Convenio colectivo
Convenio colectivo del sector de automoción de la provincia de Málaga, 2024-2025.
Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
naturales
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Cláusula de estabilización de hasta el 1 % adicional si el IPC real de 2025 superase el 3 % (se aplicaría desde el 1/1/2026); no consta que se haya activado.
Tablas salariales 2026
Tabla de 2025 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.
Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Dirección y alta cualificaciónPuestos: director/a, ingeniero/a. | ||
| Director/a-Gerente | 2.130,05 € | 40.885,25 € |
| Ingeniero/a técnico/a (licenciado/a) | 2.130,05 € | 38.160,12 € |
| Ingeniero/a técnico/a (diplomado/a)Puestos: ingeniero/a técnico/a. | 2.102,91 € | 35.433,48 € |
| Mandos con responsabilidad de equipoPuestos: jefe/a administrativo/a, jefe/a de ventas, jefe/a de recambios, jefe/a de post-venta, jefe/a de taller. | ||
| Jefe/a administrativo/a de 1.ª | 2.037,19 € | 31.345,35 € |
| Ejecución autónoma con iniciativaPuestos: jefe/a administrativo/a de 2.ª, jefe/a de almacén, jefe/a de equipo. | ||
| Jefe/a administrativo/a de 2.ª | 2.009,20 € | 28.619,00 € |
| Oficiales y personal cualificadoPuestos: oficial administrativo/a, oficial administrativo/a de 2.ª, vendedor/a, vendedor/a de 2.ª, mecánico/a oficial de 1.ª. | ||
| Oficial administrativo/a de 1.ª | 1.898,62 € | 26.580,67 € |
| Oficial administrativo/a de 2.ª | 1.786,45 € | 25.010,34 € |
| Personal de apoyo con supervisiónPuestos: auxiliar administrativo/a, recepcionista, ordenanza, almacenero/a, mecánico/a de 3.ª. | ||
| Auxiliar administrativo/a | 1.682,70 € | 23.557,81 € |
| Recepcionista-telefonista | 1.656,99 € | 23.197,89 € |
| Ordenanza-cobrador/a | 1.656,99 € | 23.197,89 € |
| Mandos con responsabilidad de equipoPuestos: jefe/a administrativo/a, jefe/a de ventas, jefe/a de recambios, jefe/a de post-venta, jefe/a de taller. | ||
| Jefe/a de ventas | 2.037,19 € | 31.345,35 € |
| Oficiales y personal cualificadoPuestos: oficial administrativo/a, oficial administrativo/a de 2.ª, vendedor/a, vendedor/a de 2.ª, mecánico/a oficial de 1.ª. | ||
| Vendedor/a de 1.ª | 1.844,89 € | 25.828,53 € |
| Vendedor/a de 2.ª | 1.786,45 € | 25.010,34 € |
| Mandos con responsabilidad de equipoPuestos: jefe/a administrativo/a, jefe/a de ventas, jefe/a de recambios, jefe/a de post-venta, jefe/a de taller. | ||
| Jefe/a de recambios | 2.037,19 € | 31.345,35 € |
| Ejecución autónoma con iniciativaPuestos: jefe/a administrativo/a de 2.ª, jefe/a de almacén, jefe/a de equipo. | ||
| Jefe/a de almacén | 2.009,20 € | 28.619,25 € |
| Dependiente/a de recambios | 1.768,65 € | 24.761,16 € |
| Personal de apoyo con supervisiónPuestos: auxiliar administrativo/a, recepcionista, ordenanza, almacenero/a, mecánico/a de 3.ª. | ||
| Almacenero/a | 1.722,69 € | 24.117,59 € |
| Mandos con responsabilidad de equipoPuestos: jefe/a administrativo/a, jefe/a de ventas, jefe/a de recambios, jefe/a de post-venta, jefe/a de taller. | ||
| Jefe/a de post-venta | 2.112,62 € | 32.707,88 € |
| Jefe/a de taller | 2.042,17 € | 31.345,31 € |
| Maestro/a de taller | 2.004,14 € | 30.663,99 € |
| Jefe/a de recepción-probador/a | 2.004,14 € | 30.663,99 € |
| Ejecución autónoma con iniciativaPuestos: jefe/a administrativo/a de 2.ª, jefe/a de almacén, jefe/a de equipo. | ||
| Jefe/a de equipo | 67,42 €/día | 28.655,12 € |
| Oficiales y personal cualificadoPuestos: oficial administrativo/a, oficial administrativo/a de 2.ª, vendedor/a, vendedor/a de 2.ª, mecánico/a oficial de 1.ª. | ||
| Oficial de 1.ª de taller | 61,34 €/día | 26.068,01 € |
| Oficial de 2.ª de taller | 58,83 €/día | 25.004,28 € |
| Personal de apoyo con supervisiónPuestos: auxiliar administrativo/a, recepcionista, ordenanza, almacenero/a, mecánico/a de 3.ª. | ||
| Oficial de 3.ª de taller | 58,24 €/día | 24.750,39 € |
| Oficiales y personal cualificadoPuestos: oficial administrativo/a, oficial administrativo/a de 2.ª, vendedor/a, vendedor/a de 2.ª, mecánico/a oficial de 1.ª. | ||
| Recepcionista de 1.ª (taller) | 61,34 €/día | 26.068,01 € |
| Recepcionista de 2.ª (taller) | 58,83 €/día | 25.004,28 € |
| Conductor/a de 1.ª especialista | 60,05 €/día | 25.520,83 € |
| Personal de apoyo con supervisiónPuestos: auxiliar administrativo/a, recepcionista, ordenanza, almacenero/a, mecánico/a de 3.ª. | ||
| Lavador/a-engrasador/a | 58,24 €/día | 24.750,39 € |
| Peón especialista | 56,74 €/día | 24.115,65 € |
| Conserje | 1.717,65 € | 24.047,08 € |
| Vigilante-guarda | 1.656,99 € | 23.197,89 € |
| Tareas simples y aprendicesPuestos: limpiador/a, peón, aprendiz. | ||
| Limpiador/a | 55,80 €/día | 23.712,92 € |
| Peón ordinario | 54,85 €/día | 23.310,19 € |
| Aprendiz de 16 y 17 años | 1.203,06 € | 16.842,85 € |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Otros convenios aquí
En este sector y lugar hay más de un convenio. Mira cuál es el tuyo:
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Dirección y alta cualificación
Responsabilidad directa en la gestión de una o varias áreas de la empresa o tareas técnicas de la máxima complejidad; mucha autonomía e iniciativa. Suele requerir titulación universitaria de grado superior.
- Director/a-GerenteGrupo profesional 1: Responsabilidad directa en la gestión de una o varias áreas de la empresa o tareas técnicas de la máxima complejidad; mucha autonomía e iniciativa. Suele requerir titulación universitaria de grado superior. En la tabla cobra 40.885 € al año, el sueldo más alto.
- Ingeniero/a técnico/a (licenciado/a)Grupo profesional 1: Responsabilidad directa en la gestión de una o varias áreas de la empresa o tareas técnicas de la máxima complejidad; mucha autonomía e iniciativa. Suele requerir titulación universitaria de grado superior. En la tabla cobra 38.160 € al año (puesto 2 de 26 por sueldo).
Técnicos y coordinación de área
Tareas técnicas complejas con objetivos definidos, o responsable de coordinar y supervisar a un conjunto de colaboradores en un área; alta autonomía. Suele requerir titulación de grado medio o conocimientos equivalentes con experiencia amplia.
- Ingeniero/a técnico/a (diplomado/a)Grupo profesional 2: Tareas técnicas complejas con objetivos definidos, o responsable de coordinar y supervisar a un conjunto de colaboradores en un área; alta autonomía. Suele requerir titulación de grado medio o conocimientos equivalentes con experiencia amplia. En la tabla cobra 35.433 € al año (puesto 3 de 26 por sueldo).
Mandos con responsabilidad de equipo
Mandos con responsabilidad sobre personas: integran, coordinan y supervisan tareas de un conjunto de colaboradores, con instrucciones precisas y complejidad técnica media. Suele requerir grado medio, técnico especialista o amplia experiencia.
- Jefe/a administrativo/a de 1.ªGrupo profesional 3: Mandos con responsabilidad sobre personas: integran, coordinan y supervisan tareas de un conjunto de colaboradores, con instrucciones precisas y complejidad técnica media. Suele requerir grado medio, técnico especialista o amplia experiencia. En la tabla cobra 31.345 € al año (puesto 5 de 26 por sueldo).
- Jefe/a de ventasGrupo profesional 3: Mandos con responsabilidad sobre personas: integran, coordinan y supervisan tareas de un conjunto de colaboradores, con instrucciones precisas y complejidad técnica media. Suele requerir grado medio, técnico especialista o amplia experiencia. En la tabla cobra 31.345 € al año (puesto 5 de 26 por sueldo).
- Jefe/a de recambiosGrupo profesional 3: Mandos con responsabilidad sobre personas: integran, coordinan y supervisan tareas de un conjunto de colaboradores, con instrucciones precisas y complejidad técnica media. Suele requerir grado medio, técnico especialista o amplia experiencia. En la tabla cobra 31.345 € al año (puesto 5 de 26 por sueldo).
- Jefe/a de post-ventaGrupo profesional 3: Mandos con responsabilidad sobre personas: integran, coordinan y supervisan tareas de un conjunto de colaboradores, con instrucciones precisas y complejidad técnica media. Suele requerir grado medio, técnico especialista o amplia experiencia. En la tabla cobra 32.708 € al año (puesto 4 de 26 por sueldo).
- Jefe/a de tallerGrupo profesional 3: Mandos con responsabilidad sobre personas: integran, coordinan y supervisan tareas de un conjunto de colaboradores, con instrucciones precisas y complejidad técnica media. Suele requerir grado medio, técnico especialista o amplia experiencia. En la tabla cobra 31.345 € al año (puesto 6 de 26 por sueldo).
- Maestro/a de tallerGrupo profesional 3: Mandos con responsabilidad sobre personas: integran, coordinan y supervisan tareas de un conjunto de colaboradores, con instrucciones precisas y complejidad técnica media. Suele requerir grado medio, técnico especialista o amplia experiencia. En la tabla cobra 30.664 € al año (puesto 7 de 26 por sueldo).
- Jefe/a de recepción-probador/aGrupo profesional 3: Mandos con responsabilidad sobre personas: integran, coordinan y supervisan tareas de un conjunto de colaboradores, con instrucciones precisas y complejidad técnica media. Suele requerir grado medio, técnico especialista o amplia experiencia. En la tabla cobra 30.664 € al año (puesto 7 de 26 por sueldo).
Ejecución autónoma con iniciativa
Trabajos de ejecución autónoma que exigen iniciativa y razonamiento, con responsabilidad bajo supervisión y con ayuda de colaboradores. Suele requerir bachillerato o técnico especialista más formación en el puesto.
- Jefe/a administrativo/a de 2.ªGrupo profesional 4: Trabajos de ejecución autónoma que exigen iniciativa y razonamiento, con responsabilidad bajo supervisión y con ayuda de colaboradores. Suele requerir bachillerato o técnico especialista más formación en el puesto. En la tabla cobra 28.619 € al año (puesto 10 de 26 por sueldo).
- Jefe/a de almacénGrupo profesional 4: Trabajos de ejecución autónoma que exigen iniciativa y razonamiento, con responsabilidad bajo supervisión y con ayuda de colaboradores. Suele requerir bachillerato o técnico especialista más formación en el puesto. En la tabla cobra 28.619 € al año (puesto 9 de 26 por sueldo).
- Jefe/a de equipoGrupo profesional 4: Trabajos de ejecución autónoma que exigen iniciativa y razonamiento, con responsabilidad bajo supervisión y con ayuda de colaboradores. Suele requerir bachillerato o técnico especialista más formación en el puesto. En la tabla cobra 28.655 € al año (puesto 8 de 26 por sueldo).
Oficiales y personal cualificado
Tareas bajo la dependencia de mandos o de profesionales más cualificados, con responsabilidad directa por sus conocimientos y con un alto grado de perfección. Bachillerato o técnico especialista más formación especializada.
- Oficial administrativo/a de 1.ªGrupo profesional 5: Tareas bajo la dependencia de mandos o de profesionales más cualificados, con responsabilidad directa por sus conocimientos y con un alto grado de perfección. Bachillerato o técnico especialista más formación especializada. En la tabla cobra 26.581 € al año (puesto 11 de 26 por sueldo).
- Oficial administrativo/a de 2.ªGrupo profesional 5: Tareas bajo la dependencia de mandos o de profesionales más cualificados, con responsabilidad directa por sus conocimientos y con un alto grado de perfección. Bachillerato o técnico especialista más formación especializada. En la tabla cobra 25.010 € al año (puesto 15 de 26 por sueldo).
- Vendedor/a de 1.ªGrupo profesional 5: Tareas bajo la dependencia de mandos o de profesionales más cualificados, con responsabilidad directa por sus conocimientos y con un alto grado de perfección. Bachillerato o técnico especialista más formación especializada. En la tabla cobra 25.829 € al año (puesto 13 de 26 por sueldo).
- Vendedor/a de 2.ªGrupo profesional 5: Tareas bajo la dependencia de mandos o de profesionales más cualificados, con responsabilidad directa por sus conocimientos y con un alto grado de perfección. Bachillerato o técnico especialista más formación especializada. En la tabla cobra 25.010 € al año (puesto 15 de 26 por sueldo).
- Oficial de 1.ª de tallerGrupo profesional 5: Tareas bajo la dependencia de mandos o de profesionales más cualificados, con responsabilidad directa por sus conocimientos y con un alto grado de perfección. Bachillerato o técnico especialista más formación especializada. En la tabla cobra 26.068 € al año (puesto 12 de 26 por sueldo).
- Oficial de 2.ª de tallerGrupo profesional 5: Tareas bajo la dependencia de mandos o de profesionales más cualificados, con responsabilidad directa por sus conocimientos y con un alto grado de perfección. Bachillerato o técnico especialista más formación especializada. En la tabla cobra 25.004 € al año (puesto 16 de 26 por sueldo).
- Recepcionista de 1.ª (taller)Grupo profesional 5: Tareas bajo la dependencia de mandos o de profesionales más cualificados, con responsabilidad directa por sus conocimientos y con un alto grado de perfección. Bachillerato o técnico especialista más formación especializada. En la tabla cobra 26.068 € al año (puesto 12 de 26 por sueldo).
- Recepcionista de 2.ª (taller)Grupo profesional 5: Tareas bajo la dependencia de mandos o de profesionales más cualificados, con responsabilidad directa por sus conocimientos y con un alto grado de perfección. Bachillerato o técnico especialista más formación especializada. En la tabla cobra 25.004 € al año (puesto 16 de 26 por sueldo).
- Conductor/a de 1.ª especialistaGrupo profesional 5: Tareas bajo la dependencia de mandos o de profesionales más cualificados, con responsabilidad directa por sus conocimientos y con un alto grado de perfección. Bachillerato o técnico especialista más formación especializada. En la tabla cobra 25.521 € al año (puesto 14 de 26 por sueldo).
Personal de apoyo con supervisión
Tareas con dependencia o supervisión, con instrucciones específicas; pueden requerir esfuerzo físico y conocimientos elementales, con un pequeño periodo de adaptación. ESO o técnico auxiliar.
- Auxiliar administrativo/aGrupo profesional 6: Tareas con dependencia o supervisión, con instrucciones específicas; pueden requerir esfuerzo físico y conocimientos elementales, con un pequeño periodo de adaptación. ESO o técnico auxiliar. En la tabla cobra 23.558 € al año (puesto 23 de 26 por sueldo).
- Recepcionista-telefonistaGrupo profesional 6: Tareas con dependencia o supervisión, con instrucciones específicas; pueden requerir esfuerzo físico y conocimientos elementales, con un pequeño periodo de adaptación. ESO o técnico auxiliar. En la tabla cobra 23.198 € al año (puesto 25 de 26 por sueldo).
- Ordenanza-cobrador/aGrupo profesional 6: Tareas con dependencia o supervisión, con instrucciones específicas; pueden requerir esfuerzo físico y conocimientos elementales, con un pequeño periodo de adaptación. ESO o técnico auxiliar. En la tabla cobra 23.198 € al año (puesto 25 de 26 por sueldo).
- Almacenero/aGrupo profesional 6: Tareas con dependencia o supervisión, con instrucciones específicas; pueden requerir esfuerzo físico y conocimientos elementales, con un pequeño periodo de adaptación. ESO o técnico auxiliar. En la tabla cobra 24.118 € al año (puesto 19 de 26 por sueldo).
- Oficial de 3.ª de tallerGrupo profesional 6: Tareas con dependencia o supervisión, con instrucciones específicas; pueden requerir esfuerzo físico y conocimientos elementales, con un pequeño periodo de adaptación. ESO o técnico auxiliar. En la tabla cobra 24.750 € al año (puesto 18 de 26 por sueldo).
- Lavador/a-engrasador/aGrupo profesional 6: Tareas con dependencia o supervisión, con instrucciones específicas; pueden requerir esfuerzo físico y conocimientos elementales, con un pequeño periodo de adaptación. ESO o técnico auxiliar. En la tabla cobra 24.750 € al año (puesto 18 de 26 por sueldo).
- Peón especialistaGrupo profesional 6: Tareas con dependencia o supervisión, con instrucciones específicas; pueden requerir esfuerzo físico y conocimientos elementales, con un pequeño periodo de adaptación. ESO o técnico auxiliar. En la tabla cobra 24.116 € al año (puesto 20 de 26 por sueldo).
- ConserjeGrupo profesional 6: Tareas con dependencia o supervisión, con instrucciones específicas; pueden requerir esfuerzo físico y conocimientos elementales, con un pequeño periodo de adaptación. ESO o técnico auxiliar. En la tabla cobra 24.047 € al año (puesto 21 de 26 por sueldo).
- Vigilante-guardaGrupo profesional 6: Tareas con dependencia o supervisión, con instrucciones específicas; pueden requerir esfuerzo físico y conocimientos elementales, con un pequeño periodo de adaptación. ESO o técnico auxiliar. En la tabla cobra 23.198 € al año (puesto 25 de 26 por sueldo).
Tareas simples y aprendices
Tareas según instrucciones concretas, con alto grado de dependencia, que requieren esfuerzo físico o atención y no exigen formación específica ni adaptación; incluye a quienes se forman como aprendices de 16 y 17 años. ESO o certificado de escolaridad.
- Limpiador/aGrupo profesional 7: Tareas según instrucciones concretas, con alto grado de dependencia, que requieren esfuerzo físico o atención y no exigen formación específica ni adaptación; incluye a quienes se forman como aprendices de 16 y 17 años. ESO o certificado de escolaridad. En la tabla cobra 23.713 € al año (puesto 22 de 26 por sueldo).
- Peón ordinarioGrupo profesional 7: Tareas según instrucciones concretas, con alto grado de dependencia, que requieren esfuerzo físico o atención y no exigen formación específica ni adaptación; incluye a quienes se forman como aprendices de 16 y 17 años. ESO o certificado de escolaridad. En la tabla cobra 23.310 € al año (puesto 24 de 26 por sueldo).
- Aprendiz de 16 y 17 añosGrupo profesional 7: Tareas según instrucciones concretas, con alto grado de dependencia, que requieren esfuerzo físico o atención y no exigen formación específica ni adaptación; incluye a quienes se forman como aprendices de 16 y 17 años. ESO o certificado de escolaridad. En la tabla cobra 16.843 € al año, el más bajo.
Grupo Sin grupo en el art. 9
- Dependiente/a de recambiosPor ejemplo: dependiente/a de recambios, mostrador de recambios. En la tabla cobra 24.761 € al año (puesto 17 de 26 por sueldo).
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Solo para quien tenía antigüedad anterior al 1 de enero de 1995; cada persona tiene su cantidad
- Dónde lo dice
- art. 26
- Quién lo cobra
- Personal que hace cobros y pagos por cuenta de la empresa y con responsabilidad sobre ellos, cuando el movimiento mensual en metálico supera los 6.000 €
- Dónde lo dice
- art. 29 y tabla
- Quién lo cobra
- Solo si el centro de trabajo está a más de 5 km de la cabecera de las líneas de autobús urbano; por los días efectivos de trabajo, sin necesidad de presentar el billete
- Dónde lo dice
- art. 30
- Quién lo cobra
- Viajes o desplazamientos a otra población por necesidades de la empresa; el alojamiento se paga aparte con factura
- Dónde lo dice
- art. 31
- Quién lo cobra
- Localidades a más de 30 km del centro de trabajo cuando se vuelve al terminar la jornada; también, por el importe del almuerzo, si no se puede volver a casa a comer
- Dónde lo dice
- art. 31
- Quién lo cobra
- Por cada hijo/a con discapacidad física o psíquica acreditada, además de lo que pague la Seguridad Social u otro organismo (siempre que no lo financie la empresa)
- Dónde lo dice
- art. 33
- Quién lo cobra
- Por cada hijo/a de 0 a 21 años matriculado; pago único al año, previa entrega de la matrícula en octubre
- Dónde lo dice
- art. 34
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 19
Subidas pactadas
| Año | Subida de la tabla | Qué significa |
|---|---|---|
| 2025 | 3 % | Subida del 3 % sobre la tabla de 2024, sin atrasos; el IPC real de 2024 fue del 2,80 % y no activó la cláusula de estabilización |
| 2025 | hasta 1 % | Cláusula de estabilización de hasta el 1 % adicional si el IPC real de 2025 superase el 3 % (se aplicaría desde el 1/1/2026); no consta que se haya activado |
Revisión salarial
Para 2024 y 2025, subida del 3 % anual más una cláusula de estabilización de hasta el 1 % adicional si el IPC real del año supera el 3 % (sin atrasos del propio año; se aplica desde el 1 de enero del año siguiente). El resto de conceptos retributivos reciben el mismo tratamiento. (art. 25).
Permisos pagados
3 de los 13 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonioart. 20.E | 15 | 15 días naturales | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o pariente hasta 2.º gradoart. 20.B y 20.C | 5 | 2 días (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención con reposo de cónyuge, pareja de hecho o pariente hasta 2.º grado (o persona conviviente que requiera su cuidado)art. 20.B | 5 (7 con desplazamiento) | 5 días | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Traslado de domicilioart. 20.D | 1 | 1 día | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Matrimonio de familiares hasta 2.º grado de consanguinidadart. 20.F | 1 | — | Mejora el Estatuto |
| Exámenes oficialesart. 20.G | — | El tiempo necesario | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Asuntos propiosart. 20.H | 1 | — | Mejora el Estatuto |
| Acompañamiento a consulta médica de menor o persona discapacitada (hasta familiar de 1.er grado)art. 20.I | — | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Consulta médica propiaart. 20.J | — | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Citación judicialart. 20.K | — | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personal (incluido el voto)art. 20.L | — | El tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentesart. 20.N | 4 | 4 días al año (horas) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Lactancia (hasta 9 meses)art. 20.Ñ | — | 1 hora al día | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Funciones sindicales o de representación del personal | No lo menciona | Las horas que fije la ley | Lo da el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso
Periodo de prueba
- Grupos I, II y III: 6 meses
- Grupos IV, V y VI: 1 mes
- Grupo VII: 15 días
Preaviso si te vas
- Todo el personal: 15 días
Qué ha cambiado
Avisos oficiales sobre este convenio, del más reciente al más antiguo. Cada uno lleva una etiqueta que dice qué tipo de aviso es.
- Acuerdo de la comisión12 de febrero de 2026Publicado en el BOP de Málaga el calendario laboral de 2026 del convenio de automoción, aprobado por la comisión negociadora el 2/12/2025Quienes firmaron el convenio aclaran o ajustan algo. Ver el aviso oficial
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de automoción de Málaga?
Su estado a 16 de octubre de 2026 es: caducado, pero se sigue aplicando. Vigencia del 1/1/2024 al 31/12/2025.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de automoción de Málaga en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 23.197,89 € brutos al año a jornada completa (Recepcionista-telefonista).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de automoción de Málaga?
30 días naturales al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Grupos I, II y III: 6 meses. Grupos IV, V y VI: 1 mes. Grupo VII: 15 días.
¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?
Metal en otras provincias
A CoruñaAlbaceteAlicanteAlmeríaAraba/ÁlavaAsturiasAsturiasAsturias
Otros convenios de Málaga
ComercioConstrucciónHosteleríaLimpieza de edificios y localesOficinas y despachosTransporte de mercancías
Lo que suele venir después.
Fuente: edicto 329/2025 (Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (BOP), texto del convenio, publicado el 18/2/2025). Revisado el .
Tabla: edicto 1046/2025 (BOP Málaga, tabla salarial 2026, publicado el 7/4/2025).
Es el convenio de talleres, concesionarios y servicios oficiales de venta y reparación de vehículos de la provincia de Málaga; no es el convenio de comercio de vehículos de otras provincias ni el estatal. El convenio está vencido (31/12/2025) y sigue aplicándose por ultraactividad; las tablas de 2026 repiten las de 2025.