Convenio colectivo
Convenio colectivo de Industrias de Derivados del Cemento de la provincia de Ávila.
Última actualización: 19 de octubre de 2026
naturales
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tablas salariales 2026
Tabla provisional: el boletín publica la tabla de 2026 como provisional. Puede cambiar cuando se publique la revisión.
Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Nivel II | 50,71 € | 25.179,58 € |
| Grupo 2 | ||
| Nivel III | 49,96 € | 24.859,46 € |
| Nivel IV | 49,52 € | 24.672,94 € |
| Nivel V | 49,52 € | 24.672,94 € |
| Grupo 3 | ||
| Nivel VI | 46,20 € | 23.201,54 € |
| Nivel VII | 45,81 € | 23.033,47 € |
| Nivel VIII | 44,68 € | 22.471,95 € |
| Nivel IX | 44,09 € | 22.135,09 € |
| Nivel X | 43,56 € | 21.811,57 € |
| Nivel XI | 42,98 € | 21.499,06 € |
| Nivel XII | 42,30 € | 21.173,28 € |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Otros convenios aquí
En este sector y lugar hay más de un convenio. Mira cuál es el tuyo:
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Grupo 1
- Nivel II · nivel IINivel de clasificación: el convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación. En la tabla cobra 25.180 € al año, el sueldo más alto.
Grupo 2
- Nivel III · nivel IIINivel de clasificación: el convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación. En la tabla cobra 24.859 € al año (puesto 2 de 10 por sueldo).
- Nivel IV · nivel IVNivel de clasificación: el convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación. En la tabla cobra 24.673 € al año (puesto 3 de 10 por sueldo).
- Nivel V · nivel VNivel de clasificación: el convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación. En la tabla cobra 24.673 € al año (puesto 3 de 10 por sueldo).
Grupo 3
- Nivel VI · nivel VINivel de clasificación: el convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación. En la tabla cobra 23.202 € al año (puesto 4 de 10 por sueldo).
- Nivel VII · nivel VIINivel de clasificación: el convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación. En la tabla cobra 23.033 € al año (puesto 5 de 10 por sueldo).
Grupo 4
- Nivel VIII · nivel VIIINivel de clasificación: el convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación. En la tabla cobra 22.472 € al año (puesto 6 de 10 por sueldo).
Grupo 5
- Nivel IX · nivel IXNivel de clasificación: el convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación. En la tabla cobra 22.135 € al año (puesto 7 de 10 por sueldo).
Grupo 6
- Nivel X · nivel XNivel de clasificación: el convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación. En la tabla cobra 21.812 € al año (puesto 8 de 10 por sueldo).
Grupo 7
- Nivel XI · nivel XINivel de clasificación: el convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación. En la tabla cobra 21.499 € al año (puesto 9 de 10 por sueldo).
Grupo 8
- Nivel XII · nivel XIINivel de clasificación: el convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación. En la tabla cobra 21.173 € al año, el más bajo.
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Por cada día efectivamente trabajado, en jornada normal, con rendimiento normal y correcto
- Dónde lo dice
- art. 27
- Quién lo cobra
- Por día de asistencia al trabajo; igual cuantía para todos los grupos
- Dónde lo dice
- art. 30
- Quién lo cobra
- Labores excepcionalmente penosas, tóxicas o peligrosas.
- Dónde lo dice
- art. 22
- Quién lo cobra
- Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00.
- Dónde lo dice
- art. 23
- Quién lo cobra
- Cuando por el desplazamiento no puede pernoctar en su residencia habitual; por día natural
- Dónde lo dice
- art. 31.2 y 31.6
- Quién lo cobra
- Cuando debe comer fuera de su residencia, no se la suministra la empresa y puede pernoctar en ella; por día efectivo de trabajo.
- Dónde lo dice
- art. 31.3, 31.5 y 31.6
- Quién lo cobra
- Si la empresa acepta que el trabajo fuera de la empresa, por su cuenta, se haga con vehículo propio
- Dónde lo dice
- art. 31.7
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 28
Revisión salarial
Las tablas de 2025 y 2026 son provisionales hasta conocer el consumo anual de cemento en España de cada año, que determina la aplicación del porcentaje variable del Convenio General (art. 34 A y B).
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de construcción de Ávila?
Su estado a 19 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2025 al 31/12/2028.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de construcción de Ávila en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 21.173,28 € brutos al año a jornada completa (Nivel XII).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de construcción de Ávila?
30 días naturales al año.
¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Ávila (BOP) (texto del convenio, publicado el 8/10/2026). Revisado el .
Texto nuevo publicado el 8/10/2026. Vigencia 2025-2028 (art. 4). Tablas de 2025 y 2026 provisionales hasta conocer el consumo anual de cemento (art. 34).