Convenio colectivo
Convenio colectivo de trabajo, ámbito provincial, de los sectores de comercio de la piel y comercio textil de la provincia de León para los años 2022, 2023, 2024 y 2025.
Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
- Convenios colectivos
- Calendario laboral
- Entiende tu nómina
- Salario neto
- Calcula tu salario
- Atrasos
- Indemnización
- Liquidación y finiquito
- Prestación por desempleo
- Despido: todo lo que tienes que saber
- Jubilación y prejubilación
- Baja por nacimiento y cuidado
- Carta de renuncia
- Papeleta de conciliación
- Alegaciones a una sanción
- Adaptación de jornada
- Reducción de jornada
- Excedencia
naturales
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tablas salariales 2026
Tabla provisional: el convenio no ha publicado aún la tabla de 2026; mostramos la de 2025 en ultraactividad. Puede cambiar cuando se publique la revisión.
Salario de tabla, bruto, sin antigüedad ni pluses personales.
Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)
57 de 83 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Grupo profesional I del comercio textilPuestos: titulado/a superior, director/a. | ||
| Titulado/a superior | 1.420,59 € | 21.308,85 € |
| Director/a · Textil | 1.420,59 € | 21.308,85 € |
| Grupo profesional II del comercio textilPuestos: titulado/a medio, jefe/a de división. | ||
| Titulado/a medio · Textil | 1.325,88 € | 19.888,20 € |
| Jefe/a de división · Textil | 1.325,88 € | 19.888,20 € |
| Grupo profesional III del comercio textilPuestos: jefe/a de personal, jefe/a de compras, jefe/a de ventas, jefe/a de administración. | ||
| Jefe/a de personal | 1.251,14 € | 18.767,10 € |
| Jefe/a de compras · Textil | 1.251,14 € | 18.767,10 € |
| Jefe/a de ventas · Textil | 1.251,14 € | 18.767,10 € |
| Jefe/a de administración | 1.251,14 € | 18.767,10 € |
| Encargado/a general · Textil | 1.251,14 € | 18.767,10 € |
| Grupo profesional IV del comercio textilPuestos: jefe/a de almacén, jefe/a de sucursal, jefe/a de sección mercantil o tienda y responsable de sección, encargado/a de establecimiento. | ||
| Jefe/a de almacén | 1.222,89 € | 18.343,35 € |
| Jefe/a de sucursal · Textil | 1.222,89 € | 18.343,35 € |
| Jefe/a de sección mercantil o tienda y responsable de sección | 1.222,89 € | 18.343,35 € |
| Encargado/a de establecimiento · Textil | 1.222,89 € | 18.343,35 € |
| Cajero/a central | 1.222,89 € | 18.343,35 € |
| Comercial o coordinador/a | 1.222,89 € | 18.343,35 € |
| Encargado/a 2.º | 1.222,89 € | 18.343,35 € |
| Grupo profesional V del comercio textilPuestos: contable, cajero/a, dibujante, escaparatista. | ||
| Contable · Textil SMI | 1.091,64 € | 16.374,60 € |
| Cajero/a · Textil SMI | 1.091,64 € | 16.374,60 € |
| Dibujante SMI | 1.091,64 € | 16.374,60 € |
| Escaparatista SMI | 1.091,64 € | 16.374,60 € |
| Programador/a de ordenadores SMI | 1.091,64 € | 16.374,60 € |
| Dependiente/a · Textil SMI | 1.091,64 € | 16.374,60 € |
| Viajante · Textil SMI | 1.091,64 € | 16.374,60 € |
| Oficial administrativo/a · Textil SMI | 1.091,64 € | 16.374,60 € |
| Corredor/a de plaza SMI | 1.091,64 € | 16.374,60 € |
| Grupo profesional VI del comercio textilPuestos: profesional de oficio de 1.ª, visitador/a, conductor/a de 1.ª. | ||
| Profesional de oficio de 1.ª · Textil SMI | 1.051,75 € | 15.776,25 € |
| Visitador/a SMI | 1.051,75 € | 15.776,25 € |
| Conductor/a de 1.ª · Textil SMI | 1.051,75 € | 15.776,25 € |
| Grupo profesional VII del comercio textilPuestos: profesional de oficio de 2.ª, rotulista, auxiliar administrativo/a, auxiliar de caja. | ||
| Profesional de oficio de 2.ª · Textil SMI | 1.020,19 € | 15.302,85 € |
| Rotulista SMI | 1.020,19 € | 15.302,85 € |
| Auxiliar administrativo/a · Textil SMI | 1.020,19 € | 15.302,85 € |
| Auxiliar de caja · Textil SMI | 1.020,19 € | 15.302,85 € |
| Conductor/a de 2.ª · Textil SMI | 1.020,19 € | 15.302,85 € |
| Mozo/a especializado/a · Textil SMI | 1.020,19 € | 15.302,85 € |
| Grupo profesional VIII del comercio textilPuestos: ayudante de oficio, ayudante de dependiente/a, mozo/a, cobrador/a. | ||
| Ayudante de oficio · Textil SMI | 986,55 € | 14.798,25 € |
| Ayudante de dependiente/a · Textil SMI | 986,55 € | 14.798,25 € |
| Mozo/a · Textil SMI | 986,55 € | 14.798,25 € |
| Cobrador/a · Textil SMI | 986,55 € | 14.798,25 € |
| Vigilante o sereno/a SMI | 986,55 € | 14.798,25 € |
| Ordenanza SMI | 986,55 € | 14.798,25 € |
| Personal de limpieza SMI | 986,55 € | 14.798,25 € |
| Empaquetador/a SMI | 986,55 € | 14.798,25 € |
| Nivel I del comercio de la pielPuestos: director/a, titulado/a de grado superior. | ||
| Director/a · Piel | 1.559,62 € | 23.394,30 € |
| Titulado/a de grado superior | 1.559,62 € | 23.394,30 € |
| Nivel II del comercio de la pielPuestos: titulado/a medio, jefe/a de división. | ||
| Titulado/a medio · Piel | 1.339,70 € | 20.095,50 € |
| Jefe/a de división · Piel | 1.339,70 € | 20.095,50 € |
| Nivel III del comercio de la pielPuestos: encargado/a general, jefe/a de compras, jefe/a de ventas, jefe/a administrativo/a. | ||
| Encargado/a general · Piel | 1.158,21 € | 17.373,15 € |
| Jefe/a de compras · Piel | 1.158,21 € | 17.373,15 € |
| Jefe/a de ventas · Piel | 1.158,21 € | 17.373,15 € |
| Jefe/a administrativo/a | 1.158,21 € | 17.373,15 € |
| Nivel IV del comercio de la pielPuestos: jefe/a de sucursal, encargado/a de establecimiento. | ||
| Jefe/a de sucursal · Piel SMI | 1.135,86 € | 17.037,90 € |
| Encargado/a de establecimiento · Piel SMI | 1.135,86 € | 17.037,90 € |
| Nivel V del comercio de la pielPuestos: viajante, contable, cajero/a, oficial administrativo/a. | ||
| Viajante · Piel SMI | 1.046,81 € | 15.702,15 € |
| Contable · Piel SMI | 1.046,81 € | 15.702,15 € |
| Cajero/a · Piel SMI | 1.046,81 € | 15.702,15 € |
| Oficial administrativo/a · Piel SMI | 1.046,81 € | 15.702,15 € |
| Dependiente/a · Piel SMI | 1.046,81 € | 15.702,15 € |
| Nivel VI del comercio de la pielPuestos: conductor/a de 1.ª, profesional de oficio de 1.ª, auxiliar de caja. | ||
| Conductor/a de 1.ª · Piel SMI | 1.031,72 € | 15.475,80 € |
| Profesional de oficio de 1.ª · Piel SMI | 1.031,72 € | 15.475,80 € |
| Auxiliar de caja · Piel SMI | 1.031,72 € | 15.475,80 € |
| Nivel VII del comercio de la pielPuestos: profesional de oficio de 2.ª, conductor/a de 2.ª, auxiliar administrativo/a, mozo/a especializado/a. | ||
| Profesional de oficio de 2.ª · Piel SMI | 1.031,72 € | 15.475,80 € |
| Conductor/a de 2.ª · Piel SMI | 1.031,72 € | 15.475,80 € |
| Auxiliar administrativo/a · Piel SMI | 1.031,72 € | 15.475,80 € |
| Mozo/a especializado/a · Piel SMI | 1.031,72 € | 15.475,80 € |
| Nivel VIII del comercio de la pielPuestos: ayudante de dependiente/a, ayudante de oficio, mozo/a, cobrador/a. | ||
| Ayudante de dependiente/a · Piel SMI | 1.031,72 € | 15.475,80 € |
| Ayudante de oficio · Piel SMI | 1.031,72 € | 15.475,80 € |
| Mozo/a · Piel SMI | 1.031,72 € | 15.475,80 € |
| Cobrador/a · Piel SMI | 1.031,72 € | 15.475,80 € |
| Grupo Talleres de confección de la piel | ||
| Encargado/a o maestro/a | 1.237,74 € | 17.328,36 € |
| Patronista SMI | 1.105,41 € | 15.475,74 € |
| Oficial/a 1.ª SMI | 1.137,82 € | 15.929,48 € |
| Oficial/a 2.ª SMI | 1.105,41 € | 15.475,74 € |
| Oficial/a 3.ª SMI | 1.105,41 € | 15.475,74 € |
| Ayudante de cortador/a SMI | 1.105,41 € | 15.475,74 € |
| Oficial/a de visón SMI | 1.105,41 € | 15.475,74 € |
| Oficial maquinista 1.ª SMI | 1.105,41 € | 15.475,74 € |
| Oficial maquinista 2.ª SMI | 1.105,41 € | 15.475,74 € |
| Oficial maquinista 3.ª SMI | 1.105,41 € | 15.475,74 € |
| Oficial forrador/a 1.ª SMI | 1.105,41 € | 15.475,74 € |
| Oficial forrador/a 2.ª SMI | 1.105,41 € | 15.475,74 € |
Ver las 83 categorías en la tabla 2026
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Grupo profesional I del comercio textil
- Titulado/a superiorPersona con título de grado superior que ejerce en la empresa, de forma permanente y con responsabilidad directa, las funciones propias de su profesión, sin sujeción a aranceles. En la tabla cobra 21.309 € al año (puesto 2 de 17 por sueldo).
- Director/a · TextilA las órdenes inmediatas de la empresa y participando en su política, dirige, coordina y se responsabiliza de las actividades a su cargo. En la tabla cobra 21.309 € al año (puesto 2 de 17 por sueldo).
Grupo profesional II del comercio textil
- Titulado/a medio · TextilPersona con título de grado medio que ejerce las funciones propias de su profesión en las mismas condiciones que el titulado superior. En la tabla cobra 19.888 € al año (puesto 4 de 17 por sueldo).
- Jefe/a de división · TextilA las órdenes de un director, coordina y ejecuta bajo su responsabilidad las normas para organizar la división comercial a su cargo. En la tabla cobra 19.888 € al año (puesto 4 de 17 por sueldo).
Grupo profesional III del comercio textil
- Jefe/a de personalAl frente de todo el personal de la empresa, dicta las normas de organización y distribución del trabajo y decide permisos y propuestas de sanción. En la tabla cobra 18.767 € al año (puesto 5 de 17 por sueldo).
- Jefe/a de compras · TextilHace de forma permanente las compras generales de las mercancías de la actividad comercial de la empresa. En la tabla cobra 18.767 € al año (puesto 5 de 17 por sueldo).
- Jefe/a de ventas · TextilDirige y controla todas las operaciones de venta del establecimiento y fija los criterios con que deben hacerse. En la tabla cobra 18.767 € al año (puesto 5 de 17 por sueldo).
- Jefe/a de administraciónAsume con plenas facultades la dirección o vigilancia de todas las funciones administrativas de una empresa que las tiene repartidas en varias secciones. En la tabla cobra 18.767 € al año (puesto 5 de 17 por sueldo).
- Encargado/a general · TextilEstá al frente de un establecimiento del que dependen sucursales en distintas plazas, o dirige varias sucursales de una misma plaza. En la tabla cobra 18.767 € al año (puesto 5 de 17 por sueldo).
Grupo profesional IV del comercio textil
- Jefe/a de almacénEstá al frente de un almacén: reposición, recepción, conservación y marcado de mercancías, registro de entradas y salidas, distribución y cumplimiento de pedidos. En la tabla cobra 18.343 € al año (puesto 6 de 17 por sueldo).
- Jefe/a de sucursal · TextilEstá al frente de una sucursal y ejerce por delegación funciones propias de la empresa. En la tabla cobra 18.343 € al año (puesto 6 de 17 por sueldo).
- Jefe/a de sección mercantil o tienda y responsable de secciónEstá al frente de una sección, con mando directo sobre su personal; interviene en las ventas, organiza el trabajo y orienta sobre compras y exhibición de mercancías. En la tabla cobra 18.343 € al año (puesto 6 de 17 por sueldo).
- Encargado/a de establecimiento · TextilEstá al frente de un establecimiento bajo la dependencia directa de la empresa: verifica las compras, retira los pedidos, hace los ingresos, etc. En la tabla cobra 18.343 € al año (puesto 6 de 17 por sueldo).
- Cajero/a centralEstá al frente de la caja central: cobros, devoluciones, facturas y cambios, y verifica los cierres de las cajas auxiliares. En la tabla cobra 18.343 € al año (puesto 6 de 17 por sueldo).
- Comercial o coordinador/aAdapta el funcionamiento de la tienda a la política comercial de la empresa: análisis de rankings, informes, coordinación, imagen de la tienda y autorización de devoluciones. En la tabla cobra 18.343 € al año (puesto 6 de 17 por sueldo).
- Encargado/a 2.ºOcupa un cargo inferior al de encargado y lo sustituye en todas sus funciones en determinadas circunstancias. En la tabla cobra 18.343 € al año (puesto 6 de 17 por sueldo).
Grupo profesional V del comercio textil
- Contable · TextilLleva la contabilidad; en la categoría se incluyen contables y cajeros no comprendidos en las anteriores. En la tabla cobra 16.375 € al año (puesto 10 de 17 por sueldo).
- Cajero/a · TextilCobra las ventas de la empresa y hace su caja: marca en caja los artículos del cliente, cobra y da cambio, y conoce los medios técnicos de su función. En la tabla cobra 16.375 € al año (puesto 10 de 17 por sueldo).
- DibujanteHace con iniciativa propia dibujos artísticos de su competencia profesional. En la tabla cobra 16.375 € al año (puesto 10 de 17 por sueldo).
- EscaparatistaSe ocupa de forma principal de decorar interiores, escaparates y vitrinas para exponer los artículos de venta. En la tabla cobra 16.375 € al año (puesto 10 de 17 por sueldo).
- Programador/a de ordenadoresManeja máquinas de proceso de datos contables o auxiliares que, por su complejidad, exigen conocimientos de sus técnicas y sistemas. En la tabla cobra 16.375 € al año (puesto 10 de 17 por sueldo).
- Dependiente/a · TextilRealiza las ventas con conocimientos prácticos de los artículos que despacha, orienta al público, cuida el recuento y la reposición de mercancías y su exhibición en escaparates y vitrinas. En la tabla cobra 16.375 € al año (puesto 10 de 17 por sueldo).
- Viajante · TextilAl servicio de una sola empresa, hace viajes habituales según una ruta fijada para ofrecer artículos, tomar pedidos e informar a los clientes. En la tabla cobra 16.375 € al año (puesto 10 de 17 por sueldo).
- Oficial administrativo/a · TextilCon conocimientos técnicos y prácticos de la vida mercantil, hace trabajos que exigen iniciativa: correspondencia, contratos mercantiles corrientes, estadísticas, informes, contabilidad, seguros sociales. En la tabla cobra 16.375 € al año (puesto 10 de 17 por sueldo).
- Corredor/a de plazaHace lo mismo que el viajante en establecimientos o casas particulares de la misma localidad donde está el establecimiento al que sirve. En la tabla cobra 16.375 € al año (puesto 10 de 17 por sueldo).
Grupo profesional VI del comercio textil
- Profesional de oficio de 1.ª · TextilHace los trabajos propios de un oficio clásico que normalmente requiere aprendizaje; se adscribe a oficial de primera quien trabaja con iniciativa y responsabilidad propias, con esmero y buen rendimiento. En la tabla cobra 15.776 € al año (puesto 12 de 17 por sueldo).
- Visitador/aHace por cuenta de la empresa gestiones, visitas y encuestas comerciales, administrativas o de relaciones públicas. En la tabla cobra 15.776 € al año (puesto 12 de 17 por sueldo).
- Conductor/a de 1.ª · TextilConduce vehículos de motor y sabe hacer pequeñas reparaciones de mecánica. En la tabla cobra 15.776 € al año (puesto 12 de 17 por sueldo).
Grupo profesional VII del comercio textil
- Profesional de oficio de 2.ª · TextilHace los trabajos propios de un oficio clásico que normalmente requiere aprendizaje; se adscribe a oficial de segunda quien trabaja con iniciativa y responsabilidad propias, con esmero y buen rendimiento. En la tabla cobra 15.303 € al año (puesto 16 de 17 por sueldo).
- RotulistaHace en exclusiva para una empresa toda clase de rótulos, carteles y trabajos semejantes. En la tabla cobra 15.303 € al año (puesto 16 de 17 por sueldo).
- Auxiliar administrativo/a · TextilCon conocimientos administrativos generales, ayuda a oficiales y jefes en correspondencia de trámite, facturas, liquidaciones, mecanografía, etc. En la tabla cobra 15.303 € al año (puesto 16 de 17 por sueldo).
- Auxiliar de caja · TextilCobra las ventas al contado, revisa los talones de caja, redacta facturas y recibos y hace operaciones semejantes. En la tabla cobra 15.303 € al año (puesto 16 de 17 por sueldo).
- Conductor/a de 2.ª · TextilConduce vehículos de motor sin conocimientos para hacer pequeñas reparaciones de mecánica. En la tabla cobra 15.303 € al año (puesto 16 de 17 por sueldo).
- Mozo/a especializado/a · TextilHace trabajos concretos que exigen cierta práctica sin ser un oficio ni implicar venta: enfardar o embalar, reparto y facturación, pesar mercancías. En la tabla cobra 15.303 € al año (puesto 16 de 17 por sueldo).
Grupo profesional VIII del comercio textil
- Ayudante de oficio · TextilTras el aprendizaje, hace trabajos sencillos propios del oficio y colabora con los oficiales de primera y segunda. En la tabla cobra 14.798 € al año, el más bajo.
- Ayudante de dependiente/a · TextilTras el aprendizaje, ayuda a los dependientes y puede hacer por sí mismo operaciones de venta. En la tabla cobra 14.798 € al año, el más bajo.
- Mozo/a · TextilTransporta mercancías dentro y fuera del establecimiento, hace los paquetes corrientes y los reparte o hace trabajos de esfuerzo muscular; puede encargarse de limpiar el establecimiento. En la tabla cobra 14.798 € al año, el más bajo.
- Cobrador/a · TextilHace de forma habitual cobros y pagos fuera del establecimiento por cuenta de una sola empresa comercial. En la tabla cobra 14.798 € al año, el más bajo.
- Vigilante o sereno/aVigila de día o de noche dentro o fuera de las dependencias del establecimiento o casa comercial. En la tabla cobra 14.798 € al año, el más bajo.
- OrdenanzaHace recados, recoge y entrega correspondencia, atiende ascensores y trabajos análogos; puede encargarse del teléfono y de trabajos rudimentarios de oficina. En la tabla cobra 14.798 € al año, el más bajo.
- Personal de limpiezaSe ocupa del aseo y la limpieza de los locales. En la tabla cobra 14.798 € al año, el más bajo.
- Empaquetador/aEmbala los artículos que se venden al detalle y comprueba las mercancías que se envasan o empaquetan. En la tabla cobra 14.798 € al año, el más bajo.
Nivel I del comercio de la piel
- Director/a · PielA las órdenes inmediatas de la empresa y participando en su política, dirige, coordina y se responsabiliza de las actividades a su cargo. En la tabla cobra 23.394 € al año, el sueldo más alto.
- Titulado/a de grado superiorPersona con título de grado superior que ejerce en la empresa, de forma permanente y con responsabilidad directa, las funciones propias de su profesión, sin sujeción a aranceles. En la tabla cobra 23.394 € al año, el sueldo más alto.
Nivel II del comercio de la piel
- Titulado/a medio · PielPersona con título de grado medio que ejerce las funciones propias de su profesión en las mismas condiciones que el titulado superior. En la tabla cobra 20.096 € al año (puesto 3 de 17 por sueldo).
- Jefe/a de división · PielA las órdenes de un director, coordina y ejecuta bajo su responsabilidad las normas para organizar la división comercial a su cargo. En la tabla cobra 20.096 € al año (puesto 3 de 17 por sueldo).
Nivel III del comercio de la piel
- Encargado/a general · PielEstá al frente de un establecimiento del que dependen sucursales en distintas plazas, o dirige varias sucursales de una misma plaza. En la tabla cobra 17.373 € al año (puesto 7 de 17 por sueldo).
- Jefe/a de compras · PielHace de forma permanente las compras generales de las mercancías de la actividad comercial de la empresa. En la tabla cobra 17.373 € al año (puesto 7 de 17 por sueldo).
- Jefe/a de ventas · PielDirige y controla todas las operaciones de venta del establecimiento y fija los criterios con que deben hacerse. En la tabla cobra 17.373 € al año (puesto 7 de 17 por sueldo).
- Jefe/a administrativo/aAsume con plenas facultades la dirección o vigilancia de todas las funciones administrativas de una empresa que las tiene repartidas en varias secciones. En la tabla cobra 17.373 € al año (puesto 7 de 17 por sueldo).
Nivel IV del comercio de la piel
- Jefe/a de sucursal · PielEstá al frente de una sucursal y ejerce por delegación funciones propias de la empresa. En la tabla cobra 17.038 € al año (puesto 9 de 17 por sueldo).
- Encargado/a de establecimiento · PielEstá al frente de un establecimiento bajo la dependencia directa de la empresa: verifica las compras, retira los pedidos, hace los ingresos, etc. En la tabla cobra 17.038 € al año (puesto 9 de 17 por sueldo).
Nivel V del comercio de la piel
- Viajante · PielAl servicio de una sola empresa, hace viajes habituales según una ruta fijada para ofrecer artículos, tomar pedidos e informar a los clientes. En la tabla cobra 15.702 € al año (puesto 13 de 17 por sueldo).
- Contable · PielLleva la contabilidad; en la categoría se incluyen contables y cajeros no comprendidos en las anteriores. En la tabla cobra 15.702 € al año (puesto 13 de 17 por sueldo).
- Cajero/a · PielCobra las ventas de la empresa y hace su caja: marca en caja los artículos del cliente, cobra y da cambio, y conoce los medios técnicos de su función. En la tabla cobra 15.702 € al año (puesto 13 de 17 por sueldo).
- Oficial administrativo/a · PielCon conocimientos técnicos y prácticos de la vida mercantil, hace trabajos que exigen iniciativa: correspondencia, contratos mercantiles corrientes, estadísticas, informes, contabilidad, seguros sociales. En la tabla cobra 15.702 € al año (puesto 13 de 17 por sueldo).
- Dependiente/a · PielRealiza las ventas con conocimientos prácticos de los artículos que despacha, orienta al público, cuida el recuento y la reposición de mercancías y su exhibición en escaparates y vitrinas. En la tabla cobra 15.702 € al año (puesto 13 de 17 por sueldo).
Nivel VI del comercio de la piel
- Conductor/a de 1.ª · PielConduce vehículos de motor y sabe hacer pequeñas reparaciones de mecánica. En la tabla cobra 15.476 € al año (puesto 14 de 17 por sueldo).
- Profesional de oficio de 1.ª · PielHace los trabajos propios de un oficio clásico que normalmente requiere aprendizaje; se adscribe a oficial de primera quien trabaja con iniciativa y responsabilidad propias, con esmero y buen rendimiento. En la tabla cobra 15.476 € al año (puesto 14 de 17 por sueldo).
- Auxiliar de caja · PielCobra las ventas al contado, revisa los talones de caja, redacta facturas y recibos y hace operaciones semejantes. En la tabla cobra 15.476 € al año (puesto 14 de 17 por sueldo).
Nivel VII del comercio de la piel
- Profesional de oficio de 2.ª · PielHace los trabajos propios de un oficio clásico que normalmente requiere aprendizaje; se adscribe a oficial de segunda quien trabaja con iniciativa y responsabilidad propias, con esmero y buen rendimiento. En la tabla cobra 15.476 € al año (puesto 14 de 17 por sueldo).
- Conductor/a de 2.ª · PielConduce vehículos de motor sin conocimientos para hacer pequeñas reparaciones de mecánica. En la tabla cobra 15.476 € al año (puesto 14 de 17 por sueldo).
- Auxiliar administrativo/a · PielCon conocimientos administrativos generales, ayuda a oficiales y jefes en correspondencia de trámite, facturas, liquidaciones, mecanografía, etc. En la tabla cobra 15.476 € al año (puesto 14 de 17 por sueldo).
- Mozo/a especializado/a · PielHace trabajos concretos que exigen cierta práctica sin ser un oficio ni implicar venta: enfardar o embalar, reparto y facturación, pesar mercancías. En la tabla cobra 15.476 € al año (puesto 14 de 17 por sueldo).
Nivel VIII del comercio de la piel
- Ayudante de dependiente/a · PielTras el aprendizaje, ayuda a los dependientes y puede hacer por sí mismo operaciones de venta. En la tabla cobra 15.476 € al año (puesto 14 de 17 por sueldo).
- Ayudante de oficio · PielTras el aprendizaje, hace trabajos sencillos propios del oficio y colabora con los oficiales de primera y segunda. En la tabla cobra 15.476 € al año (puesto 14 de 17 por sueldo).
- Mozo/a · PielTransporta mercancías dentro y fuera del establecimiento, hace los paquetes corrientes y los reparte o hace trabajos de esfuerzo muscular; puede encargarse de limpiar el establecimiento. En la tabla cobra 15.476 € al año (puesto 14 de 17 por sueldo).
- Cobrador/a · PielHace de forma habitual cobros y pagos fuera del establecimiento por cuenta de una sola empresa comercial. En la tabla cobra 15.476 € al año (puesto 14 de 17 por sueldo).
Grupo Talleres de confección de la piel
- Encargado/a o maestro/aPor ejemplo: encargado/a o maestro/a. En la tabla cobra 17.328 € al año (puesto 8 de 17 por sueldo).
- PatronistaPor ejemplo: patronista. En la tabla cobra 15.476 € al año (puesto 15 de 17 por sueldo).
- Oficial/a 1.ªPor ejemplo: oficial/a 1.ª. En la tabla cobra 15.929 € al año (puesto 11 de 17 por sueldo).
- Oficial/a 2.ªPor ejemplo: oficial/a 2.ª. En la tabla cobra 15.476 € al año (puesto 15 de 17 por sueldo).
- Oficial/a 3.ªPor ejemplo: oficial/a 3.ª. En la tabla cobra 15.476 € al año (puesto 15 de 17 por sueldo).
- Ayudante de cortador/aPor ejemplo: ayudante de cortador/a. En la tabla cobra 15.476 € al año (puesto 15 de 17 por sueldo).
- Oficial/a de visónPor ejemplo: oficial/a de visón. En la tabla cobra 15.476 € al año (puesto 15 de 17 por sueldo).
- Oficial maquinista 1.ªPor ejemplo: oficial maquinista 1.ª. En la tabla cobra 15.476 € al año (puesto 15 de 17 por sueldo).
- Oficial maquinista 2.ªPor ejemplo: oficial maquinista 2.ª. En la tabla cobra 15.476 € al año (puesto 15 de 17 por sueldo).
- Oficial maquinista 3.ªPor ejemplo: oficial maquinista 3.ª. En la tabla cobra 15.476 € al año (puesto 15 de 17 por sueldo).
- Oficial forrador/a 1.ªPor ejemplo: oficial forrador/a 1.ª. En la tabla cobra 15.476 € al año (puesto 15 de 17 por sueldo).
- Oficial forrador/a 2.ªPor ejemplo: oficial forrador/a 2.ª. En la tabla cobra 15.476 € al año (puesto 15 de 17 por sueldo).
- Oficial forrador/a 3.ªPor ejemplo: oficial forrador/a 3.ª. En la tabla cobra 15.476 € al año (puesto 15 de 17 por sueldo).
- PeónPor ejemplo: peón. En la tabla cobra 15.476 € al año (puesto 15 de 17 por sueldo).
Grupo Comercio de la piel · Nivel X
- Personal de limpieza por horas · nivel XSe ocupa del aseo y la limpieza de los locales.
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Por día efectivo de trabajo
- Dónde lo dice
- art. 11 y anexo I
- Quién lo cobra
- Por día efectivo de trabajo
- Dónde lo dice
- art. 11 y anexo I
- Quién lo cobra
- Por día efectivo de trabajo
- Dónde lo dice
- art. 11 y anexo I
- Quién lo cobra
- Por cada domingo o día festivo trabajado
- Dónde lo dice
- art. 14 y anexo I
- Quién lo cobra
- Por cada domingo o día festivo trabajado
- Dónde lo dice
- art. 14 y anexo I
- Quién lo cobra
- Por cada domingo o día festivo trabajado
- Dónde lo dice
- art. 14 y anexo I
- Quién lo cobra
- Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00; solo para quien se rige por las tablas del comercio textil
- Dónde lo dice
- art. 13
- Quién lo cobra
- Personal del comercio textil, según el art. 17
- Dónde lo dice
- art. 17 y anexo I
- Quién lo cobra
- Personal del comercio textil, según el art. 17
- Dónde lo dice
- art. 17 y anexo I
- Quién lo cobra
- Personal que presta servicios en tienda abierta al público de empresas o grupos de comercio textil con matriz en España, con beneficios globales en los últimos tres años y al menos 120 trabajadores en la provincia de León
- Dónde lo dice
- art. 15
- Quién lo cobra
- Personal del comercio de la piel y de la confección de piel que a la firma del convenio llevaba 25 años o más en una misma empresa; se cobra por una sola vez
- Dónde lo dice
- art. 20 y anexo I
- Quién lo cobra
- Solo quien lo tenía consolidado a 31/12/1997 o 31/12/1998
- Dónde lo dice
- art. 12
Horas extra
Subidas pactadas
| Año | Subida de la tabla | Qué significa |
|---|---|---|
| 2025 | 3 % | Incremento del 3 % en 2025 |
| 2026 | hasta 0,25 % | Revisión de hasta el 0,25 % con efectos del 1/1/2026, sin carácter retroactivo, si el IPC real a 31/12/2025 supera el 3 %; no consta publicada |
Revisión salarial
Si el IPC real a 31 de diciembre de 2025 es superior al 3 %, se efectúa una revisión salarial del 0,25 % como máximo, con efectos de 1 de enero de 2026 y sin carácter retroactivo. (art. 10).
Permisos pagados
1 de los 6 permisos del convenio mejora lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonioart. 24 a) | 15 | 15 días naturales | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de parientes hasta el 2.º gradoart. 24 b) | 2 (4 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención con reposo de pariente hasta el 2.º gradoart. 24 b) | 5 | 5 días | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2) |
| Traslado del domicilio habitualart. 24 c) | 1 | 1 día | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personalart. 24 d) | — | El tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Matrimonio de hijos, hermanos y padresart. 24 g) | 1 | — | Mejora el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Funciones sindicales o de representación del personal | No lo menciona | Las horas que fije la ley | Lo da el Estatuto |
| Exámenes prenatales y preparación al parto | No lo menciona | El tiempo necesario | Lo da el Estatuto |
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes | No lo menciona | 4 días al año (horas) | Lo da el Estatuto |
Qué ha cambiado
Avisos oficiales sobre este convenio, del más reciente al más antiguo. Cada uno lleva una etiqueta que dice qué tipo de aviso es.
- Publicado13 de marzo de 2026Denuncia del convenio registrada en REGCON; sin nuevo convenio ni tablas 2026 publicados a 16/10/2026Ya consta en el boletín oficial: tiene validez.
- Corrección1 de octubre de 2024Corrección de errores de la tabla del comercio de la piel: el dependiente pasa al nivel V y el auxiliar de caja al nivel VI (acta de 6/6/2024)Se arregla una errata del texto publicado. Ver el aviso oficial
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de comercio textil de León?
Su estado a 16 de octubre de 2026 es: caducado, pero se sigue aplicando. Vigencia del 1/1/2022 al 31/12/2025.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de comercio textil de León en 2026?
Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 14.798,25 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de comercio textil de León?
30 días naturales al año.
¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?
Comercio textil en otras provincias
AlicanteAlmeríaBadajozBarcelonaBizkaiaCádizCantabriaCiudad Real
Otros convenios de León
Comercio de alimentación y supermercadosComercioComercio del metalConstrucciónHosteleríaLimpieza de edificios y locales
Lo que suele venir después.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de León (BOP) (texto del convenio, publicado el 15/5/2023). Revisado el .
Convenio provincial de León que cubre dos sectores: comercio textil (incluye tiendas de ropa deportiva de confección textil) y comercio de la piel (incluye los talleres de confección de la alta peletería). Cada uno tiene su propia tabla; los grupos de la ficha llevan el sector delante. Los comercios de otras ramas (alimentación, metal, madera y mueble) tienen otros convenios.