Convenio colectivo
Industrias de panaderias y expendedurias de pan.
Última actualización: 19 de octubre de 2026
naturales
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tablas salariales 2026
Cada provincia tiene su tabla. Elige la tuya:
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En este sector y lugar hay más de un convenio. Mira cuál es el tuyo:
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Grupo Técnico y Administrativo
- AdministrativoTrabajo de oficina con autonomía: facturas, correspondencia, contabilidad básica. En la tabla cobra 17.759 € al año (puesto 4 de 15 por sueldo).
- Auxiliar AdministrativoApoyo administrativo: archivo, introducción de datos y atención básica, siguiendo instrucciones. En la tabla cobra 15.120 € al año, el más bajo.
- Jefe de fabricaciónDirige un área, una sección o un departamento y toma decisiones sobre ella. En la tabla cobra 22.158 € al año, el sueldo más alto.
- Jefe de tallerReparte el trabajo de un equipo, lo coordina y responde de su resultado. En la tabla cobra 20.398 € al año (puesto 2 de 15 por sueldo).
- Jefe administrativoTrabajo de oficina con autonomía: facturas, correspondencia, contabilidad básica. En la tabla cobra 18.820 € al año (puesto 3 de 15 por sueldo).
Grupo Fabricación
- Maestro EncargadoReparte el trabajo de un equipo, lo coordina y responde de su resultado. En la tabla cobra 17.576 € al año (puesto 5 de 15 por sueldo).
- Oficial de panaderíaLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio. En la tabla cobra 16.657 € al año (puesto 9 de 15 por sueldo).
- AyudanteColabora con un oficial o un técnico y aprende el oficio siguiendo sus indicaciones. En la tabla cobra 15.124 € al año (puesto 14 de 15 por sueldo).
Grupo Transporte y logística
- Conductor repartidorEmpleado con el permiso de conducción adecuado que reparte, vende y cobra entre los centros de producción o distribución y los puntos de venta o clientes. Incluye las antiguas categorías de conductor/a transportista y repartidor/a. En la tabla cobra 15.884 € al año (puesto 12 de 15 por sueldo).
- VendedorEmpleado que realiza las ventas y el cobro, y el acabado de los productos en los centros de trabajo, despachos de pan y puntos de venta, cuidando la limpieza de productos e instalaciones. Incluye a todos los dependientes/as. En la tabla cobra 15.120 € al año, el más bajo.
Grupo Comercial
- Encargado comercialReparte el trabajo de un equipo, lo coordina y responde de su resultado. En la tabla cobra 17.572 € al año (puesto 6 de 15 por sueldo).
- Aprendiz/a de ventasEmpleado ligado a la empresa por contrato de aprendizaje o formación, que realiza tareas simples y colabora con el personal de venta.
Grupo Complementario
- Mecánico de mantenimientoResponsable del buen estado de funcionamiento, mantenimiento y limpieza de máquinas, instalaciones y equipo móvil, con reparaciones generales y verificación de las hechas por otros. Incluye las antiguas categorías de fogonero/a, gasista, encendedor/a, engrasador/a y mecánico/a. En la tabla cobra 15.884 € al año (puesto 11 de 15 por sueldo).
- Operario de limpiezaRealiza la limpieza del centro de trabajo y sus dependencias, cuidando de éstas y de su seguridad en ausencia del resto del personal. En la tabla cobra 15.120 € al año, el más bajo.
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Personas trabajadoras sujetas al convenio; un quinquenio por cada cinco años en la empresa
- Dónde lo dice
- art. 4.B
- Quién lo cobra
- Cada hora trabajada entre las 10 de la noche y las 6 de la mañana
- Dónde lo dice
- art. 4.D
- Quién lo cobra
- Por día festivo nacional, autonómico o local trabajado; además se concede un día de descanso compensatorio
- Dónde lo dice
- art. 5
- Quién lo cobra
- Por cada domingo efectivamente trabajado
- Dónde lo dice
- art. 4.G
- Quién lo cobra
- Solo panaderías semimecanizadas: personal de fabricación y conductor-repartidor
- Dónde lo dice
- art. 4.E
- Quién lo cobra
- Personas de más de 60 años que causen baja definitiva antes de la jubilación legal, salvo por despido o muerte
- Dónde lo dice
- art. 10
- Quién lo cobra
- Todas las personas trabajadoras; un kilogramo y medio diario con tres hijos o más
- Dónde lo dice
- art. 4.C
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 7
Subidas pactadas
| Año | Subida de la tabla | Qué significa |
|---|---|---|
| 2025 | 1,9 % | Panaderías tradicionales: subida del 1’9% en 2025 |
| 2025 | 2,3 % | Panaderías semimecanizadas: subida del 2’3% en 2025 |
| 2026 | 1,9 % | Panaderías tradicionales: subida del 1’9% en 2026 |
| 2026 | 2,3 % | Panaderías semimecanizadas: subida del 2’3% en 2026 |
Revisión salarial
Si el IPC real de cada anualidad supera la subida pactada, la tabla se incrementa en el 50% de la diferencia; si el IPC supera el 5%, la comisión paritaria estudiará fraccionar los atrasos (art. 2).
Permisos pagados
6 de los 8 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonioart. 9.a | 18 | 15 días naturales | Mejora el Estatuto |
| Hospitalización, enfermedad grave o intervención sin hospitalización con reposo de parientes hasta 2.º gradoart. 9.b | 5 (5 con desplazamiento) | 5 días | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 3) |
| Fallecimiento de parientes hasta 2.º gradoart. 9.b | 3 (5 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento de parientes de 3.er gradoart. 9.c | 1 | 2 días (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Boda de hijo, Primera Comunión o Bautizo de hijoart. 9.d | 1 | — | Mejora el Estatuto |
| Traslado de domicilio habitualart. 9.e | 2 | 1 día | Mejora el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público, personal, político y sindicalart. 9.f | — | El tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Examen del carné de conducirart. 9.g | 1 | El tiempo necesario | Mejora el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes | No lo menciona | 4 días al año (horas) | Lo da el Estatuto |
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de industria alimentaria de Sevilla?
Su estado a 19 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2020 al 31/12/2026.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de industria alimentaria de Sevilla en 2026?
Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 15.120,00 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de industria alimentaria de Sevilla?
31 días naturales al año.
¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?
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Lo que suele venir después.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla (BOP) (texto del convenio, publicado el 11/7/2023). Revisado el .
Vigente hasta el 31/12/2026 (art. 2). Tablas publicadas: 2023 (boletín oficial de la provincia 11/07/2023). Sin tablas 2024-2026 en el recorte: la de 2026 es prorrogada, sin las subidas pactadas.