Convenio colectivo
Convenio colectivo de empresas de elaboración de productos del mar con procesos de congelación y refrigeración.
Última actualización: 19 de octubre de 2026
naturales
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tablas salariales 2026
Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Grupo 1 | 1.245,57 € | 17.437,98 € |
| Grupo 2 | 1.296,25 € | 18.147,50 € |
| Grupo 3 | 1.364,30 € | 19.100,20 € |
| Grupo 4 | 1.478,42 € | 20.697,88 € |
| Grupo 5 | 1.601,63 € | 22.422,82 € |
| Grupo 6 | 1.724,82 € | 24.147,48 € |
| Grupo 7 | 1.848,02 € | 25.872,28 € |
| Grupo 0 | 2.094,42 € | 29.321,88 € |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Otros convenios aquí
En este sector y lugar hay más de un convenio. Mira cuál es el tuyo:
- Convenio colectivo estatal de industrias cárnicas
- Convenio colectivo de ámbito estatal para la fabricación y comercialización de frutas y hortalizas frescas, seleccionadas, limpias, troceadas y lavadas, listas para consumir o cocinar (IV Gama)
- Convenio colectivo de conservas, semiconservas, salazones, ahumados, cocidos, secados, preparaciones, semitransformados y productos conservados de pescados y mariscos
- Convenio colectivo básico, de ámbito estatal, para la fabricación de conservas vegetales
- Convenio colectivo estatal de industrias de aguas de bebida envasadas
- Convenio colectivo estatal del sector de mataderos de aves y conejos
- Industrias de pastas alimenticias (convenio colectivo estatal)
- Convenio colectivo nacional para las industrias de turrones y mazapanes
- Convenio colectivo estatal de las industrias de elaboración del arroz
- AZUCARERA. (INDUSTRIA)
- Convenio colectivo del sector de fabricación de helados
- Convenio colectivo de ámbito estatal para las industrias del frío industrial
- Convenio colectivo estatal de industrias lácteas y sus derivados
- Convenio colectivo de ámbito nacional de harinas panificables y sémolas (industria harinera y semolera)
- Convenio colectivo nacional de la industria de fabricación de alimentos compuestos para animales
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Grupo 1
Grupo 2
Grupo 3
Grupo 4
Grupo 5
Grupo 6
Grupo 7
Grupo 0
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Horas entre las 22:00 y las 6:00.
- Dónde lo dice
- art. 14.3
- Quién lo cobra
- Solo en empresas que ya lo abonaban: personas con relación laboral vigente al 31/12/2003 y 12 meses de antigüedad a 1 de enero de 2004.
- Dónde lo dice
- art. 15
- Quién lo cobra
- Personas trabajadoras que utilizan sierras manuales en su prestación de servicios.
- Dónde lo dice
- art. 16.1
- Quién lo cobra
- Puesto con temperaturas comprendidas entre 0 y 14 grados centígrados.
- Dónde lo dice
- art. 16.2
- Quién lo cobra
- Desplazamientos por necesidad de la empresa fuera del lugar de su centro habitual de trabajo, según su duración y los apartados utilizados.
- Dónde lo dice
- art. 26
- Quién lo cobra
- Solo en funciones y trabajos especiales en domingos y festivos (turnos rotativos) cuando no pueda concederse el descanso semanal.
- Dónde lo dice
- art. 18.3
Horas extra
Subidas pactadas
| Año | Subida de la tabla | Qué significa |
|---|---|---|
| 2025 | 4 % | Incremento salarial del 4.00% sobre las tablas salariales definitivas del 31/12/2024, con efectos desde el 01/01/2025. |
| 2025 | Por fijar | Si el IPC interanual de diciembre de 2025 supera el incremento pactado para ese año, se revisa el exceso solo como base de cálculo de las tablas del año siguiente. |
| 2026 | 4,5 % | Incremento salarial del 4.50% sobre las tablas salariales definitivas del 31/12/2025, con efectos desde el 01/01/2026. Grupos I, II y III: subida del 5.20%. |
| 2027 | 4 % | Incremento salarial del 4.00% sobre las tablas salariales definitivas del 31/12/2025, con efectos retroactivos al 01/01/2026. |
Revisión salarial
Disposición adicional décima: si el IPC interanual de diciembre supera el incremento salarial pactado para ese año, se revisa el exceso, solo como base de cálculo de las tablas del año siguiente. (disp. adicional décima).
Permisos pagados
2 de los 10 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonioart. 23.a | 15 | 15 días naturales | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Nacimiento de hijo/a y fallecimiento de hijos/as, cónyuge, padres, madres, suegros y suegrasart. 23.b | 5 | 2 días (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización con reposo domiciliario, del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el 2.º gradoart. 23.b | 5 | 5 días | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de parientes de 2.º grado de consanguinidad o afinidadart. 23.b | 2 (4 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Traslado del domicilio habitualart. 23.d | 1 | 1 día | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Matrimonio de padres, hijos/as o hermanos/as de uno u otro cónyugeart. 23.e | 1 | — | Mejora el Estatuto |
| Deber público formal impuesto por las leyesart. 23.c | — | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Acompañar al médico a hijos menores de 14 añosart. 23.b | — | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Asistencia a facultativos de la Seguridad Socialart. 23.h | — | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Exámenes en centro oficial por estudios o carrera profesionalart. 23.i | — | El tiempo necesario | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Deber inexcusable de carácter público y personal | No lo menciona | El tiempo indispensable | Lo da el Estatuto |
| Funciones sindicales o de representación del personal | No lo menciona | Las horas que fije la ley | Lo da el Estatuto |
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes | No lo menciona | 4 días al año (horas) | Lo da el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso
Periodo de prueba
- Todos los grupos: según el texto
Preaviso si te vas
El convenio no fija preaviso de dimisión.
Qué ha cambiado
Avisos oficiales sobre este convenio, del más reciente al más antiguo. Cada uno lleva una etiqueta que dice qué tipo de aviso es.
- Publicado8 de octubre de 2026Publicado en el BOE el texto nuevo del convenio colectivo, con tablas salariales de 2025 y 2026.Ya consta en el boletín oficial: tiene validez. Ver el aviso oficial
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de industria alimentaria?
Su estado a 19 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2025 al 31/12/2029.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de industria alimentaria en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 17.437,98 € brutos al año a jornada completa (Grupo 1).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de industria alimentaria?
30 días naturales al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Todos los grupos: según el texto.
¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?
Industria alimentaria en otras provincias
A CoruñaAlbaceteAlbaceteAlicanteAlicanteAlicanteAraba/ÁlavaAraba/Álava
Lo que suele venir después.
Fuente: BOE-A-2026-20971 (Boletín Oficial del Estado (BOE), texto del convenio, publicado el 8/10/2026). Revisado el .
Texto nuevo publicado en el Boletín Oficial del Estado el 8/10/2026. Vigencia 2025-2029 (art. 5) con denuncia automática. Tablas 2025 y 2026 publicadas.
El índice lo sitúa en «otros»; es el convenio específico de elaboración de productos del mar con congelación y refrigeración.