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Convenio colectivo

Convenio Colectivo de trabajo para las actividades agropecuarias en la provincia de Jaén 2022/2023, 2023/2024, 2024/2025 y 2025/2026.

Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.

Código de convenio 23000165011981
Publicado el
6/3/2023
Vigencia
1/10/2022 – 30/9/2026

Última actualización: 16 de octubre de 2026

Vacaciones30días

naturales

Pagas extra3

Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Última subida+2,0 %2025
Próxima subidaPor fijar

Revisión pendiente de 2026.

Tablas salariales 2026

Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

CategoríaAl mesAl año (bruto)
Personal eventual y fijo discontinuoPuestos: peón, recolector de aceituna, tractorista, regador.
Obreros agropecuarios en faenas no recogidas en la tabla63,12 €/día—
Menores de 16 a 18 años63,12 €/día—
Capataces, manijeros o encargados67,18 €/día—
Tractoristas, maquinistas, manipuladores de motocultores y conductor de carretillas68,33 €/día—
Ganaderos, vaqueros y muleros63,12 €/día—
Riego a pie69,38 €/día—
Riego por aspersión y goteo68,33 €/día—
Escarda química, repartidores de abonos, tratamiento de plagas y aplicador de fitosanitarios68,85 €/día—
Injerto y poda · Maestro73,46 €/día—
Injerto y poda · Podador con máquina73,46 €/día—
Injerto y poda · Oficial68,85 €/día—
Injerto y poda · Manipulador de desbrozadora70,89 €/día—
Siega en cereales · Hombres y mujeres73,46 €/día—
Siega en cereales · Menores de 16 a 18 años73,46 €/día—
Siega a máquina · Maquinista conductor73,46 €/día—
Siega a máquina · Trabajadores con trilladora70,64 €/día—
Siega a máquina · Obreros en general, barcinadores y transportadores de grano68,85 €/día—
Siega a máquina · Obreros en general menores de 16 años68,85 €/día—
Aceituna · Vareadores/as64,46 €/día—
Aceituna · Recogedores/as64,46 €/día—
Aceituna · Auxiliares de recolección64,46 €/día—
Aceituna · Vareador auxiliar de vibrador autopropulsado67,36 €/día—
Aceituna · Vareador con vara mecánica67,36 €/día—
Almacén · Encargado de almacén67,18 €/día—
Almacén · Auxiliar de almacén63,12 €/día—
Personal fijoPuestos: capataz, tractorista, ganadero, hortelano, casero, guarda.
Capataces, manijeros o encargados · Fijos39,98 €/día18.190,90 €
Encargado de almacén · Fijos39,98 €/día18.190,90 €
Tractoristas · Fijos40,67 €/día18.504,85 €
Ganaderos, vaqueros y muleros · Fijos37,57 €/día17.094,35 €
Hortelanos · Fijos37,57 €/día17.094,35 €
Caseros · Fijos37,57 €/día17.094,35 €
Guardas · Fijos37,57 €/día17.094,35 €
De oficios clásicos · Fijos43,73 €/día19.897,15 €
Auxiliar de almacén · Fijos37,57 €/día17.094,35 €
Obreros agropecuarios en faenas no recogidas en la tabla · Fijos37,57 €/día17.094,35 €
Menores de 16 a 18 años · Fijos37,57 €/día17.094,35 €
Técnicos · Fijos1.681,22 €25.218,30 €
Administrativos · Fijos1.467,00 €22.005,00 €

Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos

Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Tabla 2025 · Tabla 2026

Categorías explicadas

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).

Personal eventual y fijo discontinuo

Cobra un importe por día trabajado que ya incluye la parte proporcional de domingos, festivos, gratificaciones y vacaciones (art. 25).

  • Obreros agropecuarios en faenas no recogidas en la tablaPor ejemplo: peón agrícola, jornalero, peón de campo.
  • Menores de 16 a 18 añosPor ejemplo: peón menor, jornalero menor de edad.
  • Capataces, manijeros o encargadosPor ejemplo: capataz, manijero, encargado de finca, jefe de cuadrilla.
  • Tractoristas, maquinistas, manipuladores de motocultores y conductor de carretillasPor ejemplo: tractorista, maquinista, conductor de motocultor, carretillero.
  • Ganaderos, vaqueros y mulerosPor ejemplo: ganadero, vaquero, mulero, pastor.
  • Riego a piePor ejemplo: regador a pie, regador de acequia.
  • Riego por aspersión y goteoPor ejemplo: regador de goteo, regador por aspersión.
  • Escarda química, repartidores de abonos, tratamiento de plagas y aplicador de fitosanitariosPor ejemplo: aplicador de fitosanitarios, fumigador, repartidor de abonos.
  • Injerto y poda · MaestroPor ejemplo: maestro.
  • Injerto y poda · Podador con máquinaPor ejemplo: podador con máquina.
  • Injerto y poda · OficialPor ejemplo: oficial.
  • Injerto y poda · Manipulador de desbrozadoraPor ejemplo: manipulador de desbrozadora.
  • Siega en cereales · Hombres y mujeresPor ejemplo: hombres y mujeres.
  • Siega en cereales · Menores de 16 a 18 añosPor ejemplo: peón menor, jornalero menor de edad.
  • Siega a máquina · Maquinista conductorPor ejemplo: maquinista conductor.
  • Siega a máquina · Trabajadores con trilladoraPor ejemplo: trabajadores con trilladora.
  • Siega a máquina · Obreros en general, barcinadores y transportadores de granoPor ejemplo: obreros en general, barcinadores y transportadores de grano.
  • Siega a máquina · Obreros en general menores de 16 añosPor ejemplo: obreros en general menores de 16 años.
  • Aceituna · Vareadores/asPor ejemplo: vareadores/as.
  • Aceituna · Recogedores/asPor ejemplo: recogedores/as.
  • Aceituna · Auxiliares de recolecciónPor ejemplo: auxiliares de recolección.
  • Aceituna · Vareador auxiliar de vibrador autopropulsadoPor ejemplo: vareador auxiliar de vibrador autopropulsado.
  • Aceituna · Vareador con vara mecánicaPor ejemplo: vareador con vara mecánica.
  • Almacén · Encargado de almacénPor ejemplo: encargado de almacén.
  • Almacén · Auxiliar de almacénPor ejemplo: auxiliar de almacén.

Personal fijo

Personal fijo de la explotación: cobra salario por día (o por mes en técnicos y administrativos) más tres gratificaciones extraordinarias (art. 20).

  • Capataces, manijeros o encargados · FijosPor ejemplo: capataz, manijero, encargado de finca, jefe de cuadrilla. En la tabla cobra 18.191 € al año (puesto 5 de 6 por sueldo).
  • Encargado de almacén · FijosPor ejemplo: encargado de almacén. En la tabla cobra 18.191 € al año (puesto 5 de 6 por sueldo).
  • Tractoristas · FijosPor ejemplo: tractoristas. En la tabla cobra 18.505 € al año (puesto 4 de 6 por sueldo).
  • Ganaderos, vaqueros y muleros · FijosPor ejemplo: ganadero, vaquero, mulero, pastor. En la tabla cobra 17.094 € al año, el más bajo.
  • Hortelanos · FijosPor ejemplo: hortelanos. En la tabla cobra 17.094 € al año, el más bajo.
  • Caseros · FijosPor ejemplo: caseros. En la tabla cobra 17.094 € al año, el más bajo.
  • Guardas · FijosPor ejemplo: guardas. En la tabla cobra 17.094 € al año, el más bajo.
  • De oficios clásicos · FijosPor ejemplo: de oficios clásicos. En la tabla cobra 19.897 € al año (puesto 3 de 6 por sueldo).
  • Auxiliar de almacén · FijosPor ejemplo: auxiliar de almacén. En la tabla cobra 17.094 € al año, el más bajo.
  • Obreros agropecuarios en faenas no recogidas en la tabla · FijosPor ejemplo: peón agrícola, jornalero, peón de campo. En la tabla cobra 17.094 € al año, el más bajo.
  • Menores de 16 a 18 años · FijosPor ejemplo: peón menor, jornalero menor de edad. En la tabla cobra 17.094 € al año, el más bajo.
  • Técnicos · FijosPor ejemplo: técnicos. En la tabla cobra 25.218 € al año, el sueldo más alto.
  • Administrativos · FijosPor ejemplo: administrativos. En la tabla cobra 22.005 € al año (puesto 2 de 6 por sueldo).
Pluses, horas extra y subidas

Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla

Aumentos por años de servicio (jornales)Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa.Jornales de aumento según años de servicio: 2 años, 3 jornales; 3 años, 4; 4 años, 8; 5 años, 11; 6 años, 14; 7 años, 17; 8 años, 20; 9 años, 23; 10 años, 26; y así, por cada año más, tres jornales más (20 años, 56)
Quién lo cobra
Toda la plantilla, según los años de servicio
Dónde lo dice
art. 19
Plus de nocturnidadLo que se paga de más por trabajar de noche.45 % sobre la hora ordinaria por hora
Quién lo cobra
Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00
Dónde lo dice
art. 15
Dieta completaLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo.31,65 € por día
Quién lo cobra
Jornada fuera del centro de trabajo con pernocta fuera de la vivienda habitual (además se sufragan los gastos)
Dónde lo dice
art. 21
Media dietaLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo.14,00 € por día
Quién lo cobra
Mismo supuesto del art. 21, para el periodo de media dieta
Dónde lo dice
art. 21
Transporte en vehículo propioLo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo.0,30 €
Quién lo cobra
Si por acuerdo se usa vehículo propio y el tajo está a 2 km o más de la población; no procede si hay alojamiento en la finca a menos de 2 km o la empresa pone transporte
Dónde lo dice
art. 13
Cantidad por suspensión del trabajo por inclemencias12,00 €
Quién lo cobra
Personal eventual y temporero que se presenta en el lugar de trabajo y el trabajo se suspende antes de iniciarse.
Dónde lo dice
art. 12
Cuida de ganadoPor un par de mulos 4,38 €; por dos pares 6,57 €; por tres pares 8,62 € (euros por día)
Quién lo cobra
Tarea de cuida de ganado mular, según el número de pares
Dónde lo dice
tabla salarial

Horas extra

Las horas que trabajas por encima de tu jornada.se pagan con un recargo del 75 % sobre la hora ordinaria (art. 14).
Dónde lo dice
art. 14

Subidas pactadas

AñoSubida de la tablaQué significa
20252 %Cuarto año (2025/2026): subida del 2 % sobre las tablas vigentes, aplicando el art. 5, según el acta de la comisión paritaria de 31/10/2025 (UGT y CCOO la califican de provisional)
2026Por fijarTabla de 2025/2026 adaptada al SMI de 2026 (RD 126/2026) con efectos desde el 1/1/2026, por acuerdo de la comisión paritaria de 24/03/2026

Revisión salarial

Se mantienen las diferencias absolutas en euros entre categorías; si el SMI absorbe el salario agrícola, la comisión paritaria confecciona nuevas tablas. Subida: 3,25 % el primer año; el segundo año el IPC real de Jaén con mínimo 1 % y máximo 3,5 %; tercer y cuarto año el IPC real con mínimo 1,5 % y máximo 3,5 % (art. 5).

Permisos pagados

6 de los 10 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.

PermisoEn tu convenioLo que da el EstatutoResultado
Matrimonio o pareja de hechoart. 101515 días naturalesIgual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento de cónyuge, hijos, padres o hermanosart. 1052 días (4 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Fallecimiento de abuelos, nietos, sobrinos o hermanos políticosart. 1022 días (4 con desplazamiento)Igual o sin mínimo en el Estatuto
Alumbramiento de esposa o compañera (con convivencia acreditada)art. 104—Mejora el Estatuto
Boda o bautizo de hijosart. 102—Mejora el Estatuto
Intervención quirúrgica o enfermedad grave del cónyuge, padres, hijos, hermanos o padres políticosart. 1055 díasTe corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 4)
Deber público o sindicalart. 10—Las horas que fije la leyIgual o sin mínimo en el Estatuto
Traslado de domicilio habitualart. 1021 díaMejora el Estatuto
Formaciónart. 107—Mejora el Estatuto
Asuntos propiosart. 101—Mejora el Estatuto
Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET).
Deber inexcusable de carácter público y personalNo lo mencionaEl tiempo indispensableLo da el Estatuto
Exámenes prenatales y preparación al partoNo lo mencionaEl tiempo necesarioLo da el Estatuto
Lactancia de un menor de 9 mesesNo lo menciona1 hora al díaLo da el Estatuto
Fuerza mayor por motivos familiares urgentesNo lo menciona4 días al año (horas)Lo da el Estatuto
Periodo de prueba y preaviso

Periodo de prueba

  • Personal técnico: 5 meses
  • Administrativos: 3 meses
  • Encargados y capataces: 3 meses
  • Tractoristas y maquinistas: 1 mes
  • Especialistas: 2 meses
  • Guardas y caseros: 1 mes
  • Oficios clásicos: 2 meses
  • Personal no cualificado: 14 días

Preaviso si te vas

El convenio no fija preaviso de dimisión.

Preguntas frecuentes

¿Está vigente el convenio de campo y agricultura de Jaén?

Su estado a 16 de octubre de 2026 es: caducado, pero se sigue aplicando. Vigencia del 1/10/2022 al 30/9/2026.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de campo y agricultura de Jaén en 2026?

El importe más bajo de la tabla es 17.094,35 € brutos al año a jornada completa (Ganaderos, vaqueros y muleros · Fijos).

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de campo y agricultura de Jaén?

30 días naturales al año.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Personal técnico: 5 meses. Administrativos: 3 meses. Encargados y capataces: 3 meses. Tractoristas y maquinistas: 1 mes. Especialistas: 2 meses. Guardas y caseros: 1 mes. Oficios clásicos: 2 meses. Personal no cualificado: 14 días.

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Lo que suele venir después.

Fuente: edicto 826/2023 (Boletín Oficial de la Provincia de Jaén (BOP), texto del convenio, publicado el 6/3/2023). Revisado el .

Tabla: edicto 1530/2026 (BOP Jaén, tabla salarial 2026, publicado el 15/4/2026).

Vigencia pactada de cuatro años, del 1/10/2022 al 30/9/2026; el art. 4 lo da por denunciado desde la firma. Sin nuevo convenio a 16/10/2026: sigue aplicándose en ultraactividad (art. 86.4 ET). Última tabla: campaña 2025/2026 (adaptada al SMI desde el 1/1/2026); no hay tabla posterior publicada.

Convenio general del campo (actividades agropecuarias) de la provincia de Jaén. Está denunciado y en ultraactividad desde el 1/10/2026.