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Convenio colectivo

Convenio colectivo de trabajo concertado entre las representaciones de los trabajadores y empresas de alimentación, de detallistas, de ultramarinos, supermercados y autoservicios de la provincia de Cádiz (2025-⁠2029).

Código de convenio 11003305012001
Publicado el
30/7/2026
Vigencia
1/1/2025 – 31/12/2029
Descargar texto completoDescargar últimas tablas (2026)¿Eres una empresa?

Última actualización: 14 de octubre de 2026

Vacaciones30días

naturales

Pagas extra4

Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Última subida+2,8 %2026
Próxima subida+2,8 %2027
Tablas salariales 2026

Salario de tabla, bruto en 16 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)

12 de 23 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.

CategoríaAl mesAl año (bruto)
Grupo profesional VPuestos: jefe de área, supervisor de zona, jefe de almacén, técnico informático.
JEFE/A AREA O SUPERVISOR1.431,37 €22.901,92 €
JEFE/A ALMACEN1.400,11 €22.401,76 €
TECNICO/A INFORMATICO/A1.270,31 €20.324,96 €
Grupo profesional IVPuestos: jefe de tienda, encargado de supermercado, técnico de marketing, community manager.
JEFE/A DE TIENDA1.270,31 €20.324,96 €
TECNICO/A MARKETING O REDES1.226,47 €19.623,52 €
Grupo profesional IIIPuestos: jefe de sección, jefa de cajas, técnico administrativo, conductor de camión, secretaria.
SECRETARIO/A SMI1.033,15 €16.530,40 €
CONDUCTOR/RA-COBRADOR/RA VEHICULO >3500 kg SMI1.005,29 €16.084,64 €
JEFE/A SECCION ADMINISTRATIVA1.077,31 €17.236,96 €
JEFE/A SECCION VENTAS1.166,60 €18.665,60 €
JEFA MANTENIMIENTO1.166,60 €18.665,60 €
TECNICO/A ADMINISTRATIVO/A1.077,31 €17.236,96 €
JEFE/A CAJA1.073,97 €17.183,52 €
Grupo profesional IIPuestos: dependiente, cajera, administrativo, repartidor, mozo especialista, comercial.
COMERCIAL SMI1.041,30 €16.660,80 €
VENDEDOR/RA SMI1.041,30 €16.660,80 €
CAJERO/RA SMI966,29 €15.460,64 €
ADMINISTRATIVO/VA1.226,47 €19.623,52 €
CONDUCTOR/RA REPARTIDOR/RA VEHICULO <3500 kg SMI966,29 €15.460,64 €
MOZO/A ESPECIALISTA SMI1.005,29 €16.084,64 €
Grupo profesional IPuestos: reponedor, ayudante de dependiente, preparador de pedidos, limpiadora, auxiliar administrativo.
REPONEDOR/RA TIENDA SMI966,29 €15.460,64 €
AYUDANTE VENTAS SMI966,29 €15.460,64 €
AUXILIAR ADMINISTRATIVO/VA SMI966,29 €15.460,64 €
PREPARADOR/RA PEDIDOS SMI966,29 €15.460,64 €
PERSONAL AUXILIAR (MANTENIMIENTO/LIMPIEZA) SMI966,29 €15.460,64 €

Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos

Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Tabla 2026

Categorías explicadas

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).

Grupo profesional V

Funciones con el máximo grado de autonomía, iniciativa y responsabilidad: mando, dirección y supervisión de tareas o personas, y participación en la definición de objetivos. Decide sobre un conjunto amplio de empleados y forma a su equipo.

Formación: Titulación universitaria, FP de grado superior o experiencia equivalente acreditada.

  • JEFE/A AREA O SUPERVISORCoordina y hace cumplir la organización de un área geográfica con varias tiendas. En la tabla cobra 22.902 € al año, el sueldo más alto.
  • JEFE/A ALMACENEstá al frente de la plataforma o almacén: responde de las existencias para distribuirlas a las tiendas, hace el cuadrante del personal a su cargo y abre y cierra el almacén. En la tabla cobra 22.402 € al año (puesto 2 de 11 por sueldo).
  • TECNICO/A INFORMATICO/ADesarrolla y mantiene programas informáticos, documenta su trabajo y los pone a punto hasta que funcionan. En la tabla cobra 20.325 € al año (puesto 3 de 11 por sueldo).

Grupo profesional IV

Funciones con alto grado de autonomía, iniciativa y responsabilidad: mando, dirección y supervisión de tareas o personas y participación en los objetivos. Decide sobre un conjunto amplio de empleados.

Formación: Titulación universitaria, FP de grado superior o experiencia equivalente acreditada.

  • JEFE/A DE TIENDAResponsable de un establecimiento: hace los pedidos, cuida existencias y orden, hace el cuadrante del personal, abre y cierra y responde de los objetivos de la tienda. En la tabla cobra 20.325 € al año (puesto 3 de 11 por sueldo).
  • TECNICO/A MARKETING O REDESEspecialista en marketing físico o digital, comunicación, publicidad, diseño gráfico, redes sociales y comercio electrónico para apoyar las ventas. En la tabla cobra 19.624 € al año (puesto 4 de 11 por sueldo).

Grupo profesional III

Trabajos de ejecución autónoma que exigen iniciativa; integran, coordinan y supervisan tareas homogéneas. Pueden suponer corresponsabilidad de mando.

Formación: Bachiller, FP II o FP de grado medio, o experiencia equivalente.

  • SECRETARIO/AA las órdenes de un superior, hace tareas administrativas, despacha la correspondencia, concierta entrevistas y tiene conocimientos de contabilidad. En la tabla cobra 16.530 € al año (puesto 9 de 11 por sueldo).
  • CONDUCTOR/RA-COBRADOR/RA VEHICULO >3500 kgAdemás de las tareas de mozo especializado, clasifica la mercancía, hace el reparto y puede cobrar. Conduce vehículos de más de 3.500 kg. En la tabla cobra 16.085 € al año (puesto 10 de 11 por sueldo).
  • JEFE/A SECCION ADMINISTRATIVADirige, organiza y coordina el trabajo del personal de la sección administrativa, con funciones de mando. En la tabla cobra 17.237 € al año (puesto 6 de 11 por sueldo).
  • JEFE/A SECCION VENTASDirige, organiza y coordina el trabajo del personal de una sección de ventas, con funciones de mando. En la tabla cobra 18.666 € al año (puesto 5 de 11 por sueldo).
  • JEFA MANTENIMIENTOHace con iniciativa propia trabajos que requieren dominio total del oficio; puede tener a su cargo personal auxiliar de mantenimiento y limpieza. En la tabla cobra 18.666 € al año (puesto 5 de 11 por sueldo).
  • TECNICO/A ADMINISTRATIVO/AHace trabajos administrativos cualificados con iniciativa: correspondencia, contratos, estadísticas, informes, contabilidad, seguros sociales. En la tabla cobra 17.237 € al año (puesto 6 de 11 por sueldo).
  • JEFE/A CAJASin funciones de mando, hace el trabajo de cajero y además controla las demás cajas del centro (mínimo 4). Solo cobra esta categoría cuando hace las dos cosas. En la tabla cobra 17.184 € al año (puesto 7 de 11 por sueldo).

Grupo profesional II

Trabajos cualificados que se hacen con instrucciones pero con cierta autonomía e iniciativa, bajo supervisión directa del superior.

Formación: Graduado Escolar, FP I, Bachiller o ESO, o conocimientos equivalentes.

  • COMERCIALHace gestiones y visitas comerciales por cuenta de la empresa, dentro o fuera de sus establecimientos. En la tabla cobra 16.661 € al año (puesto 8 de 11 por sueldo).
  • VENDEDOR/RAVende en uno o varios departamentos conociendo los artículos, cobra, cuenta la mercancía para reponerla y cuida el etiquetado y el orden. En la tabla cobra 16.661 € al año (puesto 8 de 11 por sueldo).
  • CAJERO/RACobra las mercancías o hace abonos a la clientela con el sistema de la empresa y hace el conteo de caja. En la tabla cobra 15.461 € al año, el más bajo.
  • ADMINISTRATIVO/VAHace trabajos administrativos de forma cualificada y con iniciativa propia. En la tabla cobra 19.624 € al año (puesto 4 de 11 por sueldo).
  • CONDUCTOR/RA REPARTIDOR/RA VEHICULO <3500 kgAdemás de las tareas de mozo, clasifica la mercancía y hace el reparto con vehículo de menos de 3.500 kg. En la tabla cobra 15.461 € al año, el más bajo.
  • MOZO/A ESPECIALISTATransporta mercancía dentro o fuera del establecimiento, normalmente con máquinas eléctricas o elevadoras; también embala, reparte o pesa. En la tabla cobra 16.085 € al año (puesto 10 de 11 por sueldo).

Grupo profesional I

Operaciones con un método de trabajo preciso e instrucciones concretas, con dependencia total. No necesitan formación específica y no tienen responsabilidad sobre otras personas.

Formación: Graduado escolar o similar; conocimientos elementales de la tarea.

  • REPONEDOR/RA TIENDAColoca, repone y embala mercancía según criterios fijados, la traslada, orienta a la clientela y limpia lo derivado de su función. En la tabla cobra 15.461 € al año, el más bajo.
  • AYUDANTE VENTASCon formación previa, hace funciones sencillas de venta bajo la dirección de un superior, colaborando con el resto del equipo. En la tabla cobra 15.461 € al año, el más bajo.
  • AUXILIAR ADMINISTRATIVO/VABajo la dependencia de un superior, hace tareas administrativas como correspondencia o contabilidad. En la tabla cobra 15.461 € al año, el más bajo.
  • PREPARADOR/RA PEDIDOSPrepara los pedidos sin responsabilidad, bajo la supervisión del jefe de tienda. En la tabla cobra 15.461 € al año, el más bajo.
  • PERSONAL AUXILIAR (MANTENIMIENTO/LIMPIEZA)Personal auxiliar de mantenimiento (oficios), de vigilancia (puertas, recados, correspondencia) o de limpieza de locales, bajo la supervisión del jefe de mantenimiento. En la tabla cobra 15.461 € al año, el más bajo.
Pluses, horas extra y subidas

Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla

Antigüedad (cuatrienios)Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa.5 % del salario base por cada 4 años (máximo 3)
Quién lo cobra
Toda la plantilla; cuenta desde el ingreso en la empresa, sin cortes de más de 1 mes entre contratos
Dónde lo dice
art. 12
Plus de transporteAyuda para ir y volver del trabajo.67,85 € al mes en 12 pagas
Quién lo cobra
Toda la plantilla (también a tiempo parcial, íntegro); no se cobra en las pagas extra ni los días de falta, ni si la empresa pone vehículo para ir a trabajar
Dónde lo dice
art. 11 y anexo I
Plus de cámara frigoríficaLo que se paga por trabajos especialmente duros.50 % sobre el salario base
Quién lo cobra
Personal que trabaja en cámaras de frío negativo con permanencia de 2 horas o más
Dónde lo dice
art. 14
NocturnidadLo que se paga de más por trabajar de noche.25 % sobre la hora ordinaria por hora
Quién lo cobra
Trabajo entre las 22:00 y las 6:00
Dónde lo dice
art. 17
Dieta por comidaLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo.14,29 €
Quién lo cobra
Quien por su trabajo tiene que hacer alguna comida fuera de su domicilio
Dónde lo dice
art. 16 y anexo I
Complemento a la protección familiar (congelado)La cantidad que se venía cobrando, también en las pagas extra
Quién lo cobra
Solo quien lo cobraba antes de su supresión el 31/03/1998, mientras siga en la empresa

Horas extra

Las horas que trabajas por encima de tu jornada.se pagan con un recargo del 30 % sobre la hora ordinaria. De común acuerdo, por tiempos equivalentes de descanso (art. 15).
Dónde lo dice
art. 15

Subidas pactadas

AñoSubida de la tablaQué significa
20252,8 %Subida del 2,8 % sobre los conceptos vigentes a 31/12/2024, sin atrasos; solo sirve para actualizar la base de 2026 (salario mínimo convenio 2025: 940,42 €/mes)
20262,75 %Subida del 2,75 % sobre lo actualizado para 2025, con atrasos desde el 1/1/2026
20272,75 %Subida del 2,75 % con efectos del 1/1/2027

Revisión salarial

A 31/12/2029 se suma el exceso de los IPC reales de 2026 a 2029 sobre las subidas pactadas y se aplica a todos los conceptos de 2029, sin atrasos, como base para el siguiente convenio. Las subidas se aplican a todos los conceptos salvo los congelados. (art. 9).

Permisos pagados

3 de los 10 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.

PermisoEn tu convenioLo que da el EstatutoResultado
Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 221515 días naturalesIgual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento del cónyugeart. 2242 días (4 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Fallecimiento de padres, hijos o hermanosart. 223 (4 con desplazamiento)2 días (4 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Fallecimiento de otros parientes hasta 2.º grado (abuelos, nietos, suegros, cuñados…)art. 22 (remite al ET)2 (4 con desplazamiento)2 días (4 con desplazamiento)Igual o sin mínimo en el Estatuto
Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo domiciliario del cónyuge, pareja, parientes hasta 2.º grado o convivienteart. 2255 díasIgual o sin mínimo en el Estatuto
Traslado de domicilioart. 2221 díaMejora el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público o personal: el tiempo indispensableart. 22—El tiempo indispensableIgual o sin mínimo en el Estatuto
Fuerza mayor por motivos familiares urgentes (enfermedad o accidente que exija presencia inmediata)art. 2244 días al año (horas)Igual o sin mínimo en el Estatuto
Imposibilidad de llegar al trabajo por restricciones de las autoridades o riesgo grave (catástrofe, fenómeno meteorológico)art. 224—Igual o sin mínimo en el Estatuto
Exámenes prenatales, preparación al parto y trámites de adopción o acogimiento: el tiempo necesarioart. 35—El tiempo necesarioIgual o sin mínimo en el Estatuto
Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET).
Funciones sindicales o de representación del personalNo lo mencionaLas horas que fije la leyLo da el Estatuto
Lactancia de un menor de 9 mesesNo lo menciona1 hora al díaLo da el Estatuto
Periodo de prueba y preaviso

Periodo de prueba

  • Grupos III, IV y V: 3 meses
  • Grupos I y II: 2 meses

Preaviso si te vas

  • Todos los grupos: 4 días
Qué ha cambiado

Avisos oficiales sobre este convenio, del más reciente al más antiguo. Cada uno lleva una etiqueta que dice qué tipo de aviso es.

  • Publicado30 de julio de 2026Publicado el convenio de alimentación, detallistas, ultramarinos, supermercados y autoservicios de Cádiz 2025-2029 (FEDECO/CEC, CCOO y UGT), con tablas 2026-2028.Ya consta en el boletín oficial: tiene validez. Ver el aviso oficial
Preguntas frecuentes

¿Está vigente el convenio de alimentación de Cádiz?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2025 al 31/12/2029.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de alimentación de Cádiz en 2026?

Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 15.460,64 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de alimentación de Cádiz?

30 días naturales al año.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Grupos III, IV y V: 3 meses. Grupos I y II: 2 meses.

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Lo que suele venir después.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz (BOP) (texto del convenio, publicado el 30/7/2026). Revisado el .

Vigente del 1/1/2025 al 31/12/2029 (art. 3); publicado en el boletín oficial de la provincia de Cádiz de 30/07/2026 con tablas de 2026, 2027 y 2028. Los atrasos de 2026 se pagan en la nómina de julio (cláusula adicional I).

Es el convenio de la especialidad de alimentación de Cádiz (detallistas, ultramarinos, supermercados y autoservicios). El comercio que no es de alimentación va al convenio de comercio general de la provincia de Cádiz, que todavía no está cargado aquí.