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Convenio colectivo

Convenio colectivo del sector de mercados municipales y galerias de alimentacion de la comunidad de madrid.

Código de convenio 28002795011981
Publicado el
28/6/2025
Vigencia
1/1/2025 – 31/12/2026
Descargar texto completoDescargar últimas tablas (2026)¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

Jornada al año1.771,5horas
Vacaciones31días

naturales

Pagas extra3

Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Última subida+2,8 %2025
Tablas salariales 2026

Tabla de 2025 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.

Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)

5 de 14 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.

CategoríaAl mesAl año (bruto)
Administrador GeneralPuestos: Administrador gerente.2.383,61 €35.754,17 €
AdministrativosPuestos: Jefe/a de primera, Jefe/a de segunda, Oficial administrativo/a, Auxiliar administrativo/a, Botones.
Jefe de Primera1.720,94 €25.814,13 €
Jefe de Segunda1.607,07 €24.106,05 €
Oficial Administrativo1.351,13 €20.266,94 €
Auxiliar Administrativo SMI1.137,80 €17.067,01 €
SubalternosPuestos: Conserje portero/a, Cobrador/a, Vigilante/a, Ordenanza.
Conserje Portero1.225,52 €18.382,86 €
Cobrador1.223,14 €18.347,12 €
Vigilante SMI1.137,80 €17.067,01 €
Ordenanza SMI1.137,80 €17.067,01 €
Oficios VariosPuestos: Electricista, Oficial de oficios varios, Peón.
Maquinista1.265,82 €18.987,36 €
Electricista1.265,82 €18.987,36 €
Oficial de Oficios Varios1.265,82 €18.987,36 €
Peón SMI1.137,80 €17.067,01 €
Personal de LimpiezaPuestos: Mozos/as, Personal de limpieza. SMI1.137,80 €17.067,01 €

Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos

Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Tabla 2025 · Tabla 2026

Categorías explicadas

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).

Personal Superior

Administrador gerente: ejerce la máxima autoridad en el mercado o galería comercial, dirige al resto de empleados y lleva las gestiones ante las administraciones.

  • Administrador GeneralEjerce la máxima autoridad en el mercado o galería comercial, con o sin poderes; dirige y ordena el trabajo del resto de empleados y es el interlocutor de los comerciantes. En la tabla cobra 35.754 € al año, el sueldo más alto.

Administrativos

Personal de oficina y despacho: jefes de primera y de segunda, oficiales, auxiliares y botones.

  • Jefe de PrimeraActúa a las órdenes inmediatas del administrador gerente y lleva la responsabilidad directa de uno o más servicios de la empresa; organiza y construye la contabilidad. En la tabla cobra 25.814 € al año (puesto 2 de 8 por sueldo).
  • Jefe de SegundaActúa a las órdenes inmediatas del Jefe de Primera y se encarga de orientar, dirigir y dar unidad a una sección, distribuyendo los trabajos entre el personal que depende de él. En la tabla cobra 24.106 € al año (puesto 3 de 8 por sueldo).
  • Oficial AdministrativoActúa a las órdenes de un jefe y realiza, bajo su propia responsabilidad, trabajos que requieren iniciativa. En la tabla cobra 20.267 € al año (puesto 4 de 8 por sueldo).
  • Auxiliar AdministrativoMayor de dieciocho años que se dedica a operaciones elementales administrativas y a las puramente mecánicas propias del trabajo de oficina o despacho. En la tabla cobra 17.067 € al año, el más bajo.

Subalternos

Personal de vigilancia, recados y cobro: conserje portero, cobrador, vigilante y ordenanza.

  • Conserje PorteroVigila las puertas y accesos a los locales de la empresa y realiza todo tipo de recados que se le encomienden. En la tabla cobra 18.383 € al año (puesto 6 de 8 por sueldo).
  • CobradorGestiona y efectúa el cobro de recibos y todo tipo de trabajos inherentes a esa actividad. En la tabla cobra 18.347 € al año (puesto 7 de 8 por sueldo).
  • VigilanteLleva a cabo las funciones de vigilancia de las instalaciones. En la tabla cobra 17.067 € al año, el más bajo.
  • OrdenanzaSubalterno mayor de dieciocho años que hace recados dentro o fuera de la oficina, recoge y entrega correspondencia y realiza otros trabajos secundarios. En la tabla cobra 17.067 € al año, el más bajo.

Oficios Varios

Personal de mantenimiento y oficios: electricista, oficial de oficios varios y peón.

  • MaquinistaLo que incluye está definido en art. 43. En la tabla cobra 18.987 € al año (puesto 5 de 8 por sueldo).
  • ElectricistaLleva a cabo todas las tareas de mantenimiento de las instalaciones eléctricas del centro comercial. En la tabla cobra 18.987 € al año (puesto 5 de 8 por sueldo).
  • Oficial de Oficios VariosPersonal que realiza los trabajos propios de un oficio, con o sin titulación de formación profesional. En la tabla cobra 18.987 € al año (puesto 5 de 8 por sueldo).
  • PeónDesarrolla tareas que, sin necesidad de conocimiento de un oficio, exigen solo esfuerzo muscular y mera atención. En la tabla cobra 17.067 € al año, el más bajo.

Servicio de Limpieza

Personal ocupado en la limpieza de las instalaciones del centro comercial.

  • Personal de LimpiezaPersonal ocupado en la limpieza de las instalaciones del centro comercial. En la tabla cobra 17.067 € al año, el más bajo.
Pluses, horas extra y subidas

Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla

Trienios (antigüedad)Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa.5 % del salario base por cada 3 años
Quién lo cobra
Trabajadores afectados por el convenio; un trienio cada tres años
Dónde lo dice
art. 9
Polivalencia162,11 € al mes en 15 pagas
Quién lo cobra
Trabajadores a quienes la empresa ofrece por escrito realizar funciones de otro grupo profesional y que lo aceptan por escrito
Dónde lo dice
art. 12

Subidas pactadas

AñoSubida de la tablaQué significa
20252,8 %Tablas definitivas para 2025 aplicando subida del 2,8 % sobre la definitiva de 2024
Permisos pagados

Ninguno de los 7 permisos del convenio mejora lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.

PermisoEn tu convenioLo que da el EstatutoResultado
Matrimonio o inscripción de pareja de hechoart. 191515 días naturalesIgual o sin mínimo en el Estatuto
Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización con reposo domiciliario, de cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º gradoart. 1955 díasIgual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º gradoart. 1922 días (4 con desplazamiento)Igual o sin mínimo en el Estatuto
Traslado de domicilio habitualart. 1911 díaIgual o sin mínimo en el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público y personalart. 19—El tiempo indispensableIgual o sin mínimo en el Estatuto
Fuerza mayor familiar (enfermedad o accidente que hagan indispensable la presencia inmediata)art. 1944 días al año (horas)Igual o sin mínimo en el Estatuto
Preparación al parto y exámenes prenatalesart. 19—El tiempo necesarioIgual o sin mínimo en el Estatuto
Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET).
Funciones sindicales o de representación del personalNo lo mencionaLas horas que fije la leyLo da el Estatuto
Lactancia de un menor de 9 mesesNo lo menciona1 hora al díaLo da el Estatuto
Periodo de prueba y preaviso

Periodo de prueba

El convenio no lo regula: se aplica el Estatuto (art. 14).

Preaviso si te vas

  • Todos los grupos: 15 días
Qué ha cambiado

Avisos oficiales sobre este convenio, del más reciente al más antiguo. Cada uno lleva una etiqueta que dice qué tipo de aviso es.

  • Publicado28 de junio de 2025Publicado el texto del convenio con las tablas definitivas de 2025 (subida del 2,8 % sobre 2024).Ya consta en el boletín oficial: tiene validez. Ver el aviso oficial
Preguntas frecuentes

¿Está vigente el convenio de comercio de alimentación y supermercados de Madrid?

Su estado a 19 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2025 al 31/12/2026.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de comercio de alimentación y supermercados de Madrid en 2026?

Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 17.067,01 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de comercio de alimentación y supermercados de Madrid?

31 días naturales al año.

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Lo que suele venir después.

Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid-20250628-2 (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid), texto del convenio, publicado el 28/6/2025). Revisado el .

Vigente hasta el 31/12/2026 (art. 3). Se denuncia automáticamente a su término (art. 5) y sus deberes se mantienen hasta firmar uno nuevo. La tabla de 2026 no consta publicada en el recorte: se carga la de 2025 como prorrogada.

Es el convenio de mercados municipales y galerías de alimentación de la Comunidad de Madrid. El sector del índice («industria-alimentaria») es una etiqueta aproximada: este convenio regula el personal de mercados y galerías, no la industria alimentaria.