ejerce como apoyo de la explotación agraria. En la tabla cobra 13.108 € al año, el más bajo.
Personal especialista y no cualificado
Trabaja siguiendo instrucciones, en tareas sencillas o complejas pero homogéneas, sin mando, con esfuerzo físico o intelectual medio.
- Manijero/a o encargado/a de cuadrillaTrabaja siguiendo instrucciones, en tareas sencillas o complejas pero homogéneas, sin mando, con esfuerzo físico o intelectual medio.
- Corchero/a, rajador/a, recogedor/aTrabaja siguiendo instrucciones, en tareas sencillas o complejas pero homogéneas, sin mando, con esfuerzo físico o intelectual medio.
- Cocinero/a, aguador/a y ayudante en faenas de corchoTrabaja siguiendo instrucciones, en tareas sencillas o complejas pero homogéneas, sin mando, con esfuerzo físico o intelectual medio.
- Tractorista en faenas normalesTrabaja siguiendo instrucciones, en tareas sencillas o complejas pero homogéneas, sin mando, con esfuerzo físico o intelectual medio.
- Tractorista en faenas especialesTrabaja siguiendo instrucciones, en tareas sencillas o complejas pero homogéneas, sin mando, con esfuerzo físico o intelectual medio.
- Carretillero/aTrabaja siguiendo instrucciones, en tareas sencillas o complejas pero homogéneas, sin mando, con esfuerzo físico o intelectual medio.
- Mayoral, vaquero/a, caballicero/aTrabaja siguiendo instrucciones, en tareas sencillas o complejas pero homogéneas, sin mando, con esfuerzo físico o intelectual medio.
- Pastor/a, ayudante vaquero/a y rabadánTrabaja siguiendo instrucciones, en tareas sencillas o complejas pero homogéneas, sin mando, con esfuerzo físico o intelectual medio.
- Esquilador/aTrabaja siguiendo instrucciones, en tareas sencillas o complejas pero homogéneas, sin mando, con esfuerzo físico o intelectual medio.
- Injertador/a, talador/a, limpiador/a en trabajos forestales y olivarTrabaja siguiendo instrucciones, en tareas sencillas o complejas pero homogéneas, sin mando, con esfuerzo físico o intelectual medio.
- Trabajos forestales con motosierra y desbrozadoraTrabaja siguiendo instrucciones, en tareas sencillas o complejas pero homogéneas, sin mando, con esfuerzo físico o intelectual medio.
- Recogedor/a de olivas y restantes faenas forestalesTrabaja siguiendo instrucciones, en tareas sencillas o complejas pero homogéneas, sin mando, con esfuerzo físico o intelectual medio.
- GuardaTrabaja siguiendo instrucciones, en tareas sencillas o complejas pero homogéneas, sin mando, con esfuerzo físico o intelectual medio.
- No cualificado/a en faena sin especificarTrabaja siguiendo instrucciones, en tareas sencillas o complejas pero homogéneas, sin mando, con esfuerzo físico o intelectual medio.
- No cualificado/a: trabajos con azada grande (preparación de tierras de riego y regando)Trabaja siguiendo instrucciones, en tareas sencillas o complejas pero homogéneas, sin mando, con esfuerzo físico o intelectual medio.
- No cualificado/a: trabajos de cultivo de invernadero y bajo cierroTrabaja siguiendo instrucciones, en tareas sencillas o complejas pero homogéneas, sin mando, con esfuerzo físico o intelectual medio.
- No cualificado/a: trabajos de huerta y siega a manoTrabaja siguiendo instrucciones, en tareas sencillas o complejas pero homogéneas, sin mando, con esfuerzo físico o intelectual medio.
- Recogida de naranja, de pera, de melocotón y de zanahoria a manojitosTrabaja siguiendo instrucciones, en tareas sencillas o complejas pero homogéneas, sin mando, con esfuerzo físico o intelectual medio.
- Recolección manual y aclareo o castra de remolacha (con rendimiento pactado, anexo III)Trabaja siguiendo instrucciones, en tareas sencillas o complejas pero homogéneas, sin mando, con esfuerzo físico o intelectual medio.
Personal de oficios varios
Tiene un oficio clásico de la industria o los servicios (albañil, carpintero, mecánico, conductor…) y lo ejerce como apoyo de la explotación agraria.
- Oficial de PrimeraTiene un oficio clásico de la industria o los servicios (albañil, carpintero, mecánico, conductor…) y lo ejerce como apoyo de la explotación agraria.
- Oficial de SegundaTiene un oficio clásico de la industria o los servicios (albañil, carpintero, mecánico, conductor…) y lo ejerce como apoyo de la explotación agraria.
- Oficial de TerceraTiene un oficio clásico de la industria o los servicios (albañil, carpintero, mecánico, conductor…) y lo ejerce como apoyo de la explotación agraria.
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Solo personal fijo y fijo discontinuo
- Dónde lo dice
- art. 33
- Quién lo cobra
- Faenas habitualmente diurnas hechas entre las 22:00 y las 6:00; no se aplica en ganadería
- Dónde lo dice
- art. 16
- Quién lo cobra
- Solo cuando, por circunstancias excepcionales, no se disfruta el descanso semanal compensatorio
- Dónde lo dice
- art. 17
- Quién lo cobra
- Aperos con tractor en siembra y labra a la paralela, abonos o estiércol, eras y trilladoras fijas, molinos y mezcladoras de pienso, riego por aspersión, alambrista, productos fitosanitarios, montar y desmontar invernaderos
- Dónde lo dice
- art. 27.2
- Quién lo cobra
- Vaquero de leche u ordeñador con horario flexible, con más de una interrupción al día de más de una hora cada una
- Dónde lo dice
- art. 29
- Quién lo cobra
- Si el tajo está a más de 1 km del núcleo urbano o vivienda; no se paga si la empresa pone el transporte
- Dónde lo dice
- art. 32
- Quién lo cobra
- Personal administrativo de empresas que pagan en sobres con dinero
- Dónde lo dice
- art. 34
- Quién lo cobra
- Cada día que la persona usa sus propias herramientas porque la empresa no las facilita
- Dónde lo dice
- art. 35
- Quién lo cobra
- Por jornada real, solo si la empresa no entrega el equipo de trabajo
- Dónde lo dice
- art. 42
- Quién lo cobra
- Desplazamiento por decisión de la empresa con obligación de dormir fuera del domicilio
- Dónde lo dice
- art. 31
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 18
Revisión salarial
Si la suma de los IPC de 2020, 2021 y 2022 supera el 4 %, se actualizan las tablas de 2022 pero no se aplican: solo sirven de base para negociar el nuevo convenio. (disposición transitoria segunda).
Permisos pagados
4 de los 10 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 20.g | 15 | 15 días naturales | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de cónyuge, padres, suegros, hermanos o hijosart. 20.a | 3 (5 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento de abuelos, nietos o cuñadosart. 20.b | 2 (4 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de yerno o nueraart. 20.e | 2 (4 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Te corresponden 2 por el Estatuto (el convenio dice 1) |
| Fallecimiento de tíos o sobrinosart. 20.b | 1 (3 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo de parientes hasta 2.º gradoart. 20.f | 5 | 5 días | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2) |
| Nacimiento o adopción de hijo/aart. 20.c | 3 (5 con desplazamiento) | — | Mejora el Estatuto |
| Boda, bautizo o primera comunión de un hijo/aart. 20.d | 1 (3 con desplazamiento) | — | Mejora el Estatuto |
| Traslado del domicilio habitualart. 37.3.c ET | 1 | 1 día | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Exámenes para obtener un título profesionalart. 20.h | El tiempo necesario para ir a los exámenes, con condiciones de aprovechamiento. | El tiempo necesario | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Deber inexcusable de carácter público y personal | No lo menciona | El tiempo indispensable | Lo da el Estatuto |
| Funciones sindicales o de representación del personal | No lo menciona | Las horas que fije la ley | Lo da el Estatuto |
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes | No lo menciona | 4 días al año (horas) | Lo da el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso
Periodo de prueba
- Personal técnico: 4 meses
- Personal administrativo: 2 meses
- Resto de personal: 20 días
Preaviso si te vas
El convenio no fija preaviso de dimisión.
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de campo y agricultura de Cádiz?
Su estado a 15 de octubre de 2026 es: caducado, pero se sigue aplicando. Vigencia del 1/1/2019 al 31/12/2022.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de campo y agricultura de Cádiz en 2026?
Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 13.108,50 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de campo y agricultura de Cádiz?
30 días naturales al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Personal técnico: 4 meses. Personal administrativo: 2 meses. Resto de personal: 20 días.
¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?
Campo y agricultura en otras provincias
AlbaceteAlicanteAlmeríaÁvilaCataluñaCiudad RealComunitat ValencianaComunitat Valenciana
Otros convenios de Cádiz
Comercio de alimentación y supermercadosComercio de alimentación y supermercadosComercio del metalComercio textilConstrucciónHostelería
Lo que suele venir después.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz (BOP) (texto del convenio, publicado el 28/9/2020). Revisado el .
Tabla: BOP Cádiz (tabla salarial 2026).
Tablas congeladas en 2022: casi todos los salarios quedan por debajo del salario mínimo de 2026 y se cobra el SMI (40,70 € al día, 17.094 € al año; 57,82 € por jornada para eventuales de hasta 120 días). No se aplica a las viñas, que tienen su propio convenio provincial de viticultura.