Convenio colectivo
Convenio colectivo de pastelería y confitería de la provincia de Ávila.
Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.
Última actualización: 19 de octubre de 2026
naturales
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tablas salariales 2026
Tabla de 2023 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.
Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)
Todas las categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Grupo I. Técnicos y Administrativos | ||
| Director SMI | 1.110,42 € | 16.656,30 € |
| Encargado General SMI | 1.043,80 € | 15.657,00 € |
| Oficial Administrativo SMI | 1.007,92 € | 15.118,80 € |
| Auxiliar de Oficina SMI | 987,42 € | 14.811,30 € |
| Grupo II. Mercantiles | ||
| Encargado SMI | 1.023,30 € | 15.349,50 € |
| Dependiente SMI | 987,42 € | 14.811,30 € |
| Conductor Repartidor SMI | 972,05 € | 14.580,75 € |
| Grupo III. Obreros | ||
| Oficial 1ª SMI | 1.007,92 € | 15.118,80 € |
| Oficial 2ª SMI | 987,42 € | 14.811,30 € |
| Hornero SMI | 1.007,92 € | 15.118,80 € |
| Ayudante SMI | 956,67 € | 14.350,05 € |
| Grupo IV. Subalternos | ||
| Almacenero/Mozo SMI | 956,67 € | 14.350,05 € |
| Limpiador SMI | 956,67 € | 14.350,05 € |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Otros convenios aquí
En este sector y lugar hay más de un convenio. Mira cuál es el tuyo:
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Grupo I. Técnicos y Administrativos
Quienes realicen trabajos que exijan, con titulación o sin ella, una adecuada competencia o práctica, ejerciendo funciones de tipo administrativo, facultativo, técnico o de dirección especializada.
- DirectorDirige un área, una sección o un departamento y toma decisiones sobre ella. En la tabla cobra 16.656 € al año, el sueldo más alto.
- Encargado GeneralTécnico no titulado que dirige la fabricación o el taller, o hace de ayudante de laboratorio. En la tabla cobra 15.657 € al año (puesto 2 de 7 por sueldo).
- Oficial AdministrativoTrabajo de oficina con autonomía: facturas, correspondencia, contabilidad básica. En la tabla cobra 15.119 € al año (puesto 4 de 7 por sueldo).
- Auxiliar de OficinaLo que incluye está definido en art. 12 y Anexo I. En la tabla cobra 14.811 € al año (puesto 5 de 7 por sueldo).
Grupo II. Mercantiles
Personal dedicado a la promoción de las ventas, a la comercialización de los productos elaborados por la empresa y a su publicidad, así como a la venta al por mayor, al detall o por autoventa.
- EncargadoEncargado de establecimiento, que forma parte del personal mercantil dedicado a la venta y a la promoción comercial. En la tabla cobra 15.350 € al año (puesto 3 de 7 por sueldo).
- DependientePersonal mercantil que atiende la venta de los productos elaborados por la empresa, al por mayor o al detall. En la tabla cobra 14.811 € al año (puesto 5 de 7 por sueldo).
- Conductor RepartidorConduce los vehículos de la empresa, con el carnet que corresponda. En la tabla cobra 14.581 € al año (puesto 6 de 7 por sueldo).
Grupo III. Obreros
Personal que ejecuta fundamentalmente trabajos de índole material o mecánico.
- Oficial 1ªTrabajador de obrador, acabado, envasado u oficios auxiliares con oficio, que ejecuta trabajos materiales. En la tabla cobra 15.119 € al año (puesto 4 de 7 por sueldo).
- Oficial 2ªTrabajador de obrador, acabado, envasado u oficios auxiliares con oficio, que ejecuta trabajos materiales. En la tabla cobra 14.811 € al año (puesto 5 de 7 por sueldo).
- HorneroPersonal de obrador que ejecuta trabajos materiales de horno. En la tabla cobra 15.119 € al año (puesto 4 de 7 por sueldo).
- AyudantePor ejemplo: Ayudante de obrador, Ayudante de acabado, envasado y empaquetado, Ayudante de oficios auxiliares. En la tabla cobra 14.350 € al año, el más bajo.
Grupo IV. Subalternos
Trabajadores con funciones que implican generalmente absoluta fidelidad y confianza, para las que no se requiere, salvo excepciones, más cultura que la primaria, asumiendo las responsabilidades inherentes al cargo.
- Almacenero/MozoPersonal subalterno con funciones de confianza y responsabilidad inherentes al cargo, con cultura primaria. En la tabla cobra 14.350 € al año, el más bajo.
- LimpiadorLimpia y mantiene locales, oficinas o instalaciones. En la tabla cobra 14.350 € al año, el más bajo.
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Personal de producción y obrador cuya jornada en domingos y festivos se prolonga más allá de las 14 horas, al menos dos domingos o dos festivos al mes
- Dónde lo dice
- art. 20
- Quién lo cobra
- Importes de antigüedad que los trabajadores venían percibiendo al firmar el convenio
- Dónde lo dice
- art. 18
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 17
Revisión salarial
Si el IPC registrado al 31/12/2023 supera el 2,5 %, la tabla salarial y el resto de conceptos se revisan en el exceso, como base para la tabla del año siguiente (art. 14).
Permisos pagados
Ninguno de los 5 permisos del convenio mejora lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonioart. 23.a | 15 | 15 días naturales | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de parientes hasta 2.º gradoart. 23.b y art. 37.3.b ET | 2 (4 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención con reposo de parientes hasta 2.º gradoart. 23.b y art. 37.3.b ET | 5 (4 con desplazamiento) | 5 días | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2) |
| Traslado del domicilio habitualart. 23.c | 1 | 1 día | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público o personal (incluido el voto)art. 23.d | — | El tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Funciones sindicales o de representación del personal | No lo menciona | Las horas que fije la ley | Lo da el Estatuto |
| Exámenes prenatales y preparación al parto | No lo menciona | El tiempo necesario | Lo da el Estatuto |
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes | No lo menciona | 4 días al año (horas) | Lo da el Estatuto |
Qué ha cambiado
Avisos oficiales sobre este convenio, del más reciente al más antiguo. Cada uno lleva una etiqueta que dice qué tipo de aviso es.
- Publicado6 de junio de 2022Publicado en el BOP de Ávila el texto nuevo del convenio colectivo de pastelería y confitería, con las tablas de 2022 y 2023.Ya consta en el boletín oficial: tiene validez. Ver el aviso oficial
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de industria alimentaria de Ávila?
Su estado a 19 de octubre de 2026 es: caducado, pero se sigue aplicando. Vigencia del 1/1/2022 al 31/12/2023.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de industria alimentaria de Ávila en 2026?
Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 14.350,05 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de industria alimentaria de Ávila?
30 días naturales al año.
¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?
Industria alimentaria en otras provincias
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Otros convenios de Ávila
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Lo que suele venir después.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Ávila (BOP) (texto del convenio, publicado el 6/6/2022). Revisado el .
Vigencia hasta el 31/12/2023 (art. 4); denuncia automática (art. 5) y subsiste hasta publicar uno nuevo. El recorte no trae tablas de 2024 a 2026: se aplica la de 2023 como prorrogada.
El índice clasifica este convenio en panadería. El texto publicado es el de pastelería y confitería de la provincia de Ávila (obrador, hornero y mostrador).