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Convenio colectivo

Industrias de panaderias y expendedurias de pan.

Código de convenio 41002545011991
Publicado el
11/7/2023
Vigencia
1/1/2020 – 31/12/2026
Descargar texto completoDescargar últimas tablas (2026)¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

Jornada al año1.793horas
Vacaciones31días

naturales

Pagas extra3

Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Última subida+2,3 %2026
Tablas salariales 2026
Categorías explicadas

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).

Grupo Técnico y Administrativo

  • AdministrativoTrabajo de oficina con autonomía: facturas, correspondencia, contabilidad básica. En la tabla cobra 17.759 € al año (puesto 4 de 15 por sueldo).
  • Auxiliar AdministrativoApoyo administrativo: archivo, introducción de datos y atención básica, siguiendo instrucciones. En la tabla cobra 15.120 € al año, el más bajo.
  • Jefe de fabricaciónDirige un área, una sección o un departamento y toma decisiones sobre ella. En la tabla cobra 22.158 € al año, el sueldo más alto.
  • Jefe de tallerReparte el trabajo de un equipo, lo coordina y responde de su resultado. En la tabla cobra 20.398 € al año (puesto 2 de 15 por sueldo).
  • Jefe administrativoTrabajo de oficina con autonomía: facturas, correspondencia, contabilidad básica. En la tabla cobra 18.820 € al año (puesto 3 de 15 por sueldo).

Grupo Fabricación

  • Maestro EncargadoReparte el trabajo de un equipo, lo coordina y responde de su resultado. En la tabla cobra 17.576 € al año (puesto 5 de 15 por sueldo).
  • Oficial de panaderíaLo que incluye está definido en el anexo de clasificación del convenio. En la tabla cobra 16.657 € al año (puesto 9 de 15 por sueldo).
  • AyudanteColabora con un oficial o un técnico y aprende el oficio siguiendo sus indicaciones. En la tabla cobra 15.124 € al año (puesto 14 de 15 por sueldo).

Grupo Transporte y logística

  • Conductor repartidorEmpleado con el permiso de conducción adecuado que reparte, vende y cobra entre los centros de producción o distribución y los puntos de venta o clientes. Incluye las antiguas categorías de conductor/a transportista y repartidor/a. En la tabla cobra 15.884 € al año (puesto 12 de 15 por sueldo).
  • VendedorEmpleado que realiza las ventas y el cobro, y el acabado de los productos en los centros de trabajo, despachos de pan y puntos de venta, cuidando la limpieza de productos e instalaciones. Incluye a todos los dependientes/as. En la tabla cobra 15.120 € al año, el más bajo.

Grupo Comercial

  • Encargado comercialReparte el trabajo de un equipo, lo coordina y responde de su resultado. En la tabla cobra 17.572 € al año (puesto 6 de 15 por sueldo).
  • Aprendiz/a de ventasEmpleado ligado a la empresa por contrato de aprendizaje o formación, que realiza tareas simples y colabora con el personal de venta.

Grupo Complementario

  • Mecánico de mantenimientoResponsable del buen estado de funcionamiento, mantenimiento y limpieza de máquinas, instalaciones y equipo móvil, con reparaciones generales y verificación de las hechas por otros. Incluye las antiguas categorías de fogonero/a, gasista, encendedor/a, engrasador/a y mecánico/a. En la tabla cobra 15.884 € al año (puesto 11 de 15 por sueldo).
  • Operario de limpiezaRealiza la limpieza del centro de trabajo y sus dependencias, cuidando de éstas y de su seguridad en ausencia del resto del personal. En la tabla cobra 15.120 € al año, el más bajo.
Pluses, horas extra y subidas

Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla

Plus de antigüedad (quinquenios)Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa.5 % del salario base por cada 5 años (máximo 4)
Quién lo cobra
Personas trabajadoras sujetas al convenio; un quinquenio por cada cinco años en la empresa
Dónde lo dice
art. 4.B
Compensación por trabajo nocturnoLo que se paga de más por trabajar de noche.Importe no cargado para 2026: el recorte solo da el de 2023 (2,59 €/hora) y no se aplican subidas.
Quién lo cobra
Cada hora trabajada entre las 10 de la noche y las 6 de la mañana
Dónde lo dice
art. 4.D
Festivo trabajado (retribución complementaria)Lo que se paga de más por trabajar en festivo.Importe no cargado para 2026: el recorte solo da el de 2023 (15,63 €/día).
Quién lo cobra
Por día festivo nacional, autonómico o local trabajado; además se concede un día de descanso compensatorio
Dónde lo dice
art. 5
Plus de trabajo en domingoLo que se paga de más por trabajar en domingo.Importe no cargado para 2026: el recorte solo da el de 2023 (3,90 €).
Quién lo cobra
Por cada domingo efectivamente trabajado
Dónde lo dice
art. 4.G
Plus de calidad y cantidadLo que se paga según resultados o rendimiento.Importes no cargados para 2026: el recorte solo da el de 2023 (62,14 €).
Quién lo cobra
Solo panaderías semimecanizadas: personal de fabricación y conductor-repartidor
Dónde lo dice
art. 4.E
Gratificación por continuidad (pago único)Cuantías no cargadas para 2026: el recorte solo da las de 2023, que se revalorizan con la subida pactada.
Quién lo cobra
Personas de más de 60 años que causen baja definitiva antes de la jubilación legal, salvo por despido o muerte
Dónde lo dice
art. 10
Pan diario (retribución en especie)Un kilogramo de pan diario en especie
Quién lo cobra
Todas las personas trabajadoras; un kilogramo y medio diario con tres hijos o más
Dónde lo dice
art. 4.C

Horas extra

Las horas que trabajas por encima de tu jornada.se pagan con un recargo del 75 % sobre la hora ordinaria. Compensables en descanso en igual proporción, por acuerdo entre empresa y persona trabajadora (art. 7).
Dónde lo dice
art. 7

Subidas pactadas

AñoSubida de la tablaQué significa
20251,9 %Panaderías tradicionales: subida del 1’9% en 2025
20252,3 %Panaderías semimecanizadas: subida del 2’3% en 2025
20261,9 %Panaderías tradicionales: subida del 1’9% en 2026
20262,3 %Panaderías semimecanizadas: subida del 2’3% en 2026

Revisión salarial

Si el IPC real de cada anualidad supera la subida pactada, la tabla se incrementa en el 50% de la diferencia; si el IPC supera el 5%, la comisión paritaria estudiará fraccionar los atrasos (art. 2).

Permisos pagados

6 de los 8 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.

PermisoEn tu convenioLo que da el EstatutoResultado
Matrimonioart. 9.a1815 días naturalesMejora el Estatuto
Hospitalización, enfermedad grave o intervención sin hospitalización con reposo de parientes hasta 2.º gradoart. 9.b5 (5 con desplazamiento)5 díasTe corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 3)
Fallecimiento de parientes hasta 2.º gradoart. 9.b3 (5 con desplazamiento)2 días (4 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Fallecimiento de parientes de 3.er gradoart. 9.c12 días (4 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Boda de hijo, Primera Comunión o Bautizo de hijoart. 9.d1—Mejora el Estatuto
Traslado de domicilio habitualart. 9.e21 díaMejora el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público, personal, político y sindicalart. 9.f—El tiempo indispensableIgual o sin mínimo en el Estatuto
Examen del carné de conducirart. 9.g1El tiempo necesarioMejora el Estatuto
Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET).
Lactancia de un menor de 9 mesesNo lo menciona1 hora al díaLo da el Estatuto
Fuerza mayor por motivos familiares urgentesNo lo menciona4 días al año (horas)Lo da el Estatuto
Preguntas frecuentes

¿Está vigente el convenio de industria alimentaria de Sevilla?

Su estado a 19 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2020 al 31/12/2026.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de industria alimentaria de Sevilla en 2026?

Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 15.120,00 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de industria alimentaria de Sevilla?

31 días naturales al año.

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Lo que suele venir después.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla (BOP) (texto del convenio, publicado el 11/7/2023). Revisado el .

Vigente hasta el 31/12/2026 (art. 2). Tablas publicadas: 2023 (boletín oficial de la provincia 11/07/2023). Sin tablas 2024-2026 en el recorte: la de 2026 es prorrogada, sin las subidas pactadas.