Convenio colectivo
Convenio colectivo de ámbito nacional de harinas panificables y sémolas (industria harinera y semolera).
Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.
Última actualización: 19 de octubre de 2026
laborables
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tablas salariales 2026
Tabla de 2025 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.
Salario de tabla, bruto, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Gerencia y DirecciónPuestos: Dirección General/Gerencia, Dirección Financiera, Dirección de Recursos Humanos, Dirección de Área Legal, Dirección de Compras, Dirección Comercial. | 1.647,52 € | 26.360,32 € |
| Grupo I (Mandos y Responsables)Puestos: Jefatura Administrativa, Jefatura de Ventas, Maestría de Molinería, Jefatura de Producción, Jefatura de Mantenimiento, Jefatura de Almacén. | ||
| Jefatura de Laboratorio | 1.643,68 € | 26.298,88 € |
| Mandos y Responsables (resto de jefaturas) | 1.527,34 € | 24.437,44 € |
| Grupo II (Técnicos y Especialistas)Puestos: Oficial Administrativo, Comerciales, Viajantes, Personal Técnico de Laboratorio, Personal Técnico de Prevención, Personal Técnico Informático. | ||
| Personal Técnico de Laboratorio | 1.527,34 € | 24.437,44 € |
| Técnicos y Especialistas (resto) | 1.452,76 € | 23.244,16 € |
| Grupo III (Técnicos de Grado II)Puestos: Personal de Molinería, Personal Encargado de Almacén, Personal Chófer, Personal Mecánico, Personal Electricista, Personal Palista. | ||
| Personal de Molinería y Encargado de Almacén | 46,93 €/día | 22.761,05 € |
| Personal Chófer | 46,60 €/día | 22.601,00 € |
| Personal Palista, Mecánico y Electricista | 46,60 €/día | 22.601,00 € |
| Personal Limpiero, Albañil/Carpintero, Recepción de Trigo, Cargador de Cisternas y Operador Ensacadora | 46,36 €/día | 22.484,60 € |
| Grupo IV (Técnicos Auxiliares)Puestos: Personal Auxiliar Administrativo, Personal de Recepción, Personal Auxiliar de Laboratorio, Personal de Almacén, Personal Empacador, Personal Auxiliar. | ||
| Personal Auxiliar Administrativo, de Recepción y de Laboratorio | 1.378,05 € | 22.048,80 € |
| Personal de Almacén, Empacador y Auxiliar | 45,87 €/día | 22.246,95 € |
| Personal de Limpieza y de VigilanciaPuestos: Personal de Limpieza, Personal de Vigilancia. | 41,25 €/día | 20.006,25 € |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Otros convenios aquí
En este sector y lugar hay más de un convenio. Mira cuál es el tuyo:
- Convenio colectivo estatal de industrias cárnicas
- Convenio colectivo de ámbito estatal para la fabricación y comercialización de frutas y hortalizas frescas, seleccionadas, limpias, troceadas y lavadas, listas para consumir o cocinar (IV Gama)
- Convenio colectivo de conservas, semiconservas, salazones, ahumados, cocidos, secados, preparaciones, semitransformados y productos conservados de pescados y mariscos
- Convenio colectivo básico, de ámbito estatal, para la fabricación de conservas vegetales
- Convenio colectivo estatal de industrias de aguas de bebida envasadas
- Convenio colectivo estatal del sector de mataderos de aves y conejos
- Industrias de pastas alimenticias (convenio colectivo estatal)
- Convenio colectivo nacional para las industrias de turrones y mazapanes
- Convenio colectivo estatal de las industrias de elaboración del arroz
- AZUCARERA. (INDUSTRIA)
- Convenio colectivo del sector de fabricación de helados
- Convenio colectivo de empresas de elaboración de productos del mar con procesos de congelación y refrigeración
- Convenio colectivo de ámbito estatal para las industrias del frío industrial
- Convenio colectivo estatal de industrias lácteas y sus derivados
- Convenio colectivo nacional de la industria de fabricación de alimentos compuestos para animales
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Grupo 0
Elevada responsabilidad sobre los resultados de la empresa; dirigen las áreas de gestión significativas.
- Gerencia y DirecciónElevada responsabilidad sobre los resultados de la empresa; dirigen las áreas de gestión significativas. En la tabla cobra 26.360 € al año, el sueldo más alto.
Grupo I (Mandos y Responsables)
Alto grado de autonomía, iniciativa y responsabilidad; planifican, organizan y dirigen las funciones de su personal.
- Jefatura de LaboratorioAlto grado de autonomía, iniciativa y responsabilidad; planifican, organizan y dirigen las funciones de su personal. En la tabla cobra 26.299 € al año (puesto 2 de 10 por sueldo).
- Mandos y Responsables (resto de jefaturas)Alto grado de autonomía, iniciativa y responsabilidad; planifican, organizan y dirigen las funciones de su personal. En la tabla cobra 24.437 € al año (puesto 3 de 10 por sueldo).
Grupo II (Técnicos y Especialistas)
Algo de autonomía, iniciativa y responsabilidad; planifican y dirigen las funciones de su personal y participan en objetivos concretos del departamento.
- Personal Técnico de LaboratorioAlgo de autonomía, iniciativa y responsabilidad; planifican y dirigen las funciones de su personal y participan en objetivos concretos del departamento. En la tabla cobra 24.437 € al año (puesto 3 de 10 por sueldo).
- Técnicos y Especialistas (resto)Algo de autonomía, iniciativa y responsabilidad; planifican y dirigen las funciones de su personal y participan en objetivos concretos del departamento. En la tabla cobra 23.244 € al año (puesto 4 de 10 por sueldo).
Grupo III (Técnicos de Grado II)
Trabajos de ejecución autónoma bajo supervisión, con iniciativa y razonamiento; pueden realizar tareas heterogéneas.
- Personal de Molinería y Encargado de AlmacénTrabajos de ejecución autónoma bajo supervisión, con iniciativa y razonamiento; pueden realizar tareas heterogéneas. En la tabla cobra 22.761 € al año (puesto 5 de 10 por sueldo).
- Personal ChóferTrabajos de ejecución autónoma bajo supervisión, con iniciativa y razonamiento; pueden realizar tareas heterogéneas. En la tabla cobra 22.601 € al año (puesto 6 de 10 por sueldo).
- Personal Palista, Mecánico y ElectricistaTrabajos de ejecución autónoma bajo supervisión, con iniciativa y razonamiento; pueden realizar tareas heterogéneas. En la tabla cobra 22.601 € al año (puesto 6 de 10 por sueldo).
- Personal Limpiero, Albañil/Carpintero, Recepción de Trigo, Cargador de Cisternas y Operador EnsacadoraTrabajos de ejecución autónoma bajo supervisión, con iniciativa y razonamiento; pueden realizar tareas heterogéneas. En la tabla cobra 22.485 € al año (puesto 7 de 10 por sueldo).
Grupo IV (Técnicos Auxiliares)
Operaciones con método de trabajo específico y alta dependencia jerárquica; requieren formación específica o experiencia.
- Personal Auxiliar Administrativo, de Recepción y de LaboratorioOperaciones con método de trabajo específico y alta dependencia jerárquica; requieren formación específica o experiencia. En la tabla cobra 22.049 € al año (puesto 9 de 10 por sueldo).
- Personal de Almacén, Empacador y AuxiliarOperaciones con método de trabajo específico y alta dependencia jerárquica; requieren formación específica o experiencia. En la tabla cobra 22.247 € al año (puesto 8 de 10 por sueldo).
Grupo V (Operarios y resto de personal)
Trabajo bajo instrucciones específicas y alta dependencia; conocimientos básicos y un breve periodo de adaptación.
- Personal de Limpieza y de VigilanciaTrabajo bajo instrucciones específicas y alta dependencia; conocimientos básicos y un breve periodo de adaptación. En la tabla cobra 20.006 € al año, el más bajo.
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Cada día que colabore en la descarga, sea cual fuere el número de bultos o viajes
- Dónde lo dice
- nota a la tabla (anexo 2)
- Quién lo cobra
- Personal que realiza su jornada entre las 22:00 y las 06:00 horas
- Dónde lo dice
- art. 43
- Quién lo cobra
- Trabajadores con contrato anterior al 31 de diciembre de 1994
- Dónde lo dice
- arts. 38 y 40
- Quién lo cobra
- Según su procedencia y cuantía
- Dónde lo dice
- art. 41
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 42 y art. 31
Subidas pactadas
| Año | Subida de la tabla | Qué significa |
|---|---|---|
| 2025 | 3 % | A las tablas definitivas de 2024 se aplica un 3 %. Si el IPC interanual de diciembre de 2025 supera el 3 %, incremento adicional máximo del 1 % con efecto 1 de enero de 2026. |
Revisión salarial
Revisión por IPC: incremento adicional máximo del 1 % si el IPC interanual de diciembre de 2024 o de 2025 supera el 3 %, con efecto 1 de enero de 2025 y 1 de enero de 2026 respectivamente. (art. 44).
Permisos pagados
10 de los 13 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonioart. 36.a | 18 | 15 días naturales | Mejora el Estatuto |
| Accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención de familiar hasta 2.º gradoart. 36.b | 5 | 5 días | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de familiar hasta 2.º gradoart. 36.c | 3 | 2 días (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento del cónyugeart. 36.c | 7 | 2 días (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de familiar de tercer gradoart. 36.c | 1 | 2 días (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Traslado de domicilio habitualart. 36.d | 2 | 1 día | Mejora el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público o personalart. 36.e | — | El tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Carné de conducir (examen y revisión psicotécnica)art. 36.f | 2 | El tiempo necesario | Mejora el Estatuto |
| Matrimonio de padre/madre, hermanos/as e hijos/asart. 36.g | 1 | 15 días naturales | Mejora el Estatuto |
| Consulta médica propia o de familiares que indica el convenioart. 36.h | — | — | Mejora el Estatuto |
| Cursos de capacitación profesionalart. 36.i | 10 | — | Mejora el Estatuto |
| Exámenes finales en centros oficialesart. 36.i | 10 | El tiempo necesario | Mejora el Estatuto |
| Asuntos propiosart. 36.j | 1 | — | Mejora el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Funciones sindicales o de representación del personal | No lo menciona | Las horas que fije la ley | Lo da el Estatuto |
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes | No lo menciona | 4 días al año (horas) | Lo da el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso
Periodo de prueba
- Titulación técnica: 6 meses
- Resto de personal: 3 meses
- Personas no cualificadas (días laborables): 15 días
Preaviso si te vas
El convenio no fija preaviso de dimisión.
Qué ha cambiado
Avisos oficiales sobre este convenio, del más reciente al más antiguo. Cada uno lleva una etiqueta que dice qué tipo de aviso es.
- Publicado6 de diciembre de 2024Publicada el acta con las tablas provisionales de 2024 y de 2025.Ya consta en el boletín oficial: tiene validez. Ver el aviso oficial
- Publicado3 de mayo de 2024Publicado en el BOE el texto del convenio 2023-2025 con la tabla definitiva de 2023 y la provisional de 2024.Ya consta en el boletín oficial: tiene validez. Ver el aviso oficial
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de industria alimentaria?
Su estado a 19 de octubre de 2026 es: caducado, pero se sigue aplicando. Vigencia del 1/1/2023 al 31/12/2025.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de industria alimentaria en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 20.006,25 € brutos al año a jornada completa (Personal de Limpieza y de Vigilancia).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de industria alimentaria?
23 días laborables al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Titulación técnica: 6 meses. Resto de personal: 3 meses. Personas no cualificadas (días laborables): 15 días.
¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?
Industria alimentaria en otras provincias
A CoruñaAlbaceteAlbaceteAlicanteAlicanteAlicanteAraba/ÁlavaAraba/Álava
Lo que suele venir después.
Fuente: BOE-A-2024-8947 (Boletín Oficial del Estado (BOE), texto del convenio, publicado el 3/5/2024). Revisado el .
Tabla: BOE-A-2024-25501 (tabla salarial 2026, publicado el 6/12/2024).
Vigencia 2023-2025. El art. 5.d pacta la ultraactividad hasta la firma de un nuevo convenio, que no consta en el recorte. Tabla 2025 provisional (Boletín Oficial del Estado 06/12/2024); no hay tabla 2026 publicada en el recorte, se aplica la de 2025 como prorrogada.
El sector del índice («panaderia») no encaja: este convenio es el de la industria harinera y semolera (molinos), no el de panaderías.