Convenio colectivo
Convenio colectivo estatal de las industrias de elaboración del arroz.
Última actualización: 19 de octubre de 2026
laborables
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tablas salariales 2026
Tabla de 2025 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.
Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Personal de Producción | ||
| Personal de Producción Nivel I | 42,08 €/día | — |
| Personal de Producción Nivel II | 43,45 €/día | — |
| Personal de Producción Nivel III | 40,96 €/día | — |
| Personal de Producción Nivel IV | 40,50 €/día | — |
| Personal de Producción Nivel V | 40,50 €/día | — |
| Personal de Producción Nivel VI | 40,02 €/día | — |
| Personal de Producción Nivel VII | 39,71 €/día | — |
| Personal de Producción Nivel VIII | 37,43 €/día | — |
| Personal de Mantenimiento (soporte) | ||
| Personal de Mantenimiento Nivel I | 43,45 €/día | — |
| Personal de Mantenimiento Nivel II | 40,50 €/día | — |
| Personal de Mantenimiento Nivel III | 40,02 €/día | — |
| Personal de Servicios Generales (soporte) | ||
| Personal de Servicios Generales Nivel I | 1.200,62 € | 18.009,30 € |
| Personal de Servicios Generales Nivel II | 1.167,95 € | 17.519,25 € |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Otros convenios aquí
En este sector y lugar hay más de un convenio. Mira cuál es el tuyo:
- Convenio colectivo estatal de industrias cárnicas
- Convenio colectivo de ámbito estatal para la fabricación y comercialización de frutas y hortalizas frescas, seleccionadas, limpias, troceadas y lavadas, listas para consumir o cocinar (IV Gama)
- Convenio colectivo de conservas, semiconservas, salazones, ahumados, cocidos, secados, preparaciones, semitransformados y productos conservados de pescados y mariscos
- Convenio colectivo básico, de ámbito estatal, para la fabricación de conservas vegetales
- Convenio colectivo estatal de industrias de aguas de bebida envasadas
- Convenio colectivo estatal del sector de mataderos de aves y conejos
- Industrias de pastas alimenticias (convenio colectivo estatal)
- Convenio colectivo nacional para las industrias de turrones y mazapanes
- AZUCARERA. (INDUSTRIA)
- Convenio colectivo del sector de fabricación de helados
- Convenio colectivo de empresas de elaboración de productos del mar con procesos de congelación y refrigeración
- Convenio colectivo de ámbito estatal para las industrias del frío industrial
- Convenio colectivo estatal de industrias lácteas y sus derivados
- Convenio colectivo de ámbito nacional de harinas panificables y sémolas (industria harinera y semolera)
- Convenio colectivo nacional de la industria de fabricación de alimentos compuestos para animales
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Personal Técnico, Administrativo y Comercial
- Personal Técnico, Administrativo y Comercial Nivel IMando y responsabilidad de una o varias secciones administrativas, comerciales o técnicas, con personal a sus órdenes, bajo la dependencia inmediata de la dirección.
- Personal Técnico, Administrativo y Comercial Nivel IIServicio burocrático determinado, con iniciativa; por ejemplo, cajero de cobro y pago sin firma ni libranza, o llevanza de libros de cuentas, facturas y estadísticas.
- Personal Técnico, Administrativo y Comercial Nivel IIIFunciones auxiliares de estadística y contabilidad, o colaboración en ellas, con iniciativa y responsabilidad restringida.
- Personal Técnico, Administrativo y Comercial Nivel IVManejo de la centralita telefónica para la comunicación entre dependencias y con el exterior.
- Personal Técnico, Administrativo y Comercial Nivel VOperaciones administrativas elementales y mecánicas dentro de la oficina, sin iniciativa ni responsabilidad; incluye a los mecanógrafos meramente copistas.
Personal de Producción
Trabajos de elaboración en las secciones de la planta (molino, parboiled, secado, esterilizado, envasado y cocinado), en ocho niveles.
- Personal de Producción Nivel IDirige los trabajos de una sección e indica al personal a su cargo cómo ejecutarlos; responsable de la disciplina de ese personal.
- Personal de Producción Nivel IIEspecializado que vigila y cuida el funcionamiento de la maquinaria en molino, parboiled, secado, planta de platos cocinados o empaquetado, y distingue variedades y calidades de arroz.
- Personal de Producción Nivel IIIConduce camiones o turismos y maneja máquinas pesadas, con permiso de conducción y dirección de la carga del vehículo.
- Personal de Producción Nivel IVSe responsabiliza de una línea de producción: molino, parboiled o secado (sustituye al molero), esterilizado, envasado o cocinado.
- Personal de Producción Nivel VAmplia experiencia y dominio de la manipulación de carretillas elevadoras, con práctica en carga y descarga.
- Personal de Producción Nivel VIServicios especializados en cualquier sección, con muy buen conocimiento de una unidad de producción o maquinaria; puede sustituir al ayudante de molero.
- Personal de Producción Nivel VIITrabajos manuales de las distintas secciones de la industria, pudiendo manipular excepcionalmente carretillas elevadoras.
- Personal de Producción Nivel VIIIPor ejemplo: peón.
Personal de Mantenimiento (soporte)
- Personal de Mantenimiento Nivel IPor ejemplo: oficial de primera.
- Personal de Mantenimiento Nivel IIPor ejemplo: oficial de segunda.
- Personal de Mantenimiento Nivel IIIPor ejemplo: oficial de tercera.
Personal de Servicios Generales (soporte)
- Personal de Servicios Generales Nivel IPor ejemplo: vigilante o vigilante jurado, portero o conserje. En la tabla cobra 18.009 € al año, el sueldo más alto.
- Personal de Servicios Generales Nivel IIPor ejemplo: personal de limpieza, ordenanza. En la tabla cobra 17.519 € al año, el más bajo.
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Toda la plantilla
- Dónde lo dice
- art. 36.2.d
- Quién lo cobra
- Trabajos nocturnos
- Dónde lo dice
- art. 36.2.f.1
- Quién lo cobra
- Trabajos tóxicos o penosos; el importe es proporcional a la jornada
- Dónde lo dice
- art. 36.2.f.2
- Quién lo cobra
- Por día efectivamente trabajado, para todas las categorías (cálculo con seis días laborales semanales)
- Dónde lo dice
- art. 36.2.b
- Quién lo cobra
- Por día efectivamente trabajado
- Dónde lo dice
- art. 36.2.c
- Quién lo cobra
- Personas trabajadoras que realizan el sistema de cuarto turno
- Dónde lo dice
- art. 36.2.e
- Quién lo cobra
- Viajes a poblaciones distintas de la del centro de trabajo, con pernocta
- Dónde lo dice
- art. 37.1
- Quién lo cobra
- Trabajos que obligan a comer fuera del trabajo habitual
- Dónde lo dice
- art. 37.2
- Quién lo cobra
- Personas en incapacidad temporal que mantengan la relación laboral
- Dónde lo dice
- art. 43
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 33.2 y 33.3
Subidas pactadas
| Año | Subida de la tabla | Qué significa |
|---|---|---|
| 2025 | 4 % | Incremento salarial del 4 % para 2025 |
| 2026 | 4 % | Incremento salarial del 4 % para 2026 |
| 2027 | 0,7 % | IPC real del año anterior + 0,7 % |
Revisión salarial
Para 2025 y 2026 se garantiza el IPC del año anterior si supera los incrementos pactados. Para 2027 y 2028, el IPC de base no puede ser negativo. (art. 36.1).
Permisos pagados
3 de los 10 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonio o pareja de hechoart. 23.a | 15 | 15 días naturales | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento de cónyuge, padres políticos, descendientes, hermanos y hasta 2.º grado de afinidad y consanguinidadart. 23.a | 3 | 2 días (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Cirugía mayor ambulatoria de cónyuge, padres e hijosart. 23.a | 5 | — | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2) |
| Accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención con reposo de cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º gradoart. 23.a | 5 | 5 días | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Parto de cónyuge o pareja de hecho, adopción y guarda (sin días de cotización suficientes para la prestación)art. 23.a | 3 | El tiempo necesario | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Mudanza de domicilioart. 23.a | 2 | 1 día | Mejora el Estatuto |
| Acompañamiento a personas dependientes (hijos/as y cónyuge)art. 23.a | 3 | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Asistencia al médicoart. 23.a | — | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y comparecencia como testigoart. 23.b y 23.c | — | El tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Exámenes prenatales y preparación al partoart. 23.d | — | El tiempo necesario | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Funciones sindicales o de representación del personal | No lo menciona | Las horas que fije la ley | Lo da el Estatuto |
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes | No lo menciona | 4 días al año (horas) | Lo da el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso
Periodo de prueba
El convenio no lo regula: se aplica el Estatuto (art. 14).
Preaviso si te vas
- Todos los grupos: 1 mes
Qué ha cambiado
Avisos oficiales sobre este convenio, del más reciente al más antiguo. Cada uno lleva una etiqueta que dice qué tipo de aviso es.
- Publicado5 de febrero de 2026Publicado en el BOE el texto del convenio colectivo estatal (vigencia 2025-2028, BOE-A-2026-2707).Ya consta en el boletín oficial: tiene validez. Ver el aviso oficial
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de industria alimentaria?
Su estado a 19 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2025 al 31/12/2028.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de industria alimentaria en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 17.519,25 € brutos al año a jornada completa (Personal de Servicios Generales Nivel II).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de industria alimentaria?
22 días laborables al año.
¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?
Industria alimentaria en otras provincias
A CoruñaAlbaceteAlbaceteAlicanteAlicanteAlicanteAraba/ÁlavaAraba/Álava
Lo que suele venir después.
Fuente: BOE-A-2026-2707 (Boletín Oficial del Estado (BOE), texto del convenio, publicado el 5/2/2026). Revisado el .
Publicado en el Boletín Oficial del Estado el 5/2/2026 (Boletín Oficial del Estado-A-2026-2707). Vigente 2025-2028, con efectos económicos desde el 1/1/2025. No consta tabla 2026 publicada: se carga la de 2025 como prorrogada.