Convenio colectivo
Convenio colectivo de trabajo concertado entre las representaciones de los trabajadores y empresas de alimentación, de detallistas, de ultramarinos, supermercados y autoservicios de la provincia de Cádiz (2025-2029).
Última actualización: 14 de octubre de 2026
naturales
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tablas salariales 2026
Salario de tabla, bruto en 16 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)
12 de 23 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Grupo profesional VPuestos: jefe de área, supervisor de zona, jefe de almacén, técnico informático. | ||
| JEFE/A AREA O SUPERVISOR | 1.431,37 € | 22.901,92 € |
| JEFE/A ALMACEN | 1.400,11 € | 22.401,76 € |
| TECNICO/A INFORMATICO/A | 1.270,31 € | 20.324,96 € |
| Grupo profesional IVPuestos: jefe de tienda, encargado de supermercado, técnico de marketing, community manager. | ||
| JEFE/A DE TIENDA | 1.270,31 € | 20.324,96 € |
| TECNICO/A MARKETING O REDES | 1.226,47 € | 19.623,52 € |
| Grupo profesional IIIPuestos: jefe de sección, jefa de cajas, técnico administrativo, conductor de camión, secretaria. | ||
| SECRETARIO/A SMI | 1.033,15 € | 16.530,40 € |
| CONDUCTOR/RA-COBRADOR/RA VEHICULO >3500 kg SMI | 1.005,29 € | 16.084,64 € |
| JEFE/A SECCION ADMINISTRATIVA | 1.077,31 € | 17.236,96 € |
| JEFE/A SECCION VENTAS | 1.166,60 € | 18.665,60 € |
| JEFA MANTENIMIENTO | 1.166,60 € | 18.665,60 € |
| TECNICO/A ADMINISTRATIVO/A | 1.077,31 € | 17.236,96 € |
| JEFE/A CAJA | 1.073,97 € | 17.183,52 € |
| Grupo profesional IIPuestos: dependiente, cajera, administrativo, repartidor, mozo especialista, comercial. | ||
| COMERCIAL SMI | 1.041,30 € | 16.660,80 € |
| VENDEDOR/RA SMI | 1.041,30 € | 16.660,80 € |
| CAJERO/RA SMI | 966,29 € | 15.460,64 € |
| ADMINISTRATIVO/VA | 1.226,47 € | 19.623,52 € |
| CONDUCTOR/RA REPARTIDOR/RA VEHICULO <3500 kg SMI | 966,29 € | 15.460,64 € |
| MOZO/A ESPECIALISTA SMI | 1.005,29 € | 16.084,64 € |
| Grupo profesional IPuestos: reponedor, ayudante de dependiente, preparador de pedidos, limpiadora, auxiliar administrativo. | ||
| REPONEDOR/RA TIENDA SMI | 966,29 € | 15.460,64 € |
| AYUDANTE VENTAS SMI | 966,29 € | 15.460,64 € |
| AUXILIAR ADMINISTRATIVO/VA SMI | 966,29 € | 15.460,64 € |
| PREPARADOR/RA PEDIDOS SMI | 966,29 € | 15.460,64 € |
| PERSONAL AUXILIAR (MANTENIMIENTO/LIMPIEZA) SMI | 966,29 € | 15.460,64 € |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Otros convenios aquí
En este sector y lugar hay más de un convenio. Mira cuál es el tuyo:
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Grupo profesional V
Funciones con el máximo grado de autonomía, iniciativa y responsabilidad: mando, dirección y supervisión de tareas o personas, y participación en la definición de objetivos. Decide sobre un conjunto amplio de empleados y forma a su equipo.
Formación: Titulación universitaria, FP de grado superior o experiencia equivalente acreditada.
- JEFE/A AREA O SUPERVISORCoordina y hace cumplir la organización de un área geográfica con varias tiendas. En la tabla cobra 22.902 € al año, el sueldo más alto.
- JEFE/A ALMACENEstá al frente de la plataforma o almacén: responde de las existencias para distribuirlas a las tiendas, hace el cuadrante del personal a su cargo y abre y cierra el almacén. En la tabla cobra 22.402 € al año (puesto 2 de 11 por sueldo).
- TECNICO/A INFORMATICO/ADesarrolla y mantiene programas informáticos, documenta su trabajo y los pone a punto hasta que funcionan. En la tabla cobra 20.325 € al año (puesto 3 de 11 por sueldo).
Grupo profesional IV
Funciones con alto grado de autonomía, iniciativa y responsabilidad: mando, dirección y supervisión de tareas o personas y participación en los objetivos. Decide sobre un conjunto amplio de empleados.
Formación: Titulación universitaria, FP de grado superior o experiencia equivalente acreditada.
- JEFE/A DE TIENDAResponsable de un establecimiento: hace los pedidos, cuida existencias y orden, hace el cuadrante del personal, abre y cierra y responde de los objetivos de la tienda. En la tabla cobra 20.325 € al año (puesto 3 de 11 por sueldo).
- TECNICO/A MARKETING O REDESEspecialista en marketing físico o digital, comunicación, publicidad, diseño gráfico, redes sociales y comercio electrónico para apoyar las ventas. En la tabla cobra 19.624 € al año (puesto 4 de 11 por sueldo).
Grupo profesional III
Trabajos de ejecución autónoma que exigen iniciativa; integran, coordinan y supervisan tareas homogéneas. Pueden suponer corresponsabilidad de mando.
Formación: Bachiller, FP II o FP de grado medio, o experiencia equivalente.
- SECRETARIO/AA las órdenes de un superior, hace tareas administrativas, despacha la correspondencia, concierta entrevistas y tiene conocimientos de contabilidad. En la tabla cobra 16.530 € al año (puesto 9 de 11 por sueldo).
- CONDUCTOR/RA-COBRADOR/RA VEHICULO >3500 kgAdemás de las tareas de mozo especializado, clasifica la mercancía, hace el reparto y puede cobrar. Conduce vehículos de más de 3.500 kg. En la tabla cobra 16.085 € al año (puesto 10 de 11 por sueldo).
- JEFE/A SECCION ADMINISTRATIVADirige, organiza y coordina el trabajo del personal de la sección administrativa, con funciones de mando. En la tabla cobra 17.237 € al año (puesto 6 de 11 por sueldo).
- JEFE/A SECCION VENTASDirige, organiza y coordina el trabajo del personal de una sección de ventas, con funciones de mando. En la tabla cobra 18.666 € al año (puesto 5 de 11 por sueldo).
- JEFA MANTENIMIENTOHace con iniciativa propia trabajos que requieren dominio total del oficio; puede tener a su cargo personal auxiliar de mantenimiento y limpieza. En la tabla cobra 18.666 € al año (puesto 5 de 11 por sueldo).
- TECNICO/A ADMINISTRATIVO/AHace trabajos administrativos cualificados con iniciativa: correspondencia, contratos, estadísticas, informes, contabilidad, seguros sociales. En la tabla cobra 17.237 € al año (puesto 6 de 11 por sueldo).
- JEFE/A CAJASin funciones de mando, hace el trabajo de cajero y además controla las demás cajas del centro (mínimo 4). Solo cobra esta categoría cuando hace las dos cosas. En la tabla cobra 17.184 € al año (puesto 7 de 11 por sueldo).
Grupo profesional II
Trabajos cualificados que se hacen con instrucciones pero con cierta autonomía e iniciativa, bajo supervisión directa del superior.
Formación: Graduado Escolar, FP I, Bachiller o ESO, o conocimientos equivalentes.
- COMERCIALHace gestiones y visitas comerciales por cuenta de la empresa, dentro o fuera de sus establecimientos. En la tabla cobra 16.661 € al año (puesto 8 de 11 por sueldo).
- VENDEDOR/RAVende en uno o varios departamentos conociendo los artículos, cobra, cuenta la mercancía para reponerla y cuida el etiquetado y el orden. En la tabla cobra 16.661 € al año (puesto 8 de 11 por sueldo).
- CAJERO/RACobra las mercancías o hace abonos a la clientela con el sistema de la empresa y hace el conteo de caja. En la tabla cobra 15.461 € al año, el más bajo.
- ADMINISTRATIVO/VAHace trabajos administrativos de forma cualificada y con iniciativa propia. En la tabla cobra 19.624 € al año (puesto 4 de 11 por sueldo).
- CONDUCTOR/RA REPARTIDOR/RA VEHICULO <3500 kgAdemás de las tareas de mozo, clasifica la mercancía y hace el reparto con vehículo de menos de 3.500 kg. En la tabla cobra 15.461 € al año, el más bajo.
- MOZO/A ESPECIALISTATransporta mercancía dentro o fuera del establecimiento, normalmente con máquinas eléctricas o elevadoras; también embala, reparte o pesa. En la tabla cobra 16.085 € al año (puesto 10 de 11 por sueldo).
Grupo profesional I
Operaciones con un método de trabajo preciso e instrucciones concretas, con dependencia total. No necesitan formación específica y no tienen responsabilidad sobre otras personas.
Formación: Graduado escolar o similar; conocimientos elementales de la tarea.
- REPONEDOR/RA TIENDAColoca, repone y embala mercancía según criterios fijados, la traslada, orienta a la clientela y limpia lo derivado de su función. En la tabla cobra 15.461 € al año, el más bajo.
- AYUDANTE VENTASCon formación previa, hace funciones sencillas de venta bajo la dirección de un superior, colaborando con el resto del equipo. En la tabla cobra 15.461 € al año, el más bajo.
- AUXILIAR ADMINISTRATIVO/VABajo la dependencia de un superior, hace tareas administrativas como correspondencia o contabilidad. En la tabla cobra 15.461 € al año, el más bajo.
- PREPARADOR/RA PEDIDOSPrepara los pedidos sin responsabilidad, bajo la supervisión del jefe de tienda. En la tabla cobra 15.461 € al año, el más bajo.
- PERSONAL AUXILIAR (MANTENIMIENTO/LIMPIEZA)Personal auxiliar de mantenimiento (oficios), de vigilancia (puertas, recados, correspondencia) o de limpieza de locales, bajo la supervisión del jefe de mantenimiento. En la tabla cobra 15.461 € al año, el más bajo.
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Toda la plantilla; cuenta desde el ingreso en la empresa, sin cortes de más de 1 mes entre contratos
- Dónde lo dice
- art. 12
- Quién lo cobra
- Toda la plantilla (también a tiempo parcial, íntegro); no se cobra en las pagas extra ni los días de falta, ni si la empresa pone vehículo para ir a trabajar
- Dónde lo dice
- art. 11 y anexo I
- Quién lo cobra
- Personal que trabaja en cámaras de frío negativo con permanencia de 2 horas o más
- Dónde lo dice
- art. 14
- Quién lo cobra
- Trabajo entre las 22:00 y las 6:00
- Dónde lo dice
- art. 17
- Quién lo cobra
- Quien por su trabajo tiene que hacer alguna comida fuera de su domicilio
- Dónde lo dice
- art. 16 y anexo I
- Quién lo cobra
- Solo quien lo cobraba antes de su supresión el 31/03/1998, mientras siga en la empresa
- Dónde lo dice
- cláusula adicional II
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 15
Subidas pactadas
| Año | Subida de la tabla | Qué significa |
|---|---|---|
| 2025 | 2,8 % | Subida del 2,8 % sobre los conceptos vigentes a 31/12/2024, sin atrasos; solo sirve para actualizar la base de 2026 (salario mínimo convenio 2025: 940,42 €/mes) |
| 2026 | 2,75 % | Subida del 2,75 % sobre lo actualizado para 2025, con atrasos desde el 1/1/2026 |
| 2027 | 2,75 % | Subida del 2,75 % con efectos del 1/1/2027 |
Revisión salarial
A 31/12/2029 se suma el exceso de los IPC reales de 2026 a 2029 sobre las subidas pactadas y se aplica a todos los conceptos de 2029, sin atrasos, como base para el siguiente convenio. Las subidas se aplican a todos los conceptos salvo los congelados. (art. 9).
Permisos pagados
3 de los 10 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 22 | 15 | 15 días naturales | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento del cónyugeart. 22 | 4 | 2 días (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento de padres, hijos o hermanosart. 22 | 3 (4 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento de otros parientes hasta 2.º grado (abuelos, nietos, suegros, cuñados…)art. 22 (remite al ET) | 2 (4 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo domiciliario del cónyuge, pareja, parientes hasta 2.º grado o convivienteart. 22 | 5 | 5 días | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Traslado de domicilioart. 22 | 2 | 1 día | Mejora el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público o personal: el tiempo indispensableart. 22 | — | El tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes (enfermedad o accidente que exija presencia inmediata)art. 22 | 4 | 4 días al año (horas) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Imposibilidad de llegar al trabajo por restricciones de las autoridades o riesgo grave (catástrofe, fenómeno meteorológico)art. 22 | 4 | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Exámenes prenatales, preparación al parto y trámites de adopción o acogimiento: el tiempo necesarioart. 35 | — | El tiempo necesario | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Funciones sindicales o de representación del personal | No lo menciona | Las horas que fije la ley | Lo da el Estatuto |
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso
Periodo de prueba
- Grupos III, IV y V: 3 meses
- Grupos I y II: 2 meses
Preaviso si te vas
- Todos los grupos: 4 días
Qué ha cambiado
Avisos oficiales sobre este convenio, del más reciente al más antiguo. Cada uno lleva una etiqueta que dice qué tipo de aviso es.
- Publicado30 de julio de 2026Publicado el convenio de alimentación, detallistas, ultramarinos, supermercados y autoservicios de Cádiz 2025-2029 (FEDECO/CEC, CCOO y UGT), con tablas 2026-2028.Ya consta en el boletín oficial: tiene validez. Ver el aviso oficial
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de alimentación de Cádiz?
Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2025 al 31/12/2029.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de alimentación de Cádiz en 2026?
Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 15.460,64 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de alimentación de Cádiz?
30 días naturales al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Grupos III, IV y V: 3 meses. Grupos I y II: 2 meses.
¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?
Comercio de alimentación y supermercados en otras provincias
A CoruñaAlicanteAlicanteAraba/ÁlavaAsturiasAsturiasBadajozBarcelona
Otros convenios de Cádiz
Campo y agriculturaCampo y agriculturaCampo y agriculturaComercio del metalComercio textilConstrucción
Lo que suele venir después.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz (BOP) (texto del convenio, publicado el 30/7/2026). Revisado el .
Vigente del 1/1/2025 al 31/12/2029 (art. 3); publicado en el boletín oficial de la provincia de Cádiz de 30/07/2026 con tablas de 2026, 2027 y 2028. Los atrasos de 2026 se pagan en la nómina de julio (cláusula adicional I).
Es el convenio de la especialidad de alimentación de Cádiz (detallistas, ultramarinos, supermercados y autoservicios). El comercio que no es de alimentación va al convenio de comercio general de la provincia de Cádiz, que todavía no está cargado aquí.