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Convenio colectivo

Azucarera. (industria).

Código de convenio 99000555011981
Publicado el
3/3/2025
Vigencia
1/1/2024 – 31/12/2026
Descargar texto completoDescargar últimas tablas (2026)¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

Jornada al año1.756horas
Vacaciones30días

naturales

Pagas extra3

Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Tablas salariales 2026

Tabla de 2024 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.

Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

CategoríaAl año (bruto)
Nivel 417.338,10 €
Nivel 518.037,25 €
Nivel 618.792,35 €
Nivel 719.575,20 €
Nivel 820.246,42 €
Nivel 920.973,52 €
Nivel 1022.078,16 €
Nivel 1123.182,77 €
Nivel 1224.832,60 €
Nivel 1327.013,90 €
Nivel 1429.362,84 €
Nivel 1531.683,96 €
Nivel 1636.284,18 €
Nivel 1740.940,28 €

Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos

Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Tabla 2026

Categorías explicadas

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).

Grupo profesional A

Personal directamente relacionado con los procesos de producción, almacenamiento y expedición de productos, así como el mantenimiento de edificios, instalaciones y maquinaria; mano de obra directa.

Grupo profesional B

Personal administrativo, técnico y comercial.

  • Técnico/a de RR. HH.Puesto técnico, con formación específica (ciclo formativo o similar).
  • Técnico/a de TI.Puesto técnico, con formación específica (ciclo formativo o similar).

Grupo profesional C

Personal directivo, técnico titulado/a y mandos.

  • Técnico/a titulado/aPuesto que exige titulación universitaria.
  • Puestos de libre designación por la empresaLo que incluye está definido en art. 20 y anexo I.
Pluses, horas extra y subidas

Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla

Complemento de antigüedad (bienio 2026-2027)Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa.10,00 € al mes en 15 pagas
Quién lo cobra
Personal fijo de plantilla.
Dónde lo dice
art. 23
Plus de nocturnidadLo que se paga de más por trabajar de noche.Importe de 2024 por nivel en el anexo 4: de 12,77 € (nivel 4) a 30,10 € (nivel 17). El importe de 2026 no consta en el recorte: pendiente de la disposición adicional.
Quién lo cobra
Jornada nocturna.
Dónde lo dice
art. 25 y anexo 4
Plus de noches de 24 y 31 de diciembre y 5 de eneroLo que se paga de más por trabajar de noche.50,00 € por día
Quién lo cobra
Turnos que trabajan la noche de los días 24 y 31 de diciembre y 5 de enero.
Dónde lo dice
art. 25
Plus de penosos, tóxicos o peligrososLo que se paga por trabajos especialmente duros.Importe de 2024: 1,10 € por día. El importe de 2026 no consta en el recorte.
Quién lo cobra
Actividades calificadas de penosas, tóxicas o peligrosas.
Dónde lo dice
art. 24
Plus de domingosLo que se paga de más por trabajar en domingo.Importe de 2024: 2,46 € por hora trabajada. El importe de 2026 no consta en el recorte.
Quién lo cobra
Personal que trabaja en jornada normal ordinaria el domingo.
Dónde lo dice
art. 26
Plus de festivosLo que se paga de más por trabajar en festivo.Importe de 2024: 2,46 € por hora trabajada. Quien ya tenga un plus por este concepto puede optar entre mantenerlo o aplicar el del convenio. El importe de 2026 no consta en el recorte.
Quién lo cobra
Personal que trabaja en días festivos.
Dónde lo dice
art. 26
Complemento de buen fin de campaña1.500 euros. Se cobra desde el vigésimo día de desplazamiento de forma proporcional, y en su totalidad si el desplazamiento es igual o superior a setenta días.
Quién lo cobra
Personal fijo que no sea desplazado con fines formativos y realice dos campañas distintas en fábricas diferentes de las zonas norte y sur.
Dónde lo dice
art. 28
Plus de distanciaLo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo.Kilómetros abonables × importe por kilómetro o fracción superior a 500 metros. En 2024: 0,10 € por kilómetro.
Quién lo cobra
Ida y vuelta al día, según la orden de 10 de febrero de 1958 (dos kilómetros iniciales descontados).
Dónde lo dice
art. 35
Dietas por desplazamientoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo.Importe diario de 2024: 63,12 € hasta siete días inclusive y 59,55 € a partir de siete días. El importe de 2026 no consta en el recorte. Los niveles fuera del 4 al 12 se regulan por su régimen interior.
Quién lo cobra
Desplazamiento a un centro de trabajo distinto del habitual, a más de 50 km de la localidad y del domicilio.
Dónde lo dice
art. 34

Horas extra

Las horas que trabajas por encima de tu jornada.precio fijado por categoría. Descanso hora por hora más un complemento en metálico del 50 % del valor de la hora extraordinaria. Si se alcanzan 80 horas al año, el descanso es obligatorio (art. 29 y anexo 5).
Dónde lo dice
art. 29 y anexo 5
Permisos pagados

2 de los 7 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.

PermisoEn tu convenioLo que da el EstatutoResultado
Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 45.A1515 días naturalesIgual o sin mínimo en el Estatuto
Accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención con reposo de cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º gradoart. 45.B55 díasIgual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o hijos no emancipadosart. 45.C52 días (4 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Fallecimiento de parientes hasta 2.º gradoart. 45.D22 días (4 con desplazamiento)Igual o sin mínimo en el Estatuto
Traslado de domicilio habitualart. 45.F21 díaMejora el Estatuto
Consulta médica de pariente de primer gradoart. 45.E——Igual o sin mínimo en el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público y personalart. 45.G—El tiempo indispensableIgual o sin mínimo en el Estatuto
Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET).
Funciones sindicales o de representación del personalNo lo mencionaLas horas que fije la leyLo da el Estatuto
Exámenes prenatales y preparación al partoNo lo mencionaEl tiempo necesarioLo da el Estatuto
Lactancia de un menor de 9 mesesNo lo menciona1 hora al díaLo da el Estatuto
Fuerza mayor por motivos familiares urgentesNo lo menciona4 días al año (horas)Lo da el Estatuto
Periodo de prueba y preaviso

Periodo de prueba

  • Titulados: 6 meses
  • Resto: 1 mes

Preaviso si te vas

  • Niveles 11 y superiores: 1 mes
  • Resto: 15 días
  • Fijos discontinuos, eventuales y de campaña: 3 días
Preguntas frecuentes

¿Está vigente el convenio de industria alimentaria?

Su estado a 19 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2024 al 31/12/2026.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de industria alimentaria en 2026?

El importe más bajo de la tabla es 17.338,10 € brutos al año a jornada completa (Nivel 4).

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de industria alimentaria?

30 días naturales al año.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Titulados: 6 meses. Resto: 1 mes.

¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?

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Lo que suele venir después.

Fuente: BOE-A-2025-4235 (Boletín Oficial del Estado (BOE), texto del convenio, publicado el 3/3/2025). Revisado el .

Boletín Oficial del Estado 3/3/2025. Los aumentos de 2025 y 2026 remiten a una disposición adicional que no está en el recorte. Sin tabla 2025 ni 2026 publicada en el recorte: se carga la tabla de 2024 como 2026, prorrogada. Efectos económicos 2024-2026; prórroga tácita de un año si no hay denuncia (art. 2).